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Economía|Sábado, 11 de septiembre de 2010
La Cámara rechazó la decisión de los jueces que se excusaron por ser clientes de la firma

Tener Fibertel ya no es un impedimento

La causa recayó primero en el juez Marinelli, luego pasó al magistrado Rossi y finalmente a Furnari, quien rechazó la excusación y elevó el expediente a la Cámara. Ahora vuelve a Marinelli.

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El caso Fibertel llegó a los Tribunales el 23 de agosto.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó ayer la decisión de los jueces que se excusaron de intervenir en los amparos presentados por usuarios de Fibertel argumentando que también son clientes de la empresa. El caso había llegado a los Tribunales a partir de una acción de clase iniciada por el abogado Andrés Gil Domínguez, que reclama la continuidad del servicio. La causa recayó primero en Ernesto Marinelli. Cuando éste se excusó pasó a Guillermo Rossi, que hizo lo propio. Luego quedó en manos de Esteban Furnari, quien rechazó la excusación de Rossi y elevó el expediente a la Cámara. Ahora el expediente volverá a Marinelli, el primero que lo tuvo en sus manos, para que resuelva la cuestión.

Marinelli tendrá que analizar, por orden de los jueces de la Sala I de la Cámara, Clara Do Pico y Jorge Argento, la llamada acción de clase, un amparo colectivo que abarca a todos los usuarios de Fibertel, y que fue presentada el 23 de agosto último por Gil Domínguez, contra la Resolución 100 de la Secretaría de Comunicaciones que declaró la caducidad de la licencia de Fibertel y dispuso un plazo de 90 días para que sus usuarios migren de compañía.

Mediante un escrito de 40 páginas, el abogado sostuvo que se violaron los derechos de los usuarios a elegir su prestador de Internet, así como la libertad de expresión, ya que el acceso a la web fue puesto bajo tutela, por la ley 26.032, de esa garantía constitucional. La ley 26.032 “establece que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión”, y fue promulgada el 16 de junio de 2005, durante el gobierno de Néstor Kirchner. Gil Domínguez argumentó, además, que se habría atentado contra el derecho a la intimidad (por el dominio del correo electrónico) y la inviolabilidad de domicilio, ya que la dirección de e-mail está equiparada a la del correo postal. Además, afirmó que “la decisión es desproporcionada, pues el Estado podría haber recurrido a medidas menos lesivas, forzar la refundación de Fibertel con distinta composición accionaria pero manteniendo las prestaciones para los usuarios”.

Desde el Gobierno responden que la medida se tomó porque el Grupo Clarín disolvió la sociedad Fibertel en enero de 2009. Por lo tanto, la licencia que estaba en cabeza de esa compañía quedó caduca. Además, sostiene que la Resolución 100 no afecta la libertad de expresión ni el derecho a elegir porque los usuarios podrán optar por cualquiera de las compañías que operan actualmente en el mercado y la migración no tendrá costo alguno, tal como quedó establecido en la Resolución 102. Las firmas que podrían incorporar a los usuarios son las empresas telefónicas, las cooperativas y algunas empresas que proveen servicio a través de Cablemódem, como Telecentro.

Los argumentos de Gil Domínguez también están siendo refutados por la propia Cablevisión, que en las últimas semanas siguió comercializando la marca Fibertel con otras licencias de telecomunicaciones que posee, tal como informó a este diario el gerente de la compañía, Carlos Moltini, el jueves pasado. Así la firma dejó en claro que tiene otras alternativas para seguir brindando servicios a sus clientes. No obstante, Cablevisión ya adelantó que también se presentará a la Justicia. Aun no lo hizo porque primero tuvo que apelar en sede administrativa y debe esperar 30 días hasta que la Secretaría de Comunicaciones responda. Recién cuando el organismo se expida podrá ir a la Justicia.

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