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Domingo, 16 de diciembre de 2012

DEBATE › REGRESIVIDAD DE LA ESTRUCTURA TRIBUTARIA DE CóRDOBA

Las cosas por su nombre

Córdoba es la provincia que más ha disminuido la progresividad tributaria entre 2003 y 2011. En vez de encarar una reforma tributaria integral, ha creado un “impuesto” regresivo al que denomina “tasa vial”.

 Por Alejandro Lopez Accotto, Carlos Martinez y Martin Mangas *

En Córdoba los consumidores de combustibles deben abonar en concepto de tasa vial provincial 40 centavos por litro de nafta y gasoil “premium”, 30 centavos por litro de nafta súper y común, 20 centavos en el caso del gasoil común y 15 centavos para el gas natural comprimido (GNC). Esto ocurre por la decisión del gobierno cordobés, en agosto de 2012, de crear una tasa vial provincial que se aplica a los combustibles líquidos y al GNC para ser destinada al mantenimiento y mejoramiento de la red caminera provincial. El análisis de la medida puede hacerse en dos planos. El primero es el de los aspectos conceptuales que diferencian una “tasa” de un “impuesto”. El otro, el análisis del sistema recaudatorio de la provincia mediterránea.

Primero, el “impuesto” es de pago obligatorio por todos los contribuyentes que define la ley. La “tasa” la tributan sólo aquellas personas que hagan uso de un servicio público. En la teoría de la hacienda pública, se denomina “tasa” a un gravamen que cumpla con las siguientes características: a) el Estado cobra un precio por un bien o servicio ofrecido; b) el precio pagado por el ciudadano al Estado guarda relación directa con los beneficios derivados del bien o servicio ofrecido, es decir es divisible; y c) la tasa pretende recuperar total o parcialmente los costos que genera la prestación de ese servicio público divisible.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que la naturaleza de la tasa es que su cobro corresponda a la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio relativo al contribuyente.

El ministro de Finanzas de Córdoba, Angel Elettore, en declaraciones realizadas días pasados, indicó que la “tasa vial” se destina a la reparación, conservación y mantenimiento de rutas y caminos. Y recalcó que se trata de un cargo fijo, que se destina a una cuenta especial de la ejecución presupuestaria que no puede usarse más que para obras viales. Sin embargo, la diferencia entre una “tasa” y un “impuesto” no es que tenga o no un destino específico, como aclaramos anteriormente, sino su concepto. Por otra parte, no queda suficientemente claro cuál es el bien o servicio ofrecido, cuál es la relación directa que guarda el precio de la “tasa” pagada por el contribuyente con el beneficio derivado del bien o servicio ofrecido, cómo han establecido la divisibilidad del servicio cuando pueden existir consumidores que no utilicen la red caminera provincial y cuál es el costo a recuperar.

La otra cuestión es analizar la estructura del sistema tributario cordobés y, especialmente, los impuestos progresivos. Córdoba es la provincia que más ha disminuido la progresividad tributaria entre 2003 y 2011. Ocho de cada diez pesos que recauda lo hace a través del Impuesto a los Ingresos Brutos, un impuesto indirecto trasladable a los consumidores y con un impacto regresivo sobre la distribución del ingreso. El impuesto inmobiliario ha pasado de representar un 32,9 por ciento del total de la recaudación provincial en 2003 a sólo un 6,6 por ciento del total en el 2011.

Esto resulta aún mucho más grave e inexplicable si se analiza el crecimiento de la recaudación en relación con la evolución del valor del hecho imponible. Así, entre 2001 y 2011 el valor de la tierra rural cordobesa se multiplicó por casi 25 y el de los inmuebles urbanos (independientemente del crecimiento dado por el auge de la construcción en la última década) por más de 14, mientras que la recaudación del impuesto inmobiliario no llegó a triplicarse en el período.

De haberse mantenido la presión fiscal de 2001 (que no resultaba particularmente alta), se habrían recaudado unos 2400 millones de pesos más que lo que efectivamente ingresó en el tesoro provincial en concepto de impuesto inmobiliario. Cabe considerar que Córdoba forma parte de la región donde se concentran los campos más ricos del país. Sin embargo, en términos de tributación su situación es sorprendente: lo que se cobra a las explotaciones ubicadas en la zona más rentable resulta un 60 por ciento inferior a lo que se recauda en Santa Fe y un 95 por ciento inferior a lo que se tributa en Entre Ríos, por inmuebles de similares características y productividad.

Si consideramos que la expectativa de recaudación del gobierno cordobés de la pretendida “tasa” a los combustibles era de unos 500 millones de pesos al año y que el déficit de la Caja de Jubilaciones cordobesa (incluso sin considerar las transferencias nacionales en el marco de la armonización previsional) fue del orden de los 1270 millones en 2011, es claro el daño producido a la hacienda cordobesa por la falta de voluntad política para gravar la riqueza. De contarse con tal voluntad de recaudar de quienes más pueden, en vez de hacerlo con impuestos al consumo de los sectores populares y las clases medias, resultaría posible financiar inclusive el “realismo mágico” del “cordobesismo” previsional, donde los jubilados ganan más que los trabajadores en actividad.

El gobierno cordobés, en vez de encarar una reforma tributaria integral, que dote a su estructura tributaria de mayor progresividad, busca paliar el déficit fiscal con la creación de un “impuesto” regresivo y de dudosa legalidad. Y para peor, lo oculta o lo maquilla usando la definición de “tasa”. Al mismo tiempo, realiza reclamos intempestivos y mediáticos a la Nación, que ha realizado un esfuerzo mucho mayor por cobrarles a quienes más tienen.

El federalismo implica mucho más que transferencias de la jurisdicción nacional a las provincias. En nuestro esquema tributario, las provincias tienen la potestad y la responsabilidad sobre el impuesto patrimonial más importante: el inmobiliario. En lugar de usar esa potestad como corresponde, el gobierno de Córdoba somete a los cordobeses a un sistema tributario cada vez más regresivo (de los más regresivos de todas las provincias), deja de recaudar donde hay capacidad de contribuir, pretende hacerlo incrementando aun más su regresividad y, encima, intenta colocarse en el papel de supuesta víctima del federalismo fiscal

* Investigadores-docentes de la Universidad Nacional de General Sarmiento.

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José Manuel de la Sota, gobernador de Córdoba. El federalismo implica mucho más que transferencias de la jurisdicción nacional a las provincias.
Imagen: DyN

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-El gobierno cordobés, en agosto de 2012, creó una tasa vial provincial aplicable a combustibles líquidos y al GNC.

-Los fondos recaudados serán destinados al mantenimiento y mejoramiento de la red caminera provincial.

-Ocho de cada diez pesos que recauda lo hace a través del Impuesto a los Ingresos Brutos, con un impacto regresivo sobre la distribución del ingreso.

-El “realismo mágico” del “cordobesismo” previsional, donde los jubilados ganan incluso más que los trabajadores en actividad.

 
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