SOCIEDAD

Cambios en la autoridad de aplicación

 Por Emilio Ruchansky

Quebrar el monopolio de la Secretaría de Programación de Prevención y Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar) es un tópico repetido a lo largo de varios de los anteproyectos. Esto involucra un cambio de autoridad de aplicación en el tratamiento a las adicciones, en el control de los precursores químicos utilizados para fabricar estupefacientes e incluso en el combate contra los narcos a nivel internacional.

Aunque está sugerido en varios de los siete anteproyectos sobre salud, lavado de dinero y reforma penal, entre otros, hay un proyecto especialmente dedicado a la Sedronar. Se llama “Proyecto de Decreto de derogación de la autoridad de los Convenios Bilaterales suscriptos entre los años 1990/2003”. Allí se estima que se trata de “una Secretaría de Estado que no tiene competencias en materia de represión ni judicial”, a la hora aplicar los convenios bilaterales al tráfico ilícito de drogas.

En otro tramo del texto, que funciona como fundamento del mentado decreto, aparece la siguiente crítica: “De la información relevada surge que los convenios bilaterales en la materia carecen de aplicación concreta y efectiva, toda vez que la autoridad de aplicación no realizó ningún avance en la colaboración e implementación con los países con que la Argentina tiene interés en cooperar para la investigación de estos delitos transnacionales”.

En este sentido, la Comisión Nacional de Políticas Públicas sobre drogas insiste en que sólo los jueces y los fiscales (y sus auxiliares de la fuerza) están habilitados para intervenir en cuestiones de narcotráfico. Por lo que toda intervención extra, como la de la Sedronar, sería causal de nulidad. Esto valdría también para las extradiciones (que dependen del Ministerio de Justicia) o el lavado de dinero. “Es un organismo que contradice el ordenamiento jurídicamente vigente”, concluye el proyecto.

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