EL MUNDO › REPORTAJE A ALBERTO PEREZ PEREZ, JUEZ URUGUAYO DE LA CIDH

“La Ley de Caducidad no puede ser obstáculo”

Alberto Pérez Pérez se de-sempeña como juez en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por ser uruguayo no participó en el fallo sobre la causa Gelman. Legisladores del Frente Amplio lo consultaron sobre el proyecto sancionado en la madrugada de ayer. “Esta ley es un paso adelante”, afirmó en entrevista con Página12 el profesor titular de Derechos Humanos y Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, en donde fue decano.

–¿Cómo interpreta esta nueva ley?

–Es una forma de dar cumplimiento a gran parte de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que determinó que la Ley de Caducidad es incompatible con el Pacto de San José de Costa Rica y carece de efecto jurídico. El fallo de la CIDH sostiene que el Estado uruguayo tiene que hacer lo necesario para que la Ley de Caducidad no sea un obstáculo a los fines de investigar y castigar a los responsables de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Y que uno de los institutos como la prescripción no sea un obstáculo. La ley que impulsó el Frente Amplio se ubicó en este punto: el de la imprescriptibilidad de los delitos. La urgencia de los legisladores tiene que ver con que el 1º de noviembre la Corte Suprema determinó que esos delitos prescriben.

–Hay quienes dicen que como ya está el fallo de la CIDH no hacía falta sancionar esta norma.

–Los que lo dicen son contrarios a la aplicación del fallo. Esta ley no está de más. Como dijo el senador Rafael Michelini, hijo del desaparecido Zelmar Michelini, el Legislativo estaría cometiendo una omisión si dijera que no se necesita nada más.

–¿Por qué se dice que en los hechos se anula la Ley de Caducidad?

–La nueva ley establece que a los efectos de la prescripción no se computará el período entre el 22 de diciembre de 1986 (en que se sancionó la Caducidad) y la vigencia de la nueva ley. Es decir, que no corre ningún día de prescripción durante estos veinticinco años. Y tampoco durante el período dictatorial (1973-1985), en el que cualquier persona que hacía una denuncia terminaba presa: en eso los jueces uruguayos coinciden en que no corría ningún plazo de prescripción. Antes, el Poder Ejecutivo tenía que decidir si un caso quedaba excluido de la Ley de Caducidad. Durante los gobiernos blanco y colorado los casos quedaban comprendidos en la ley. Con Tabaré Vázquez primero y después con José Mujica se pudieron investigar casos de violaciones a los derechos humanos. Después del fallo de la CIDH, Mujica decretó que quedaban sin efectos las declaraciones en la materia de gobiernos anteriores al Frente Amplio, con lo que abrió la posibilidad de juzgar 85 casos. Sin embargo, aunque se siguiera adelante, la prescripción podría haber actuado como freno. Por eso lo importante de esta nueva ley. Es un paso adelante sin duda.

–¿Por qué la Caducidad fue ratificada en dos referendum?

–Yo fui miembro de la comisión pro referéndum en 1989. No logramos convencer a la mayoría porque existía un temor de que los militares volvieran o reaccionaran, fue muy próximo a la vuelta a la democracia. Hoy el clima es distinto. En 2009 no hubo ratificación de la ley. No se pidió que se votara a favor o en contra, sino que se preguntaba si el pueblo quería anular la norma vía una reforma constitucional. No se alcanzó para el 50 más uno de los votos.

–¿La próxima batalla será en la Corte Suprema?

–Si alguien presenta un recurso de inconstitucionalidad a un juzgado o a la Corte Suprema tiene que alegar que la ley lo afecta y de este modo reconocer que cometió un delito. En cambio, si alguien está procesado, entonces puede presentar ese recurso.

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