SOCIEDAD › POR QUé EL TRIBUNAL DIJO QUE LA FAMILIA ENCUBRIó

Argumentos de la sentencia

 Por Carlos Rodríguez

“Encubrimiento grave.” “Tres, cuatro, cinco años de prisión.” “Detención inmediata.” El texto de la sentencia, leído ayer en una sala de audiencias poblada de familiares y amigos de la familia de María Marta García Belsunce, fue marcando a fuego el final menos deseado para cinco de los seis imputados en la causa por el encubrimiento del crimen de la socióloga, por el que ya fue condenado a perpetua por homicidio agravado por el vínculo el marido de la víctima, Carlos Carrascosa. Los golpes fueron cayendo de a uno, a partir de la absolución de la masajista Beatriz Michelini. La primera condena fue para el médico Juan Ramón Gauvry Gordon, a tres años de cárcel. Y siguió el aluvión: para el hermanastro de María Marta, Juan Carlos Hurtig, tres años y medio; para el vecino Sergio Rafael Binello otros tres años; cuatro años para el hermano, Horacio García Belsunce. El golpe más duro llegó sobre el final, con los cinco años de prisión para el cuñado, Guillermo Bártoli. A medida que avanzaba la lectura del veredicto, en forma proporcional, se iban sumando los llantos entre esposas, novias, hijas, hijos. La única voz que se escuchó fue la de Bártoli cuando los jueces lo llamaron al orden: “Esperen un minuto. Me estoy despidiendo de mis hijos. ¿Qué quieren, que me torturen?”.

El Tribunal Oral 1 de San Isidro, integrado por Alberto Ortolani, María Elena Márquez y Ariel Introzzi Truglia, sólo leyó la sentencia y el monto de las penas, pero al mismo tiempo subió a la página web de la Suprema Corte Bonaerense los fundamentos del fallo, que será apelado por las defensas, que el lunes presentarán un hábeas corpus para pedir la libertad de los cinco condenados detenidos, por ahora en la DDI de San Isidro. Los jueces fueron rotundos al definir el delito cometido: “Se ha encubierto un homicidio y no se ha escatimado esfuerzo alguno”. Consideraron que quedó acreditado que los cinco condenados “han mentido, que han eliminado pruebas, que se ocultó la verdad cuando la policía y el fiscal de la causa (Diego Molina Pico) llegaron al lugar del hecho”. Se señaló, incluso, que cuando la policía llegaba “se la intentó detener, lográndose el cometido”. El juez relator del fallo –que fue unánime– fue el doctor Ortolani, quien resaltó que “aquí (en este caso) se ha encubierto un homicidio y créanme que para ello no se ha escatimado esfuerzo alguno”. El magistrado precisó que la totalidad de los elementos de prueba “en su conjunto señalan de manera coincidente la intervención dolosa” de los cinco procesados, a saber, por orden de relevancia.

A Guillermo Bártoli se le adjudicó “haber modificado la escena del crimen, ocultar y hacer de-saparecer rastros de dicha escena, gestionar un certificado de defunción falso sin intervención policial; ordenar a una empleada doméstica (Emma Benítez) que se deshiciera de un pantalón de Carlos Carrascosa (condenado por el crimen) con manchas de sangre; trasladar el cuerpo de María Marta del lugar (donde cayó herida de cuatro balazos); cambiar las prendas que vestía la víctima y dar una versión de la muerte que no se corresponde con la real, cuyo conocimiento de su naturaleza violenta, traumática y homicida le constaba”.

Horacio García Belsunce fue condenado por “haber obstruido la intervención policial mediante una conversación mantenida con el entonces comisario general Angel Casafús, máxima autoridad policial provincial, requiriéndole: ‘Sacame a la policía de encima’. El fin de esa comunicación era evitar la presencia policial y su ingreso a la casa” donde ocurrió el hecho, en el country Carmel de Pilar, lo que hubiera servido para “conocer la verdad”. Al hermano de María Marta también se le imputó “haber participado de la reunión en la que junto a Juan Hurtig y otros, decidieron arrojar uno de los proyectiles que partieran del arma homicida al inodoro de la casa del matrimonio Carrascosa-García Belsunce, haciendo desaparecer así rastros o pruebas del delito”.

Al hermanastro Juan Carlos Hurtig se le adjudicó “haber participado junto con Horacio García Belsunce y otros de una reunión en la cual se acordó hacer desaparecer rastros o pruebas del delito”. A Hurtig se lo encontró responsable de hacer desaparecer el famoso “pituto”, que era en realidad una de las balas disparadas contra la víctima.

Al médico Juan Ramón Gauvry Gordon se lo condenó por “haber omitido radicar la denuncia correspondiente por el homicidio” de María Marta “estando en conocimiento” de la forma en que se había producido la muerte, dado que la víctima tenía cuatro balazos en la cabeza.

Al vecino Sergio Rafael Binello se lo encontró responsable por “haber impedido la intervención policial al ordenarle al señor Alberto Enrique White, por entonces presidente del Club Carmel, que ‘no entre la policía’” al country. Binello le dijo a White, según se consideró probado en el fallo, que “si es necesario coimeala” (a la policía) para que no entre.

Los jueces citaron pruebas testimoniales, que incriminan a los imputados, formuladas durante la audiencia por más de 30 testigos a los cuales las defensas acusaron de ser “falaces”. Los jueces se preguntaron “¿es posible que todos mientan?”, para luego considerar que la prueba testimonial aportada es “abrumadora y no hay motivo para descreer de ella”. Para resaltar la validez de esos testimonios se dijo que “llegaron a este proceso en distintos momentos, no todos se conocían entre sí, mantenían distintos lazos de relación” con los acusados y con la víctima.

En el fallo, de 550 fojas, se recordó que algunos de los testigos “vivían o trabajaban en el country, otros eran ajenos a él y dos residían en el interior del país, en distintas provincias”. Se los consideró por ello que formaron “un grupo heterogéneo” que aportó “distintas situaciones que vivenciaron”. Para hacer prevalecer los dichos de los testigos sobre los de las defensas, Ortolani dijo que venía a su memoria “la imagen de aquel conductor distraído que toma una arteria de contramano y su primera reacción es creer que ‘todos’ conducen en contra del sentido vehicular, cuando en realidad quien lo hace es él. No pueden todos mentir, ergo, mienten los imputados”.

Los abogados de los cinco condenados presentarán el lunes hábeas corpus ante la Cámara de Apelaciones de San Isidro para que se les conceda la libertad hasta tanto quede firme la sentencia de ayer, que será apelada por todos ellos. Eugenio Blanco, defensor de Bártoli, dijo no estar “asombrado” por la decisión del Tribunal Oral 1. “No estoy asombrado, siento vergüenza ajena por este fallo”, afirmó Blanco. Sobre el hábeas corpus, recordó que en 2007 habían obtenido la libertad provisoria de Carlos Carrascosa, hasta que fue enviado de nuevo a prisión dos años después. Los abogados también apelarán el fallo ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense, una vez que terminen de analizar los argumentos expuestos por los jueces.

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Imagen: Luciana Granovsky
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