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Viernes, 26 de agosto de 2011

JUSTICIA

Hecha la ley, sigue la trata

Una investigación del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales hace foco en el papel real de la Justicia en los casos de trata de personas para su explotación sexual desde la sanción de la ley antitrata en 2008. Los alcances, los logros y todos los errores que siguen vigentes.

 Por Elisabet Contrera

Desde la sanción de la ley contra la trata de personas, en 2008, la Justicia ha firmado un poco más de 20 sentencias contra los culpables. Para algunas ONG, es insuficiente ante las cientos de víctimas que son rescatadas al año. Para otras, es un número real frente al déficit estructural y los tiempos del sistema judicial. Una investigación del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) devela algunas prácticas que explican el número de sentencias y los límites que impone la norma en la búsqueda de justicia.

Dividir a las víctimas de acuerdo con su consentimiento, los prejuicios de los operadores judiciales sobre las mujeres en situación de explotación y la falta de políticas de prevención y de investigación, a fin de desbaratar las redes de tratantes, son algunos de los problemas hallados por el trabajo.

Según el registro del Ministerio Público Fiscal, en los tres años de vigencia de la ley 26.364 sólo se obtuvieron 22 sentencias. En ese mismo tiempo, la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el delito de trata rescató a 2290 víctimas (de ese total 348 tenían menos de 18 años) y se detuvo a 836 personas. La primera condena fue a fines de 2009 cuando Julia Núñez, de 55 años, fue condenada a diez años de prisión por trata de personas para explotación sexual. Se dedicaba a reclutar niñas y adolescentes en barrios pobres de la ciudad de Santa Fe.

La investigación —que sigue en curso y de la que Las12 pudo acceder a un adelanto— busca analizar el papel de la Justicia en los casos de trata de personas para su explotación sexual. Para ello, partió del relevamiento y análisis de autos de procesamientos y causas judiciales llevadas a cabo hasta el momento y la realización de entrevistas a operadores judiciales, funcionarios públicos y miembros de las fuerzas de seguridad.

Uno de los primeros puntos que aborda es el accionar de los operadores judiciales que son quienes tienen el primer contacto con las víctimas rescatadas de las redes de prostitución. Una práctica extendida, según el informe, es “asociar el delito de trata exclusivamente a la presencia de mujeres extranjeras, menores de edad y víctimas que expresamente manifiestan su falta de consentimiento con la explotación”.

“Sus actuaciones se basan en diferentes concepciones acerca de la sexualidad, la autonomía de las mujeres y los parámetros que definen la explotación sexual”, analizó Laurana Malacalza, investigadora responsable del proyecto “Abrepuertas. Contra la explotación sexual de niños y adolescentes”, dependiente del Inecip. “Existe una controversial frontera entre las mujeres que son consideradas las víctimas de trata y quienes ejercerían libremente su autonomía sexual.”

La figura del consentimiento de la víctima establecido por la ley no colabora para borrar esa frontera. “No debería ser un elemento fundamental para explicar la forma en que se consume un acto de explotación sexual. Suponer que existe un consentimiento o un consentimiento viciado por parte de las víctimas para corroborar si existe o no un delito de trata, reduce la función investigativa de la Justicia en las víctimas y no en quienes intervienen en el delito”, explicó.

Según la investigación, la mayoría de los procesos judiciales se inician a partir de denuncias en los lugares donde se produce la explotación, o sea, prostíbulos, casas de tolerancia o wiskerías. Los procedimientos se realizan a partir de denuncias de terceros o de las propias víctimas. Esto, según las investigadoras, “evidencia la ausencia de tareas de prevención por parte de las fuerzas policiales”.

En este contexto, el accionar y la persecución penal de la Justicia se concentra en las personas involucradas en la etapa de explotación, sin avanzar en la imputación de quienes se han encargado de la captación y el traslado. Esto quiere decir que, por el momento, no se ha avanzado en la lucha por desbaratar las redes de trata de personas que operan en todo el país.

La urgencia de aprobar la ley antitrata en 2008 está basada, entre otras cosas, en la necesidad de considerarla un delito federal. Que estuviera en manos de la Justicia provincial no permitía atacar organizaciones que no conocen de fronteras y tienen injerencia en todo el territorio. Sin embargo, la investigación devela que “la mayoría de las causas se iniciaron en la Justicia ordinaria y no fueron derivadas ni recibidas en la Justicia federal, con mayores competencias y facultades para investigar el delito”. La policía y la Justicia federal actúan sin articulación con sus pares provinciales, señala el informe.

En los últimos meses, ha habido señales de diferentes áreas del Estado decididas a impulsar medidas para revertir algunas de los déficit señalados por la investigación. Desde diferentes ministerios se están impulsando actividades de capacitación, como es el caso de los ministros de Seguridad, Nilda Garré, y Justicia, Julio Alak, que firmaron un acuerdo para potenciar las campañas de sensibilización y formación de los miembros de las fuerzas de seguridad. Por su parte, la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia firmó un convenio con la Procuración General de la Nación con el objetivo de capacitar a los fiscales.

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