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Economía|Sábado, 14 de agosto de 2010
La Justicia vuelve a analizar el rol de las administradoras

AFJP, otra vez al banquillo

La Cámara Federal ordenó reabrir una investigación contra ex directivos de las AFJP para determinar si incurrieron en maniobras especulativas en perjuicio de los afiliados. Es por su desempeño cuando se anunció la estatización del sistema previsional.

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Las AFJP dejaron de operar a fines de 2008, en medio de la crisis internacional.

La Cámara Federal ordenó ayer reabrir una investigación contra los ex directivos de las AFJP para determinar si hubo “vaciamiento” de sus carteras antes de que el sistema previsional pasara a manos del Estado. Las firmas fueron acusadas de vender compulsivamente sus tenencias de valores –acciones, bonos– y comprar dólares por encima de sus posibilidades. Esta denuncia derivó en octubre de 2008 en dos allanamientos en las oficinas centrales de las administradores. La Sala I del tribunal de apelaciones revocó el archivo de la pesquisa dispuesto por el juez federal Claudio Bonadío y le ordenó profundizar la investigación con peritajes y declaraciones de expertos. También solicitó la intervención de funcionarios del Banco Central como testigos en la causa.

No bien se anunció el traspaso masivo de todos los jubilados al sistema de reparto, en el mercado se observó una fuerte depreciación de los activos bursátiles, lo cual generó sospechas acerca de una maniobra de las AFJP. La hipótesis fue que salieron a vender bonos y acciones inmediatamente, mientras que compraron dólares por encima de su promedio habitual. La denuncia la radicó la Unidad Fiscal de Investigación de delitos relativos a la Seguridad Social (Ufises), a cargo de Guillermo Marijuán, con sede en la dependencia central de la Anses.

La primera medida que se tomó en esa oportunidad fue la de obligar a las administradoras a no modificar la composición de su cartera de inversiones hasta que se iniciara la investigación. Luego se dispusieron dos allanamientos sobre las diez compañías hasta ese momento existentes: Arauca Bit, Consolidar, Profesión Auge, Futura, Previsol, Máxima, Met, Nación, Orígenes y Unidos.

Los procedimientos fueron ordenados por el juez Bonadío y cumplidos por varias brigadas de la Policía Federal. En ambos casos se secuestró documentación sobre las operaciones que efectuaron en días previos, sus carteras de inversión y composición societaria. Se llevaron cajas con carpetas, papeles y soportes informáticos. El foco de atención de los allanamientos estuvo entonces en las “minutas”. Se trata de documentos que elaboraba el Comité de Inversiones de cada administradora y que contienen la discusión interna sobre el diseño del plan de operaciones financieras de un determinado período.

Todo el material recogido en los procedimientos fue enviado para su análisis a los peritos contadores de la Corte Suprema, para llegar a un cálculo de los activos que vendieron y los dólares que compraron para contrastarlo con los movimientos usuales. Antes de la estatización, las AFJP manejaban unos 98 mil millones de pesos en acciones y bonos, locales y extranjeros. Bonadío archivó la causa luego de determinar que, según los peritos, no hubo ninguna maniobra irregular.

Sin embargo, los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah, con intervención del secretario Sebastián Casanello, revocaron el archivo de la causa por entender que se deben ordenar más medidas de prueba para confirmar o descartar las maniobras. Además del peritaje, lo instruyeron a que convoque como testigos a funcionarios del Banco Central, con el fin de “ayudar a medir en términos de racionalidad el plan de inversión que encararon las ex AFJP en la fecha indicada”, y su compatibilidad con la Ley de Control de Inversiones.

Después se podrá proceder a analizar si existe responsabilidad penal dentro de las AFJP. En caso de haberla, si se aplicaran las figuras que prevé la propia ley 24.241 (que creó las AFJP), los implicados podrían hasta quedar detenidos, ya que la norma establece penas no excarcelables –de cuatro a diez años de prisión, con agravantes de cinco a quince– tanto para quienes ejecutan las inversiones de un fondo de jubilaciones como para quienes deben fiscalizarlas.

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