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Viernes, 21 de marzo de 2014

IN CóRPORE

No se vigilará el aborto no punible

Hace dos años, el 13 de marzo del 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el fallo F. A. L., por el que reafirmó que en los casos de violación las mujeres tienen derecho al acceso al aborto no punible sin necesidad de denuncia policial ni causa judicial. El único requisito es la declaración de la víctima. Además, también se exhortó a las autoridades nacionales, provinciales y porteñas a implementar protocolos hospitalarios para que la burocracia conservadora no terminara impidiendo un derecho consagrado en el Código Penal desde 1921.

Sin embargo, en la mayoría del país no se cumple con la ley y la jurisprudencia, y se sigue revictimizando a las mujeres víctimas de violencia sexual. Pero, lamentablemente, el 6 de marzo de este año la Corte rechazó el pedido, por parte de organizaciones de la sociedad civil, para que realice una audiencia pública para monitorear los alcances prácticos de su sentencia con el argumento de que su injerencia estuvo delimitada en el fallo y que, eventualmente, se iban a pronunciar sobre los casos en los que se obstaculice un aborto no punible.

En este sentido, Amnistía Internacional, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advirtieron que mujeres y niñas todavía encuentran obstáculos para acceder a su derecho a un aborto legal. Esta realidad se debe a la ausencia de políticas específicas por parte del Poder Ejecutivo Nacional y los gobiernos provinciales, la falta de protocolos locales o la creación de normas más restrictivas que las que indicaba el supremo tribunal. En total, más de la mitad de las jurisdicciones argentinas no aggiornó sus normativas a los lineamientos del fallo F. A. L., que tiene como objetivo la posibilidad de la interrupción del embarazo en el sistema de salud de una manera segura y gratuita.

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