Imprimir|Regresar a la nota
Economía|Jueves, 18 de agosto de 2016
Avanza un amparo contra la venta de activos de la Anses

En defensa del FGS

Un juzgado de la Seguridad Social habilitó el tratamiento de una cautelar y un amparo que buscan frenar la liquidación de activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses.

Por David Cufré
/fotos/20160818/notas/na11fo01.jpg
El organismo tiene un máximo de diez días para contestar la demanda.

El juez federal Juan Fantini, titular del Juzgado de la Seguridad Social número 6, habilitó el tratamiento de un pedido de amparo y una medida cautelar que buscan impedir la venta de activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses. La presentación solicita que se declare la inconstitucionalidad de cinco artículos de la ley ómnibus de pago a jubilados y blanqueo de capitales que se aprobó a fines de junio. Una vez aceptado el recurso, el magistrado le otorgó tres días al organismo previsional para responder al reclamo de la medida cautelar y diez días hábiles para contestar al amparo. Una vez completados esos trámites, el juez resolverá si concede o rechaza las medidas demandadas. Se trata de la primera acción concreta para frenar la liquidación de activos que resguardan la continuidad del sistema jubilatorio público y de reparto.

La presentación fue realizada por el ex presidente del Centro Interamericano de Estudios de la Seguridad Social, Miguel Angel Pastor, quien también fue funcionario de la Anses durante los primeros años de gobierno de Néstor Kirchner, bajo la gestión de Sergio Massa. Antes de que se aprobara la ley, el especialista le reclamó al líder del Frente Renovador en una carta abierta que no convalidara el proyecto, pese a lo cual esa fuerza terminó acompañando al oficialismo.

Fernández Pastor explica detalladamente en las 75 páginas que elevó al fuero de la Seguridad Social que la ley de “reparación histórica” a los jubilados es en verdad un camino para dinamitar las bases del régimen previsional actual. En primer lugar, cuestiona que se declare el “estado de emergencia en litigiosidad previsional” por tres años. Por esa vía, el Poder Ejecutivo podrá ejercer funciones legislativas discrecionales, advierte. Y apunta que en realidad no hay tal situación de emergencia cuando la cobertura previsional llega al 97 por ciento, el Estado tiene activos por más de 770 mil millones de pesos en el FGS y los juicios en trámite y con sentencia firme no alcanzan al 5 por ciento del sistema.

El objetivo real, sostiene el demandante, es habilitar la venta de esos activos del FGS, lo cual queda consagrado en distintos artículos de la ley. Fernández Pastor pide en concreto la inconstitucionalidad de los números 2, 28, 33, 34 y 95. La demanda no objeta el pago de sentencias y retroactivos a jubilados que constituye el corazón de la norma.

El juez Fantini tenía la posibilidad de abrir el amparo y la cautelar o rechazarlos sin más trámite. Hizo lo primero. Como marca la ley, le dio vista a la Anses, que es la parte demandada, para que responda las acusaciones. El organismo que conduce Emilio Basavilbaso tiene tres días para responder a la cautelar y diez hábiles para el amparo. Tras ello, el magistrado resolverá si concede o no las medidas.

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.