La Cámara de Casación penal rechazó ayer la última posibilidad para que un represor santafesino recupere su libertad. Se trata de Julio "Tipi" Ramos, quien fuera Personal Civil de Inteligencia del Ejército, mutó luego como diputado provincial del PJ, más tarde se afilió al PRO y en los últimos tiempos coqueteó con las filas de Unidos.  

La Sala II de Casación confirmó el rechazo del beneficio solicitado por la defensa de Julio Ramos, cuya condena fue recientemente ratificada por esa misma Sala. De este modo, el convicto seguirá detenido. El año pasado, el mismo tribunal había revocado su domiciliaria luego de que el represor se reuniera con un funcionario del gobernador Pullaro para definir listas electorales.

El máximo tribunal penal del país, con la mayoría conformada por la jueza Angela Ledesma y el juez Alejandro Slokar–Guillermo Yacobucci votó en disidencia-, rechazó el recurso presentado por la defensa del Julio Adelaido Ramos. De esta forma, confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, en cuanto había negado su excarcelación.

Ramos, quien durante la dictadura se desempeñó como Personal Civil de Inteligencia del Ejército en Santa Fe, en democracia fue electo concejal de la localidad de Vera y llegó a ser diputado provincial por el Partido Justicialista, hasta que fue expulsado del partido en abril de 2023, meses antes de su condena por la privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos agravados, cometidos en 1977 contra Luis Felipe Solé, un joven estudiante de Ingeniería Química y militante peronista.

Secuestrar al compañero

Ramos era compañero de militancia en la JP de Luis Felipe Solé, quien lo reconoció en un centro clandestino de detención, en 1977. Solé era perseguido político de la dictadura y Ramos operaba como Personal Civil de Inteligencia (PCI) en el Destacamento de Inteligencia Militar 122 de Santa Fe. En su alegato en el juicio de abril de 2023, el fiscal Martín Suárez Faisal le pidió una condena a nueve años de prisión por los mismos cargos, que sea “efectiva” y la cumpla en un “establecimiento carcelario”.  

El 10 de julio pasado la Sala II había confirmado la condena de Ramos basándose especialmente en el contundente testimonio de la víctima durante el debate.

Al respecto, en su voto el juez Slokar había resaltado: “más allá de las argumentaciones defensistas, la víctima señaló, con precisión, los momentos en los que pudo identificar al acusado en aquella casa de campo, como así también la conversación mantenida mientras se encontraba encadenado a una cama luego de ser sometido a interrogatorios bajo tortura. Las circunstancias detalladas por Solé en su relato -relevado in extenso en el sufragio de la jueza Ledesma- dan cuenta no solo del carácter represivo e ilegal de la privación de libertad conocido por el incusado Ramos, sino –especialmente- del poder de disposición que éste ejercía sobre el destino de la víctima, reflejado en su coordinación junto a los otros captores y en la posibilidad de mantener un diálogo directo con el cautivo luego de los interrogatorios, oportunidad en la que llegó a manifestarle que se quedara tranquilo que ‘no le pasaría nada’”.

A su vez, este juez haciéndose eco del pedido de la querella, había calificado los hechos juzgados como genocidio, al sostener que “a partir de un estricto entendimiento de la normativa y jurisprudencia nacional e internacional actualizada sobre la cuestión, que los hechos en juzgamiento resultan constitutivos del crimen de genocidio en los términos convencionales, en tanto parten de ‘una política de exterminio focalizada sobre un grupo nacional particular con el objeto de, a través de la violencia física y la difusión del terror, lograr la reorganización del conjunto de la sociedad. El accionar represivo aparece así como un medio para la obtención de un fin: el martirio de los individuos en tanto parte de un colectivo determinado, socialmente significativo para los victimarios, y el extermino de ese colectivo como instrumento para la modificación de los lazos sociales’”.

Fundamentos de Casación

El año pasado, Casación también había confirmado la revocación del arresto domiciliario del represor, por manifiestos incumplimientos de las medidas impuestas. En ese entonces se había comprobado que Ramos había mantenido reuniones políticas con quien se presentaba como candidato para concejal de aquella ciudad, por el partido "Unidos para cambiar Santa Fe", Reynaldo Fabbroni, actual funcionario del gobernador Maximiliano Pullaro.

Ahora, el juez Slokar -al rechazar nuevamente la libertad del imputado- remarcó enfáticamente que en estos casos “‘pesa sobre los magistrados un especial deber de cuidado para neutralizar toda posibilidad de fuga que impida la eventual aplicación de la ley sustantiva […], especialmente frente al dictado de una sentencia condenatoria, aunque ésta no se encuentre firme…”. 

También consideró que “la obligación internacional de sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos con penas apropiadas a la gravedad de la conducta delictiva no puede verse afectada indebidamente o volverse ilusoria durante la ejecución de la sentencia que impuso la sanción en apego al principio de proporcionalidad”.

En su voto, recordó que “…toda solicitud de libertad anticipada o de anulación de la ejecución de la pena debe evaluarse en función de su necesidad y proporcionalidad, teniendo en cuenta el derecho de las víctimas a la justicia".

Las pruebas del juicio

Una de las pruebas del juicio de 2023 que mencionó el fiscal Martin Suarez Faisal en su alegato es el legajo militar de Ramos. “No caben dudas que fue formalmente PCI entre 1976 y 1977”, sostuvo Suárez Faisal. “Pero digo ‘formalmente’, porque existen otras pruebas de que el imputado, aprovechándose de su militancia política en el peronismo, colaboró con los servicios de inteligencia mucho tiempo antes a ser nombrado PCI y después de renunciar a ese cargo”.

“Tan mal no le fue a Ramos”, advirtió el fiscal. “Comenzó como militante peronista de base y se dio cuenta que para no ser encarcelado o desaparecido, como les pasó a los hermanos Solé (Felipe estuvo preso y su hermano Alberto sigue desaparecido) debía dedicarse a traicionar a su viejos compañeros de militancia. No sólo entregar información al Ejército, sino además trabajar formalmente para la Inteligencia militar”.

“Y digo que tan mal no le fue”, insistió el fiscal. “Porque este agente secreto del Ejército también se recicló en democracia” como diputado provincial del Partido Justicialista (1987 y 1991) y luego concejal en la ciudad de Vera (1993-1997 y 2005-2009), entre otros cargos políticos.