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Economía|Miércoles, 21 de septiembre de 2016
YPF aseguró que se resistirá a difundir otros acuerdos similares

Un debate que sigue abierto

La petrolera consideró que el fallo de la Corte Suprema de noviembre no sienta jurisprudencia para otros convenios porque la nueva Ley de Acceso a la Información Pública sancionada la semana pasada le ofrece mayor protección.

Por Fernando Krakowiak
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Los periodistas pudieron comparar el acuerdo con Chevron con la versión que se había hecho pública con tachaduras.

La decisión de hacer público el acuerdo de YPF con Chevron para la explotación de Vaca Muerta la tomó la Corte Suprema en noviembre del año pasado. En un fallo con apenas tres firmas, el máximo tribunal invocó los principios de libertad y acceso a la información que, señalaron, se deben aplicar a la petrolera, a la que le asignaron status de empresa pública, pese a que es una sociedad anónima con mayoría estatal. Con ese criterio, revirtieron resoluciones de primera y segunda instancia que iban en la dirección contraria.

“Nuestra visión es que, más allá de la buena voluntad de quienes iniciaron esta demanda, si esto sienta un precedente es un daño muy fuerte para la compañía porque no podríamos competir en igualdad de condiciones. Si cualquiera puede pedirle a YPF que entregue los contratos, todo el mundo puede saber cómo operamos, cuáles son nuestras condiciones de mercado, y muchos inversores se van a retraer a la hora de firmar acuerdos con YPF porque van a saber que todo lo que firmen va a estar en una vidriera”, aseguró ayer Sebastián Mocorrea, vicepresidente de Comunicación, quien consideró que con la nueva ley de Acceso a la Información ya no están obligados a hacerlo.

A partir de una demanda del ex senador Rubén Giustiniani, la Corte destacó en su resolución que el derecho a buscar y a recibir información fue consagrado por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que a su vez aparece en las decisiones de la Corte Interamericana. Además, insistieron en el derecho de cualquier persona a pedir información a los organismos públicos. “El derecho a la libertad de pensamiento y de expresión contempla la protección del derecho de acceso a la información bajo control de Estado”, señaló el tribunal en un fallo que contó con los votos de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt y la disidencia de Elena Highton de Nolasco. Es la forma, destacaron, de que “toda persona pueda conocer la manera en que sus gobernantes y funcionaros públicos se desempeñan”. A partir de esa justificación ordenaron que YPF le brinde a Giustiniani el acuerdo de inversión con Chevron firmado en julio de 2013, el cual a su vez se fue ampliando con más de veinte acuerdos complementarios que ayer la compañía puso a disposición de los periodistas, pero que no hará públicos por no estar alcanzados por el fallo.

En YPF consideran que, más allá del fallo de la Corte, la disputa no está cerrada. “Hubo muy poco espacio para discutir las excepciones al decreto 1172/2003. Una de las excepciones preserva la información confidencial, secretos comerciales, industriales, financieros, técnicos, mientras que otro inciso de ese decreto establece que las excepciones se refieren también a información que un sujeto obligado bajo el decreto haya recibido de un tercero, pues al haber recibido información de un tercero, como eso es propiedad privada, queda exceptuado de hacer entrega de esa información”, remarcó ayer Germán Fernández Lahore, jefe de abogados de la compañía. Este directivo aseguró también que la ley de soberanía Hidrocarburífera aprobada en mayo de 2012 contempla el estatus diferenciado de la firma. “Cuando uno analiza el expediente de este caso advierte que la discusión se centró en si el decreto de acceso a la información pública aplicaba para el caso de YPF. La compañía entendía que había un montón de elementos que hacían que el decreto 1172/2003 no fuera aplicable. De hecho, la ley 26.741 que de alguna manera diseña la nueva conformación de esta empresa, con esta situación de capital público y privado, establece que YPF, como sociedad anónima y sociedad que cotiza sus acciones en bolsa, tiene todo un régimen especial de control que se aplica sobre esas sociedades”.

Desde YPF incluso remarcaron que, pese al fallo de la Corte, seguirán resistiéndose a divulgar futuros contratos basándose en la nueva ley de Acceso a la Información Pública aprobada por Diputados la semana pasada por 182 votos a favor y 16 en contra. “Está expresamente establecido en la nueva ley de Acceso a la Información Pública que las compañías sujetas al régimen de oferta pública están exceptuadas de su alcance”, dijo Daniel González, vicepresidente de Finanzas de YPF.

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