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Domingo, 15 de enero de 2006

SOCIEDAD

Otra vez la polémica por abortos contemplados en el Código Penal

El debate se volvió a disparar por el caso de la chica discapacitada
de 13 años que quedó embarazada por una violación, y luego tuvo un
aborto espontáneo. Lo que dicen las autoridades de Salud y las entidades que defienden el derecho de las mujeres.

 Por Sonia Tessa

El desenlace espontáneo de la historia de la niña de 13 años cuya mamá había solicitado la interrupción de un embarazo producto de violación, dejó en evidencia la desigualdad de oportunidades: mientras las mujeres y niñas que pueden acceder a una práctica privada no se ven expuestas a la instancia judicial, aquellas que sólo tienen la opción de ir al hospital público deben pedir permiso en la Justicia para realizar algo que está permitido, por el sólo hecho de que la ley no lo prohíbe. "El Código Penal interviene cuando un hecho ha sucedido, para penalizarlo. En este caso, no puede intervenir después del aborto de un embarazo de una mujer idiota o demente porque no es punible", explicó la abogada Mabel Gabarra, de Indeso Mujer, para fundamentar que no es preciso someter a la víctima de violación a una instancia judicial. Desde Mujeres Autoconvocadas Rosario (MAR) solicitan que el Estado garantice la práctica en los casos exceptuados por el artículo 86 del Código Penal.

En cambio, desde la Municipalidad, la secretaria de Salud Mónica Fein consideró que existe un vacío legal que deja expuestos a los profesionales de la salud. "Es necesario que se avance en la legislación, para que en estos casos no haya dificultades de interpretación y en lugar de aparecer una discusión sobre los límites jurídicos o los riesgos que se corren, el sistema tenga herramientas para ayudar a la víctima", puntualizó la titular de la cartera sanitaria municipal.

Para Gabarra está claro que el pedido de autorización judicial sólo agrega más sufrimiento a las mujeres que no cuentan con recursos económicos para resolver la situación con un aborto clandestino en el sector privado. "Los médicos del sector público toman tantas precauciones porque no es sólo un problema de la ley, sino que involucra a la sexualidad de las mujeres, a la discriminación, a la Iglesia. Pero los médicos del sector privado están en otra situación, directamente lo hacen. Esa es la desigualdad. Una mujer que tiene medios lo hace en consultorios privados y nadie le va a ir a decir al médico si lo que hizo está mal o bien pero a la que recurre al sector público se la somete a la instancia de la autorización judicial. Ahí debería haber un esfuerzo del Estado para que una mujer de menores recursos tenga las mismas posibilidades que cualquier otra. Es una cuestión de igualdad de oportunidades", detalló la abogada.

En el mismo sentido, Susana Moncalvillo, también de Indeso Mujer y de MAR, expresó la exigencia del movimiento de mujeres. "El Estado debe garantizar la atención de los casos de aborto no punibles estipulados en el artículo 86 del Código Penal", dijo la militante feminista, quien consideró que "en un caso de aborto no punible no se puede dar vueltas pensando en qué van a decir los demás, y cómo queda el Estado, no hay que buscar excusas sin sentido, porque la prioridad es proteger a la niña o mujer que está sufriendo esa situación con una carrera contra el reloj". Aclaró también que el artículo 86 del Código Penal no estipula un plazo para realizar los abortos no punibles. De hecho, el texto de ese artículo dice: "El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".

Aunque la evaluación jurídica del tema no correspondió a su área, Fein aseguró que la niña de 13 años que el lunes pasado tuvo un aborto espontáneo en el hospital Roque Sáenz Peña contó con un dedicado seguimiento de los profesionales de su área. "En estas condiciones de extrema vulnerabilidad, porque había muchos factores que se sumaban además de la violación, el Estado no tiene las herramientas para resolver el problema, y es necesario que la legislación se transforme para no poner esta solución a cargo de un médico que lo pueda asumir en forma individual. La ley debe ser más clara y proteger a la mujer, en este caso a la niña, y darle al sistema mecanismos para saber cómo actuar", subrayó Fein.

Pero desde el movimiento de mujeres tienen otra visión, ya que consideran que el Estado no tiene ningún impedimento para actuar en estos casos. "Es cierto que se necesitaría una ley que explicite claramente que la interrupción de un embarazo producto de una violación no es punible. Eso lo exigen los médicos, el Estado, los gobiernos provincial y municipal, pero no lo exige la ley", cuestionó Gabarra, quien agregó: "La autorización judicial no está prevista y todo aquello que el código penal no penaliza se puede hacer. El Código Penal interviene cuando un hecho ha sucedido, para penalizarlo. En este caso, no puede intervenir después del aborto de un embarazo de una mujer idiota o demente. Aún sin que salga una ley sobre el tema, para la Justicia es claro que no debe intervenir después de producido el hecho. El problema surge con los médicos, que tienen miedo a ser denunciados después de haberlo hecho".

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Para la secretaria de Salud Mónica Fein, "hay un vacío legal que expone a los profesionales". "Tiene que avanzar la legislación, para que no haya dificultades de interpretación", agregó.
 
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