En las 54 sentencias analizadas en el informe “Análisis de las primeras 50 sentencias por femicidio del país. Artículo 80 inciso 11 del Código Penal. A 5 años de la ley 26.791”, realizado por la  Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), se desglosó el análisis en femicidios íntimos (aquellos cometidos en el ámbito de las relaciones de pareja y ex pareja, haya o no convivencia) y femicidios sexuales. 

De las 46 víctimas de femicidio íntimo, el 70 por ciento murieron a manos de quienes eran sus parejas al momento del hecho, mientras que en el 30 por ciento restante los victimarios eran ex parejas.

El informe destaca el alto porcentaje de casos en que hijos e hijas de la víctima fueron testigos del hecho que acabó con la muerte de su madre: en 9 de las 46 sentencias dictadas por femicidio íntimo (19 por ciento) se verifica que el hecho se cometió frente a las/os hijos/as de la víctima.

Respecto a la causal de muerte, en los femicidios íntimos prevalece el apuñalamiento (36 por ciento), seguido por los casos de mujeres baleadas (24 por ciento). En 41 sentencias se hace referencia directa a episodios previos de violencia en la relación lo que reafirma la existencia del ciclo de violencia machista. En aquellas sentencias de femicidio íntimo en los que no se mencionan antecedentes de violencia, se trata mayormente de noviazgos, de vínculos más recientes o informales. Además, 18 sentencias registran denuncias previas de la víctima contra el victimario (39 por ciento de los casos en que se condenó por femicidio íntimo).