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Viernes, 14 de junio de 2013

EL MEGAFONO

La vida, la Iglesia y el cuidado en el Código Civil

Por Bárbara Corneli y María José Bernasconi *

El debate sobre la reforma del Código Civil y Comercial es una experiencia donde, como ciudadanxs, podemos influir en los cambios que atraviesa nuestra sociedad. Creer que nuestra palabra vale y puede ser considerada nos moviliza y nos pone a ordenar el discurso y las ideas, nos empodera.

En la cursada del seminario “Género y Legislación” dictado por la doctora Susana Chiarotti, en la maestría “El poder y la sociedad desde la problemática del género” de la Universidad Nacional de Rosario, nos planteamos la posibilidad de manifestarnos con respecto a los ciernes de esta modificación.

Enfocadas en el género, en tanto categoría que se materializa a veces en desigualdades sostenidas en normativas como ésta, hicimos foco en tres ejes del proyecto de reforma. En primer lugar abordamos el artículo 19, que establece la existencia de la persona humana en el momento de concepción en el seno materno, diferenciando este momento de aquel en que el óvulo es fecundado. Si bien reconocemos que es en la implantación del óvulo en el útero donde es posible el desarrollo del embrión, en nuestro documento solicitamos la modificación de este artículo para considerar el inicio de la persona al momento del nacimiento.

Propusimos también la eliminación del inciso “c” del artículo 146, donde se otorga el carácter de persona jurídica pública a la Iglesia Católica, ya que creemos que esto propicia ciertos privilegios respecto de otros cultos, sin contar que esto puede damnificar a parte de la población. Es evidente que la persecución de ciertos derechos fundamentales se han visto obstaculizados por las concepciones y acciones de esta institución que sostiene estereotipos sexistas y patriarcales que resultan en la opresión y subordinación de las mujeres respecto de los varones, como así también en la estigmatización de orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

Por último abordamos la importancia de las propuestas elaboradas sobre los artículos 638 a 660 respecto de la crianza y cuidado de los/as hijos/as, ancianos/as o personas con discapacidad y el reconocimiento de las tareas domésticas, persiguiendo la necesaria equidad que regule las relaciones entre los géneros y la vida cotidiana.

Integramos un grupo que, desde distintas disciplinas, entiende la importancia de poner en práctica una perspectiva de género que atraviese nuestras prácticas y normativas, y en base a ello alerta también sobre el uso sexista del lenguaje en toda la redacción del proyecto del Código a reformar para evitar perpetuar la invisibilización de mujeres y niñas.

Invitamos a leer nuestro pronunciamiento en el siguiente enlace: http://www.mediafire.com/download/apngite45gqogha/Pronunciamiento_reforma_C%C3%B3digo_CyC._UNR.doc

* En representación del seminario “Género y Legislación” de la Maestría de Género de la Universidad de Rosario.

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