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Economía|Viernes, 7 de noviembre de 2014
AFIP DETECTO QUE SE EVADIERON 356 MILLONES DE PESOS A TRAVES DE MERCADOLIBRE Y MASOPORTUNIDADES

Piedra libre al evasor que opera por la web

El órgano recaudador identificó en los portales de compra venta de Internet 2594 casos de inscriptos en el régimen especial de IVA con ventas superiores a las declaradas. 691 monotributistas fueron recategorizados o excluidos del régimen simplificado.

Por Cristian Carrillo
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Desde comienzos de 2011, los portales actúan como agente de percepción.

La AFIP detectó una evasión de 356 millones de pesos en operaciones mediante portales de compra venta por Internet en los últimos tres años y medio. Desde comienzo de 2011, los sitios que ofrecen el servicio pago de intermediación en comercio electrónico, como MercadoLibre y MasOportunidades, se convirtieron en agentes de percepción del Régimen Especial de Ingreso de IVA para este tipo de transacciones. El cruce de los datos aportados por estas plataformas informáticas y las declaraciones juradas de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias de los contribuyentes permitió al órgano recaudador, que conduce Ricardo Echegaray, identificar 2594 casos de inscriptos en el régimen especial de IVA con ventas superiores a las declaradas. Desde la AFIP resaltaron que se trata de ventas habituales de bienes nuevos. “No alcanza a aquellos que hicieron una venta puntual. Tampoco a los portales de cadenas comerciales, sobre los cuales se tributa a partir de otro sistema”, explicó a Página/12 el subdirector general de Fiscalización, Horacio Curien. A raíz de esta evasión, 691 monotributistas fueron recategorizados o excluidos del régimen simplificado.

El crecimiento exponencial de las compras on line llevó a que empresas o negocios de venta al público utilizaran la plataforma electrónica como principal –y a veces único– canal de comercialización. Con el objetivo de controlar las transacciones por Internet y reducir la evasión sobre esas ventas, la AFIP dispuso en la Resolución General 2955, del 4 de noviembre de 2010, “un régimen especial de ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aplicable a operaciones de venta de cosas muebles nuevas, locaciones y prestaciones de obras y servicios concertadas mediante portales virtuales”.

Los portales actúan como agente de percepción, lo que en su momento generó quejas de los sitios web pagos ante una inminente migración hacia sitios gratuitos, como Olx, Alamaula, VentaFe, PortalSubastas, entre otros. Sin embargo, el comercio en las principales páginas fiscalizadas (MercadoLibre y MasOportunidades) creció en los últimos tres años. En 2011, cuando se aplicó, se realizaron 19 mil operaciones, que pasaron a 28 mil en 2012, a 42 mil el año pasado y a 30 mil en lo que va de este ejercicio. Curien aclaró que en los portales gratuitos también se realizan trabajos de fiscalización a partir de datos muestrales.

Este régimen incluye a responsables inscriptos ante el IVA, a exentos y a no alcanzados por el tributo, como es el caso de los monotributistas. Según la normativa, si la conducta del contribuyente que ofrece el bien o servicios no presenta inconsistencias ante la AFIP, la percepción será sólo de

1 por ciento sobre el monto de la operación. En caso de presentar observaciones, será del 3 por ciento y si no es un sujeto inscripto ante el Fisco, la percepción será del 5 por ciento. Entre las observaciones se incluyen inconsistencias en la información del CUIT, CUIL y CDI y domicilio fiscal.

Los contribuyentes adheridos al monotributo no resultan sujetos pasibles de percepción, excepto cuando se verifique que se utilizó el Régimen Simplificado para ocultar su capacidad contributiva. Eso es lo que sucedió con los 691 casos que derivaron en recategorizaciones. El agente de percepción (los portales), a efectos de determinar el precio total de la operación para la retención, no consideran las comisiones que cobran.

A partir de los montos percibidos en concepto de retención de los sitios y el cruce realizado con las declaraciones juradas de IVA (en caso de inscriptos), Ganancias y parámetros de monotributistas, la AFIP detectó 2594 casos de contribuyentes inscriptos en el régimen de IVA con diferencias en las ventas declaradas por 356 millones. “La fiscalización es sobre los vendedores denominados habitualistas. No se incluye al que vende el auto, un sillón o una computadora usada”, aclara Curien. A los fines del tributo, se consideran operaciones habituales cuando en un mes resulten iguales o superiores a la cantidad de diez ventas o el monto supere los 20.000 pesos. El monto mínimo sobre el que se realiza la percepción es de 120 pesos mensual.

Desde la puesta en marcha del régimen especial se relevaron 120.000 operaciones de bienes nuevos y servicios realizadas a través de plataformas virtuales, por un total de 10.000 millones de pesos, sobre los cuales se recaudaron 213 millones en percepciones de IVA. En el caso de los montos no declarados, la AFIP realizó las fiscalizaciones electrónicas para que los contribuyentes ingresen el impuesto evadido. “Además, se aplicaron las multas correspondientes y 691 monotributistas fueron recategorizados o excluidos del régimen porque se detectaron ventas por montos superiores al límite de sus categorías”, explicó la AFIP a través de su comunicado. El subdirector de Fiscalización de la AFIP aclaró a este diario que “queda claro que detrás de la venta reiterada de un bien nuevo o servicio hay una empresa”.

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