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Viernes, 27 de abril de 2012

Asuntos legales

El espíritu de la ley de identidad se basa en cuatro pilares que no fueron negociados en la discusión en Diputados y tampoco lo serán en la que se viene en Senadores: despatologización de las identidades trans, desjudicialización para conseguir el reconocimiento legal, descriminalización y desestigmatización. Fuera de esto: peleas internas, reacciones y consecuencias.

 Por Emiliano Litardo

Gritos en el cielo

La verdad es que no hubo, como con el matrimonio igualitario, una estampida reaccionaria, ni manifestaciones mediáticas. Uno aventuraría a decir que el matrimonio armó mayor revuelo porque nos metíamos con una institución clásica del heteropatriarcado. Pero la Ley de Identidad de Género también se inmiscuye con órdenes de familia vinculados con la heteronorma e incide en los actuales paradigmas de asignación de nombres asociados a la genitalidad de las personas. Supongo que haber conseguido la reforma judicial del matrimonio diezmó a los grupos conservadores y allanó un poco el camino. Pero tampoco es tan simple, y eso queda claro si uno mira el tema del aborto. Hay contingencias en estos procesos que inciden en lecturas políticas sobre una posible comparación genealógica de ambos procesos.

El paso por Diputados

Durante la discusión en la Cámara de Diputados, hubo algunas observaciones ligadas a la cuestión de la niñez. En el proyecto original sosteníamos la edad de 16 años para la rectificación del nombre sin intermediaciones. Sin embargo, eso se modificó y el proyecto actual, con media sanción, establece la mayoría de edad tanto para la rectificación registral como para las intervenciones quirúrgicas. En el caso de niñxs y adolescentes se requiere su consentimiento y el de sus padres, e incluso de la llamada figura del “abogado del niño” en caso de conflicto.

Otra observación que resonó mucho en el recinto fue la cuestión de si dejar “prenombre” en el texto o cambiarlo por “nombre”. Finalmente quedó utilizar la palabra “nombre”.

Los tejes

Es muy importante que el texto de la ley haya sido elaborado a partir de la articulación entre diferentes militantes y referentes trans junto a organizaciones Glttbi como de activistas independientes: fueron largas horas de discusión y revisión de borradores. Quizá lo más difícil fue traducir en términos normativos legales cuestiones sustancialmente políticas. Quiero decir: se volvía complicado hacer uso del lenguaje del derecho para sintetizar formulaciones políticas vinculadas con la demanda del activismo.

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