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Domingo, 24 de agosto de 2014

DEBATE › EL PROYECTO DE NUEVA LEY DE HIDROCARBUROS

¿Neuquén es parte de Argentina?

El dominio originario de los recursos naturales de las provincias indicado en la Constitución de 1994 es, en principio, la capacidad jurisdiccional, que habilita a las provincias a la administración de los recursos de su subsuelo; no son de su propiedad.

 Por José Andrés Repar *

El gobernador de Neuquén, Jorge Sapag, hizo una interpretación sesgada sobre el “dominio originario” de los hidrocarburos por parte de las provincias, arrogándose su dominio completo. Para la gran mayoría y para la propia presidenta CFK –que lo explicitó reiteradas veces– los recursos naturales que se hallan en el subsuelo de la patria pertenecen a todos los argentinos. El “dominio originario” apropiado por Sapag como “dominio-propiedad” conlleva a que la riqueza del subsuelo de la provincia del Neuquén pertenece a los neuquinos. Es decir, un federalismo sui generis, donde el país queda afuera.

El Instituto de Energía Scalabrini Ortiz, en diversos escritos, ha indicado que el dominio originario de los recursos naturales de las provincias indicado en la Constitución de 1994 es, en principio, la capacidad jurisdiccional, que habilita a las provincias a la administración de los recursos de su subsuelo. Una cosa es en un consorcio administrar el edificio de propiedad horizontal y otra es arrogarse la propiedad del edificio.

Sapag indica que “los neuquinos no queremos ser convidados de piedra” y asume la potestad de “repartir” las concesiones y un bien que es de todos. Otorga a la empresa provincial (G&P) en forma directa áreas. Conformar empresas provinciales es absolutamente legítimo, pero debería pasar por la debida licitación.

En relación con los recursos no convencionales, hay que ser conscientes de que se está ante una nueva forma de explotación, dado que poseen un sentido de “factoría” productiva con riesgos mineros ínfimos. Encuadrarla dentro de los parámetros de la explotación convencional implicaría estar frente a varios problemas. La Ley 17.319 es una norma que tiene casi 50 años con artículos perimidos y modificaciones diversas. Cabe analizar las ventajas que se tendría con una ley propia, ad hoc, para los recursos no convencionales.

Ante su importancia estratégica nacional, cabe la perspectiva lógica de que sea la Nación la que debería hacerse cargo de ellos. Y es la que debería asumir el “dominio ultimo” del recurso, respetando la “capacidad jurisdiccional” del dominio originario, dado en la Constitución de 1994 a las provincias. Ello podría suponer que si se plantean concesiones según la Ley 17.319, lo administran las provincias, pero si se tratara de “contratos de producción” sobre áreas de recursos técnicamente extraíbles es la Nación la que establecería los modelos unificados de contratación y también los criterios económicos de la explotación y de la renta petrolera. El procesamiento de las licitaciones de producción correspondientes se perfecciona en cada jurisdicción con el aval posterior de cada legislatura provincial.

En Estados Unidos, las perforaciones fueron realizadas por decenas de empresas medianas y pequeñas, que cual enjambre complejo convergieron allí con tecnologías novedosas y procesos de ensayo y error. Se logró así que, en su conjunto, las decenas de empresas adoptaran los procedimientos más eficientes y de mejor performance, y en pocos años la producción global se multiplicó, produciendo una baja a la mitad del precio del gas en el mercado. Baja que no se habría producido si la explotación hubiera estado en manos oligopólicas. Este modelo de diversidad de empresas con resolución rápida de los procedimientos y usos de los mejores insumos y de ajuste de las presiones, equipos, fracturas adecuadas sería deseable que se replicara en la Argentina. En dos años, YPF sola, contra viento y marea, se ha lanzado con una empresa multinacional como lo es Chevron a barrer la formación de Vaca Muerta en la zona de Loma Campana. Las otras empresas privadas observan este excepcional esfuerzo esperando que YPF produzca el gasto de prueba y error. Luego de estos dos años iniciales, las incertidumbres sobre los flujos productivos y cuáles eran las mejores tecnologías a emplear se fueron acotando. Esta mirada debe asistir a una legislación donde sea posible establecer un modelo que parta de establecer medidas adecuadas para que diversos actores, en lo posible la mayor cantidad de empresas medianas (argentinas y extranjeras), puedan operar sin trabas y sin descanso sobre el recurso repartido a lo largo y ancho de la roca madre, y establezca las mejores posibilidades para ir ajustando un modelo argentino para la explotación de los shale en la región.

