SOCIEDAD

La ley y el reconocimiento

El 2 de julio de 2012, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1006 que permitió regularizar las inscripciones de los niños y niñas con dos madres casadas y nacidos antes de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario. La norma estableció un año de plazo para completar la inscripción del nacimiento de chicos y chicas menores de 18 años de edad. A partir del matrimonio igualitario, los niños y niñas que nacen en el matrimonio de dos madres son legalmente reconocidos por ambas. No sucedía lo mismo con aquellos nacidos antes de la sanción de la Ley Nº 26.618. El reconocimiento legal de ambas madres permitió la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, derechos hereditarios y licencias por enfermedad de los hijos; permitió también que accedan a las previsiones sociales. Uno de los objetivos también fue garantizar la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de ellas. Además, reconoce legalmente el vínculo con sus familias extendidas: abuelas y abuelos, tíos, tías, primos. La solución no fue judicial, sino administrativa, gratuita y permitió la inscripción de los hijos en el acta de nacimiento y en la libreta de casamiento, lo que habilitó la emisión del DNI en las mismas condiciones de inscripción filial.

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