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Economía|Sábado, 20 de septiembre de 2014
EL GOBIERNO ELABORO UN DOCUMENTO QUE REFUTA LAS CRITICAS CONTRA LAS LEYES PRO CONSUMIDOR

Argumentos para la pelea que se viene

El Congreso aprobó los proyectos, pero la disputa promete continuar porque las empresas más grandes del país dijeron que irán a la Justicia. El Gobierno cuestiona los mitos empresarios en torno del supuesto impacto de las nuevas leyes.

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“Son leyes contra el abuso de las grandes empresas”, aseguró el ministro de Economía, Axel Kicillof.

El Gobierno elaboró un documento al que accedió Página/12 en el que se propone refutar una serie de críticas que la oposición y los grupos empresariales más concentrados realizaron en el último tiempo a la ley de regulación de las relaciones de producción y consumo, que reemplaza a la Ley de Abastecimiento. La disputa promete continuar, porque las cámaras que agrupan a las empresas más grandes del país anunciaron que irán a la Justicia, porque entienden que la norma es inconstitucional. “Son leyes contra el abuso de las grandes empresas, abuso al que nos tienen acostumbrados. Busca defender a los consumidores y también a las pequeñas empresas. Estoy podrido de que titulen ‘Ley de Abastecimiento, de ataque a las empresas’, que es a donde ellos quieren llevar la discusión, cuando en realidad son de defensa del consumidor”, definió ayer el ministro de Economía, Axel Kicillof, en declaraciones radiales, al paquete de leyes sancionadas esta semana por la Cámara de Diputados.

Una de las quejas empresarias es la supuesta falta de vigencia de la Ley 20.680 (de Abastecimiento). La norma fue dictada en 1974, pero en 1991 fueron suspendidas por decreto las facultades otorgadas por dicha ley al Poder Ejecutivo. Sólo podían utilizarse si el Poder Legislativo dictaba la emergencia en abastecimiento, situación que llegó en 1999.

Más allá de la discusión sobre el alcance de ese acto, de acuerdo con la interpretación de la Procuraduría del Tesoro de la Nación 2007, la Ley 20.680, a partir de 1999, está plenamente vigente, a pesar de que la emergencia dejó de estarlo porque caducó. En cuanto al planteo de supuesta inconstitucionalidad, Economía advierte que “no hay ningún fallo, definitivo o cautelar, que haya declarado la inconstitucionalidad de la Ley 20.680. La alegada inconstitucionalidad sólo se encuentra en el terreno de las especulaciones de juristas y no tuvo reconocimiento judicial. La ley fue aplicada reiteradas veces desde su sanción, y su aplicación tampoco fue invalidada por ninguna decisión judicial a la fecha”. La última vez que fue puesta en práctica fue a fines de junio por el secretario de Comercio, Augusto Costa, para obligar a los laboratorios a retrotraer precios y cumplir con el acuerdo que habían firmado.

Otro reclamo patronal fue que la aplicación del principio jurídico solve et repete (pague y después reclame) “cercena el derecho a la defensa de las empresas”. Ese cambio va a permitir que ante un incumplimiento de un acuerdo, del programa Precios Cuidados por ejemplo, las firmas deban afrontar la multa y después apelar ante la Justicia, al revés de como actuaron hasta ahora. El Poder Ejecutivo justifica que “los sujetos multados son esencialmente empresas con gran poder económico, como compañías telefónicas, servicio de cable, entidades bancarias”. Además, “el que recibe el pago es el Estado nacional, que tiene sobrada solvencia para devolver el dinero si la Justicia anula la multa aplicada”. La norma prevé que si el abono previo es imposible de afrontar para la empresa, por su capacidad económica o porque está en situación de quebranto, la firma no está obligada al pago al momento de apelar.

El Ministerio de Economía asegura que las distintas leyes sancionadas (Defensa de la Competencia, Lealtad Comercial, Regulación de Relaciones de Producción y Consumo, nuevo fuero del consumidor y Observatorio de Precios) forman un paquete coherente. “Imaginemos que el Congreso vota la ley que crea el nuevo fuero judicial, pero no vota la ley de regulación de las relaciones de producción y consumo. Esto significa que el Estado podría brindarle protección si compra un producto fallado, pero nada podría hacer si su precio es demasiado alto respecto de los costos que enfrenta la empresa en su realización”, plantea el Gobierno.

Además, advierte que en la ley que reemplazará a la de abastecimiento “no se incorporan nuevas atribuciones a las que ya cuenta la Secretaría de Comercio, sino que, por el contrario, se limita, racionaliza y define más claramente la aplicación de las disposiciones de la ley”. De hecho, algunos de los artículos que más alarma generaron “no sólo no están inspirados en ninguna otra experiencia internacional, sino que la redacción es idéntica a la actualmente vigente”.

El Gobierno rechaza la idea de “ataque” a las empresas y busca reemplazarla con el de “defensa de los actores con menor poder relativo en el entramado productivo”. “Para que a lo largo de la cadena de valor, cada parte reciba lo que le corresponde y el consumidor como último eslabón abone según los costos productivos y no valores especulativos”, dice.

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