Imprimir|Regresar a la nota
Economía|Viernes, 6 de agosto de 2010

Pagar sin demoras

La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó el reajuste del haber de un jubilado en el plazo de un mes y responsabilizó al titular de la Anses por el cumplimiento de la medida, bajo apercibimiento de aplicarle multas e iniciarle acciones penales en caso de no acatarla. La resolución “hizo lugar, por mayoría, al planteo de un jubilado de 82 años y dispuso, como medida cautelar, el reajuste inmediato de su haber jubilatorio de manera similar a lo establecido por la Corte Suprema en el fallo Badaro”, destaca el fallo. Los jueces, “al igual que en el antecedente Capa, de esa misma Sala, ordenaron el cumplimiento del reajuste en el plazo de un mes”. “Pero en esta oportunidad dictaminaron que la resolución debe ser notificada en forma personal al titular de la Anses, y pone en la cabeza de este funcionario la responsabilidad de cumplir con el reajuste, bajo amenaza de fijarle multas (astreintes) y de iniciarle acciones penales por incumplimiento”, se explicó.

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.