El porrazo judicial

 Por Horacio Verbitsky

Un dictamen de la Procuradora General Alejandra Gils Carbó contraría la pretensión de CFK de iniciar una demanda por daños contra Margarita Stolbizer, quien la acusó de duplicar su patrimonio de un año a otro. La ex presidente respondió que la diputada radical por el GEN bonaerense no entiende lo que lee, porque suma los dólares que vendió con los pesos recibidos a cambio, sin advertir que constituyen una sola inversión, expresada en distinta moneda en años sucesivos. El dictamen de Gils Carbó, firmado el 11 de diciembre pasado, al día siguiente de la asunción del presidente Maurizio Macrì, recomendó desestimar una denuncia presentada por Manuel Garrido contra el ex Procurador General Esteban Righi. En 2009, al renunciar como Fiscal General de Investigaciones Administrativas, Garrido adujo que Righi había recortado sus facultades para investigar actos de corrupción, cosa que el Procurador negó. Electo diputado por la UCR en 2011, reiteró esos conceptos en 2012, cuando Righi renunció como Procurador. Garrido se amparó en las inmunidades funcionales que protegen a los funcionarios del Ministerio Público Fiscal y a los legisladores nacionales. Gils Carbó le dio la razón ya que según el artículo 68 de la Constitución Nacional “ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador”, prerrogativa cuyo objetivo es garantizar que “ejerzan sus funciones en forma libre e independiente. Con una cita de la Corte Suprema de Justicia (Fallos: 1:297) dijo que “esta inmunidad debe interpretarse en el sentido más amplio y absoluto; porque si hubiera un medio de violarla impunemente, éste se emplearía con frecuencia por los que intentan coartar la libertad de los legisladores, dejando burlado su privilegio, y frustrada la Constitución en una de sus más sustanciales disposiciones”. Para la Corte “la posibilidad de que un miembro del Congreso pueda ser sometido a proceso, a fin de que en él sean indagados o interpretados judicialmente sus opiniones […] contraría la idea que sobre la división de poderes tuvieron los autores de la Constitución” (Fallos: 248:462, “Martínez Casas”). Si tuviera un abogado idóneo que la representara la ex mandataria se ahorraría el porrazo judicial, que los medios hostiles amplificarán en su contra.

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