EL PAíS

Ganar para sustos

 Por Horacio Verbitsky

El rechazo de la participación obrera en las ganancias porque nos equipararía con Cuba es una de las demostraciones más concisas de la angurria y la estulticia del patronato local. Esa participación, “con control de la producción y colaboración en la dirección” de las empresas fueron incorporados a la Constitución en 1957, durante la dictadura que implantó el estado de sitio y la ley marcial y dispuso el fusilamiento de obreros. Durante la convención reformadora el radical Carlos A. Bravo encomió la democracia social de Franklin D. Roosevelt y advirtió contra “la gran industria y el gran comercio, que han tenido en el año ganancias que exceden el cincuenta por ciento de la renta nacional”. Su correligionario Carlos A. Becerra consideró justa “la colaboración del capital y el trabajo” y coincidió en que “los señores industriales obtienen excesivas ganancias”. El también radical Luis María Jaureguiberry mencionó como inspiración la Encíclica De Rerum Novarum emitida en 1891 por León XIII; el socialista Julio César Martella la Quadragesimo Anno, por Pío XI en 1931, y el democristiano Horacio José Peña a Jacques Maritain y las constituciones que consagraron derechos sociales, desde México en 1917 hasta la República Federal Alemana en 1949. El Demócrata Progresista Horacio R. Thedy se asombró por “la falta de preparación de los empresarios” que “suelen emplear palabras sinónimas para su prosperidad personal y prosperidad nacional, que rara vez tiene que ver una con otra”. Explicó que el principio que se insertaba en la Constitución no era revolucionario sino “serio, abonado por una larga experiencia en otros países”. Una fracción radical (UCRP), los socialistas, los Demócratas Conservadores, Cristianos, Progresistas y de Centro, sancionaron el artículo 14 bis, que consagró en el papel todos los derechos del trabajador que el gobierno había eliminado en los hechos porque eran obra de la demagogia y del tirano, como se decía entonces. Cuba aún era gobernada por el sargento Fulgencio Batista. Opusieron reparos los partidos Comunista y el Cívico Independiente, del capitán Alvaro alsogaray. La convencional comunista Irma Carmen Othar explicó que así se adormecía la conciencia de clase: “El porvenir de los trabajadores argentinos no es el de hacerse capitalistas” sino “luchar por la revolución agraria y antiimperialista, a fin de que los obreros pasen a ser dueños de los medios de producción y de cambio”. El convencional y banquero Luis María Otero Monsegur objetó que era un mecanismo poco ágil y propuso en cambio distribuir el capital de las empresas del Estado entre sus trabajadores. El Demócrata Conservador José Aguirre Cámara recordó que la participación en las ganancias había sido propuesta en 1905 por Carlos Pellegrini (fundador de la UIA), doce años antes que en Estados Unidos y Francia y dieciséis antes en Inglaterra y le atribuyó ser fundamento de “una paz continuada, por la recíproca comprensión, de patronos y obreros”. Puso condiciones para su reglamentación que vale la pena transcribir en forma textual, para que se enteren los legisladores que deberán tratar el proyecto del diputado Héctor Recalde: “a) la bonificación debe ser un agregado al salario normal y en ningún caso formar parte de él; b) No puede ser nunca una prima de producción; c) debe provenir, en realidad, de las utilidades efectivas de la empresa”. La cauta reglamentación en la que está trabajando el abogado de la CGT crea un Consejo Tripartito (Estado / Sindicatos / Empleadores), que determinará la ganancia mínima a partir de la cual se aplicará la ley. Fija el porcentaje de participación en el 10 por ciento de las ganancias netas anuales, salvo la porción que se reinvierta. Comprende a las empresas con fines de lucro, salvo en sus primeros dos años de creación o cuatro si su actividad principal es la fabricación de un bien o servicio que por primera vez se elabore. También exceptúa a las industrias extractivas mientras no hayan iniciado el período de explotación. El beneficio no alcanza a los directores, administradores y gerentes cuya remuneración quintuplique el salario anual promedio pagado por la empresa. Del monto a participar, el 80 por ciento se distribuirá entre los trabajadores dependientes de la empresa y el 20 por ciento irá a un Fondo Solidario para compensar a los trabajadores beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo que denuncien su situación de no registrados. Las empresas deberán informar a la asociación sindical representativa de los trabajadores, que tendrán derecho a fiscalizar la documentación que respalde esos datos. El primer año, el sistema entrará en vigencia en empresas de más de 300 trabajadores, el segundo año también en empresas de más de 100 trabajadores y a partir del tercer año en todas. En lugar del número de trabajadores empleados, el consejo tripartito podrá fijar un determinado nivel de ganancias. Néstor Kirchner ya hizo saber su adhesión al proyecto. ¿Qué dirán los descendientes políticos de aquellos convencionales constituyentes radicales, socialistas, conservadores y comunistas, que hoy giran en la órbita del Grupo Ahhh...?

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