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Sábado, 18 de junio de 2011

OPINIóN

Sobre las lecciones de La Plata

 Por Oscar Andrés De Masi y Juan Martín Repetto *

En relación con la nota publicada en el suplemento M2 del 11 de junio pasado, bajo el título de “Las lecciones de La Plata”, queríamos señalar las siguientes consideraciones:

Es inexacta y lesiva, tanto para los organismos públicos nacionales, provinciales y municipales como para las ONG competentes en materia patrimonial, la afirmación que dice: “no hay ni remotamente una entidad que pueda supervisar o cuidar todo esto”. Por el contrario, existen en el país numerosas instituciones que trabajan denodadamente –y con frecuencia exitosamente– en la tutela del patrimonio cultural. En el caso de esta Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, cuyos directivos se desempeñan patrióticamente ad honorem, acompañados de una planta permanente de empleados competentes, resulta de palmaria evidencia su constante tarea de superintendencia de los bienes declarados en el marco de la Ley Nº 12.665, o protegidos al amparo del Decreto Nº 1.063/82. Rechazamos enfáticamente la imputación en cuanto a que algún funcionario vinculado con esta CNMMyLH pueda ser “socio político” de “los vándalos”, en alusión a situaciones de depredación patrimonial, así como la impertinente calificación en diminutivo de “la casita de la Independencia”, referida a la Casa Histórica de Tucumán. En el caso particular de la ciudad de Tucumán, yerra el autor, por cuanto precisamente allí la CNMMyLH excedió los límites de la tutela individual de los monumentos aislados y actuó, con celeridad y eficacia, en una escala urbana mayor, salvaguardando los edificios patrimoniales del casco histórico, como surge de las notas Nº 183/08 y 280/08.

También desconoce la innovación que produjo la CNMMyLH a través del Decreto PEN Nº 216/07 por ella propiciado, y del dictamen aprobado en marzo de 2008, ambos instrumentos referidos a la creación y regulación de una “zona de amortiguación visual” en el entorno de los bienes declarados en el centro histórico de Lomas de Zamora. En síntesis, es falso sostener que esta CNMMyLH no haya avanzado conceptual y jurisprudencialmente en la escala de tutela del patrimonio monumental.

También sorprende la afirmación inexacta al sostener que la categoría de “bien de interés histórico nacional” (...) “no existe en la Ley Nº 12.665” (sic). Basta con leer el artículo 2º de la misma para advertir que dicha norma distingue cuatro tipos de inmuebles: los bienes históricos, los bienes artísticos, los lugares históricos y los monumentos históricos, cuya titularidad pasa a continuación a discriminar. Mal podría –pues sería de insalvable nulidad– haber “creado” la propia CNMMyLH una categoría inexistente en la ley. Ignora, asimismo, los diversos alcances jurídicos de una declaratoria como “monumento histórico nacional” o como “bien de interés histórico nacional”.

Repudiamos la velada insinuación de una connivencia dolosa entre la CNMMyLH y las autoridades provinciales en perjuicio patrimonial de la ciudad de La Plata, al recalcar la dualidad de funciones del señor presidente de este organismo. Igual repudio merece la afirmación de que el presidente “llevó a la Comisión a actuar con una discreción budista”, toda vez que la actuación del Cuerpo Colegiado se enmarcó en las competencias específicas y en las medidas idóneas que se correspondían con la tutela del bien (de interés histórico nacional, y no monumento histórico nacional); y cada uno de los vocales ponderó dichas circunstancias de facto y de iure, emitiendo un voto fundado lejos de la maquinal sumisión política que se insinúa en la nota.

También sorprende la falacia del párrafo dedicado a “los escalones del Cementerio de la Recoleta”, ya que, ante una destrucción que había dado comienzo inconsultamente (¿se supone acaso que la CNMMyLH puede apostar centinelas las 24 horas en cada uno de los 1033 monumentos y bienes declarados?), la enérgica y rápida acción del organismo, alertado por uno de sus vocales, no sólo evitó el avance del daño al paralizar las obras, sino su reversión con rescate de una lectura histórico-arquitectónica del elemento afectado.

Nos gustaría concluir esta larga pero forzosa aclaración con un mensaje positivo. No todos son déficit, tardanzas ni fracasos en el listado de las cientos de acciones que realiza a favor del patrimonio la CNMMyLH. A veces, las propias limitaciones de los marcos normativos impiden acciones más ejecutivas o más directas; otras, la clandestinidad de las operaciones incorrectas sobre bienes protegidos redunda en intervenciones tardías de esta CNMMyLH que, no pudiendo actuar en la etapa preventiva, no ha dejado en ningún caso de hacerlo con máxima inmediatez ni bien se ha anoticiado del hecho. Son muchísimos los casos en que la CNMMyLH ha intervenido con éxito. Invitamos una vez más al suplemento M2 a visitar nuestros archivos y legajos, a leer concienzudamente nuestro Boletín, a estudiar con serenidad nuestras publicaciones especializadas, a consultar a los expertos y técnicos que integran el organismo. Serán atendidos gustosamente por esos mismos directivos y empleados cuyo desempeño ellos insisten en denostar.

* Vocal secretario y presidente, respectivamente, de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos. Este texto fue tratado y aprobado por el Comité Ejecutivo de la CNMMyLH.

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