En los recursos no convencionales, la unidad de superficie determina el nivel de inversión y de producción a encarar. Poner límites mínimos a la inversión para acceder a beneficios impositivos importantes, como se sugiere en un borrador del Poder Ejecutivo de la nueva Ley de Hidrocarburos, de 250 millones de dólares, pareciera que apunta a las grandes corporaciones. Sin embargo, áreas de sólo 20 kilómetros cuadrados de la Zona I pueden ser aptas para un desarrollo de hasta 100 pozos verticales, con una inversión inicial por debajo de los 50 millones de dólares, aptos para ser obtenidos en el mercado local.

Está claro que el modelo de una empresa dominante como YPF y un número de satélites de firmas de servicio aún debe dar sus frutos y resultados más definitivos. La producción inicial en Loma Campana fue de menos de 100bbl/pozo. A los 160 pozos, YPF informó que la producción media llegaba a 125bbl/pozo. Hoy, superando los 220 pozos, ya se asume un promedio no menor a 150 bbl/pozo. En los costos de un monto de más de 10 millones de dólares/pozo se pasó a 8,5 millones y con los procedimientos de perforación encadenados, YPF lo estima ya cerca de 7 millones por pozo. Esta evolución posibilita hoy tener ya tasas internas de retorno “petroleras”.

Cabe reflexionar que estos logros se dan en un contexto donde los precios de servicios aún los marcan empresas multinacionales como Schlumberger. Cabe considerar la conveniencia para el país de la difusión de los procedimientos que tuvieron más éxito en el shale oil y shale gas en Vaca Muerta y con ello posibilitar la entrada de emprendedores independientes y sin tasas exploratorias.

En el otro extremo ubicar grandes inversores y grandes áreas y largos períodos de explotación (de 35 años + 10 años) teniendo a la vista los progresos de YPF, no serían para nada razonables para el país. Períodos tan largos se dan de bruces con una esquema de “factoría” donde la producción determinada por las necesidades de urgencias de mercados y de autoabastecimiento se da en plazos de 5 a no más de 10 años.

No tiene sentido extender plazos de concesión ante la fenomenal entrada sistemática de nuevas tecnologías, que posibilitará enormes rentas a esos adjudicatarios de larga data. El mundo petrolero de transnacionales mira con absoluto interés y manda sus alfiles locales a conseguir marcos legales cómodos, prolongados y prebendarios.

El Estado es el que ha puesto el dinero y el aval a YPF para que realice el desarrollo actual en Vaca Muerta y eso lo habilita para ser un partícipe tan legítimo como las regalías provinciales. Planteamos oportuno incluir en la nueva ley de explotación de no convencionales una cláusula que establezca una alícuota (por ejemplo, un bonus del 10 por ciento) a partir del cuarto o quinto año del inicio del contrato de producción del área.

También resulta oportuno y estratégico establecer allí un mecanismo de aliento y promoción explícito de la industria nacional de equipamiento y servicios a la actividad hirocarburífera, que permita la progresiva disminución de importaciones. De algún modo el autoabastecimiento industrial es tan importante como el autoabastecimiento energético.

Por último, resulta necesaria la creación de una agencia nacional de hidrocarburos, como organismo estatal que tendrá la misión, entre otras, de establecer el registro de los recursos no convencionales, los modelos contractuales, la regulación de la explotación y reservas, la fiscalización y planeamiento de las actividades en no convencionales

* Ingeniero, miembro del Instituto de Energía Scalabrini Ortiz (IESO).

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Imagen: Adrián Pérez
 
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