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Viernes, 22 de abril de 2016

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FEMINIZACION

Las hormonas, los procesos de feminización hormonal, la letra de la ley de identidad de género que protege a las personas de la patologización de sus cuerpos e identidades.

Querid*s tod*s:

Leí con mucha preocupación la nota sobre feminización hormonal publicada en el SOY del viernes pasado, y me gustaría acercar algunas precisiones y comentarios.

La ley de identidad de género argentina no requiere estudio psiquiátrico alguno para comenzar un tratamiento hormonal y/o quirúrgico. La misma ley garantiza el acceso a procedimientos quirúrgicos (incluidas las llamadas operaciones de “reasignación genital”) sin que haya que llevar a cabo un proceso de hormonización durante periodo alguno: ni años, ni meses, ni semanas, ni días.

Por otro lado, los proceso de hormonización son y deben ser accesibles a quienes tienen dudas o cuyos compromisos con el tratamiento son variables; hormonizarse puede ser de por vida. O no. 

En relación a los procesos de feminización hormonal no conllevan necesariamente la pérdida del deseo sexual; existen además distintos procedimientos que aseguran la continuidad de la capacidad reproductiva de quienes realizan tratamientos de feminización hormonal y/o quirúrgicos. Ni la sexualidad ni la reproducción son precios a pagar. Y es fundamental tener presente que las personas que realizan procedimientos de modificación corporal no comparten, necesariamente, los mismos objetivos en relación a su expresión de género.

En estos momentos, más que nunca, es fundamental tener claros y defender nuestros derechos –y también es fundamental cuidarnos, respetando nuestras distintas experiencias y haciéndoles espacio en el entramado comunitario.

Abrazos,

Mauro Cabral
[email protected]

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