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Deportes|Domingo, 3 de octubre de 2010
SIGUE LA NOVELA POR LA DEMANDA DE TSC CONTRA LA AFA POR LA TELEVISACION DEL FUTBOL

Juicio para todos los juzgados

Recusaciones cruzadas y declaraciones de incompetencia motivaron que el expediente pasara por cuatro jueces y se encuentre en la Cámara Comercial, que debe decidir quién lo toma. El Grupo Clarín pretende litigar sin gastos, algo que también se debe resolver.

Por Gustavo Veiga
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El día que se anunció el Programa Fútbol Para Todos, eje del conflicto.

Hay un juicio que quema, que pasa de juzgado en juzgado y que la Cámara Nacional en lo Comercial debe resolver quién lo toma. Es la demanda que le inició TSC (Televisión Satelital Codificada) a la AFA por 2280 millones de pesos después de que ésta le rescindiera el contrato de los derechos televisivos del fútbol. El expediente ya estuvo en manos de cuatro jueces y todavía no pudo dirimirse quién se hará cargo de la causa por recusaciones cruzadas y declaraciones de incompetencia que se extendieron durante tres meses. Tampoco se superó otra cuestión espinosa: la pretensión del Grupo Clarín, en cuyo andamiaje TSC es una empresa clave, de litigar sin gastos aduciendo lo que vulgarmente se denomina “carta de pobreza”. De ese modo pretende evitar el depósito de una tasa de Justicia que rondaría los 64,8 millones de pesos.

El itinerario zigzagueante que siguió este litigio lo resumió en detalle el asesor letrado de la AFA, Mario Schmoisman: “Pasó del Juzgado Número 7 al 1, del 1 al 9, del 9 al 16, del 16 al 1 y del 1 a la Cámara”. La Sala F de este Tribunal definirá ahora cuál de los cuatro jueces recibirá la denuncia por incumplimiento de contrato. La Cámara de Apelaciones la integran Juan Manuel Ojea Quintana, Alejandra Tévez y Rafael Barreiro.

Al responsable del Juzgado 7, Fernando D’Alessandro, lo recusó en su momento la AFA, por lo cual el expediente se mudó al despacho del doctor Alberto Alemán, a cargo del Juzgado 1. Su declaración de incompetencia generó que la causa pasara al 9, cuya titular es Paula Hualde. Pero TSC recusó a la magistrada y el sorteo del juicio hizo que cayera en el 16 de Jorge Juárez, quien se declaró incompetente al igual que Alemán, quien volvió a recibir el expediente. El periplo judicial de la demanda multimillonaria que entabló Clarín contra la asociación que preside Julio Grondona se estacionó, por ahora, en la Sala F de la Cámara.

La extensa denuncia presentada a principios de julio por la empresa provocó una respuesta semejante en la que se responsabiliza a TSC de “diluir el dinero ganado en otras empresas del grupo”. Así como las partes convivieron en inestable armonía durante 18 años (19 de abril de 1991-11 de agosto de 2009), hoy se atribuyen mutuamente incumplimientos que quedaron documentados en el expediente. Clarín procura cobrar 12 millones de pesos por cada fecha de fútbol que TSC no pudo transmitir desde la rescisión que oficializó la AFA aquel 11 de agosto. Son 38 fechas por temporada multiplicadas por cinco años, si se toma en cuenta que el vínculo entre las partes finalizaba en 2014. De ahí surge el monto reclamado de 2280 millones, unos 456 millones anuales.

El contrato del Programa Fútbol para Todos que firmaron hasta 2019 los dirigentes de fútbol y el Estado recién transcurre su segundo año de vigencia. También es muy probable que el juicio del Grupo Clarín contra la AFA “vaya para muy largo”, como sostienen en el círculo íntimo de Grondona, quien en 2011 y cuando cumpla 80 años, quizá los festeje con una nueva reelección en la presidencia. Para entonces estará definido el juzgado que se ocupará del pleito y qué ocurrió con la solicitud de TSC para no pagar la tasa de Justicia, aduciendo carta de pobreza. Este expediente se inició el pasado 6 de abril y su carátula es “Televisión Satelital Codificada SA sobre beneficio de litigar sin gastos”. En ese momento lo recibió el Juzgado Nº 5 de Fernando Durao.

La sociedad anónima que controla Clarín, más allá de su composición –tiene un 50 por ciento y la otra mitad es de su socio menor, Torneos y Competencias– deberá demostrar por qué pidió la carta de pobreza que contempla el Código Procesal Civil y Comercial en su artículo 78: “Los que carecieren de recursos podrán solicitar antes de presentar la demanda o en cualquier estado del proceso, la concesión del beneficio de litigar sin gastos”. Este es un trámite frecuente cuando sucede un accidente de tránsito. Desde TSC argumentan que “la empresa no tiene ningún ingreso al no mantener el contrato, por lo que se le hace imposible pagar la tasa judicial”. En la AFA jamás imaginaron que TSC podía solicitar un beneficio semejante, ya que su última oferta por el paquete del fútbol ascendió a 268 millones de pesos.

“El abajo firmante carece de medios de fortuna para solventar los gastos y eventuales costas que le demandará la promoción de dicha acción indemnizatoria por daños y perjuicios. En efecto, no posee bienes inmuebles, como lo acredita el informe del Indice de Titulares emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble, ni bienes muebles registrables, como lo demuestra el informe del Indice de Titulares emitido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor”, suele ser el texto corriente que presenta un insolvente cuando alega carta de pobreza. No parece ser el caso de la empresa. Se trata de una petición a la que apelan con más frecuencia las personas que las empresas y quienes no tienen recursos antes que los sectores más pudientes.

Primero se definirá este curioso trámite judicial y luego qué juez se quedará con el expediente, donde la AFA ya respondió a la demanda de Clarín con un escrito de 247 carillas en el que se denuncia que si TSC no obtenía ganancias, sí las percibían otras sociedades del grupo como Cablevisión, Multicanal, Iesa y Tele Red Imagen. Así como se le concede la gracia a una persona física o jurídica para empezar una demanda en esas condiciones, el artículo 81 del Código establece que “si se comprobare la falsedad de los hechos alegados como fundamento de la petición del beneficio de litigar sin gastos, se impondrá al peticionario una multa que se fijará en el doble del importe de la tasa de Justicia que correspondiera abonar, no pudiendo ser esta suma inferior a la cantidad de pesos un mil ($ 1000). El importe de la multa se destinará a la biblioteca de las cárceles”. Resulta muy atendible fomentar la lectura en ámbitos penitenciarios.

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