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Sábado, 19 de junio de 2010

Prisión a los depredadores

Como esto es Argentina, algunas cosas sólo funcionan por el máximo rigor posible. Por eso resulta notable la idea del diputado Horacio Piemonte, acompañada por sus colegas Fernando Iglesias, Elsa Quiroz y Patricia Bullrich, de incluir una pequeña reforma en el Código Penal que dice simplemente: “Art. 184º bis. Será reprimido con prisión de tres meses a cuatro años, el que destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble que haya sido declarada como patrimonio cultural por autoridad competente”. Para quien esto le resulte excesivo, los diputados enumeran la notable cantidad de compromisos legales asumidos por este país en la protección de su patrimonio natural y cultural. Resulta que el concepto tiene rango constitucional y figura en varias convenciones internacionales firmadas por el país (que también tienen rango constitucional). Y resulta que países como España, Perú, Chile y Costa Rica, para quedarse en los que hablan castellano, tienen penas de prisión de duraciones similares. Los diputados simplemente buscan que la ley extienda a nuestro medio ambiente construido el mismo rigor que ya se tiene con el natural. El artículo 200 del mismo Código ya contempla penas de prisión para la destrucción de lugares protegidos o la contaminación dolosa o culposa. Este paso es parte de una toma de conciencia del mundo político sobre el patrimonio edificado, que está empezando a asomar en el Congreso nacional. Y ya era hora.

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