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El país|Sábado, 14 de enero de 2012
EL PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA CRITICO LAS SALIDAS DE REPRESORES

Magistrados cuestionados

Juan Guillermo Valera se dirigió a los jueces que otorgaron el beneficio de salidas transitorias y señaló que su actitud demostraba “ignorancia” o “voluntad de violar la ley”. Envió su dictamen al Consejo de la Magistratura.

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El ex juez federal Víctor Brusa, condenado en diciembre de 2009 por delitos de lesa humanidad.

Desde Rosario

“O ignorancia de la ley o una clara voluntad de su violación.” Para el Programa Verdad y Justicia, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanosde la Nación, esto es lo que demuestran las resoluciones del Tribunal Oral de Santa Fe por las que se otorgaron salidas transitorias a tres condenados por crímenes de lesa humanidad. Este dictamen técnico no solo fue informado por carta el presidente del tribunal cuestionado, Roberto Manuel López Arango, sino que también fue enviado al Consejo de la Magistratura para que el organismo analice si debe iniciarse un juicio político o algún otro trámite para evaluar la conducta de los magistrados que beneficiaron a los represores Víctor Brusa, Eduardo “Curro” Ramos y María Eva Aebi.

El 29 de diciembre pasado, un tribunal integrado por tres conjueces aplicó el beneficio de salidas transitorias quincenales para los mencionados represores, condenados a entre 19 y 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. La sentencia del 22 de diciembre de 2009 había sido la primera en la provincia de Santa Fe por privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos. Sin embargo, y por un inédito cómputo de los conjueces Carlos Renna, Andrea Alberto de Creus y Roberto Manuel López Arango (de Paraná), se consideró cumplida la mitad de la pena y los tres represores pasaron el fin de año en casa.

La carta que firma Juan Guillermo Valera, como titular del Programa Verdad y Justicia, está dirigida puntualmente al presidente del tribunal, que es un juez subrogante y señala que fue enviada “con el objeto de remitirle, en el marco de las atribuciones conferidas por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional 606/07, el dictamen técnico Nº019/2012 en relación con las resoluciones 347/11, 348/11 y 349/11, emanadas del tribunal a su cargo, con fecha 29 de diciembre de 2011. Y ello por los siguientes motivos: El dictado de las mencionadas resoluciones por el Tribunal demuestra, o bien ignorancia de la Ley o bien una clara voluntad de su violación, ya que el artículo 5º de la ley 24.430 derogó el artículo 7º de la ley 24.390 en el cual basa las resoluciones de referencia. Y el Tribunal no ha considerado en dichas resoluciones los episodios de prefuga en que ya incurrieron los condenados, beneficiados ahora por la gracia del Tribunal que usted preside”.

El texto firmado por Valera destaca también a López Arango que el hecho de que “no haya solicitado oportunamente a este Programa Verdad y Justicia un estudio e informe previo de las consecuencias que pudieran reportar las medidas adoptadas, no exime a este Programa Verdad y Justicia de cumplir con el mandato del decreto de constitución que lo rige y, en consecuencia, de oficio elaboró el informe de riesgo que adjunta al presente escrito para conocimiento del Tribunal”.

Apenas se había conocido la polémica resolución de los tres conjueces, el fiscal federal Martín Suárez Faisal recurrió la resolución ante la Cámara de Casación Penal, y las víctimas –que se encuentran “descorazonadas”–- esperan una rápida resolución que revoque este beneficio. “No tiene antecedentes, es absolutamente desmesurado. Esperamos una inmediata corrección de Casación. No se le ha concedido a los responsables de ningún tipo de delitos en la Argentina, es inaudito que se aplique para los responsables de los delitos más graves que se han cometido en el país”, había indicado a la edición de Rosario de Página/12 el abogado querellante Guillermo Munné. Es que para conceder el beneficio de las salidas, que fueron otorgadas “para mejorar los lazos familiares y sociales” de los condenados, los conjueces no sólo computaron doble desde 2007 a 2009, cuando los tres presos estuvieron en prisión preventiva sin condena, sino que extendieron esa condición a los dos años que pasaron desde la sentencia en primera instancia, que no está firme por no haber sido revisada en segunda instancia.

“Esperamos una inmediata resolución de Casación, ya que este beneficio fue recurrido por la fiscalía”, indicó Munné, quien recordó que “es muy grave esta decisión para el tipo de condena de delitos que estamos hablando, que merecen la calificación de imprescriptibles, para que no haya impunidad.

Aebi fue carcelera y secretaria del jefe del centro clandestino de detención Guardia de Infantería Reforzada de Rosario. Brusa fue juez y fue condenado por participar en sesiones de tortura. Ramos es un ex espía del Destacamento número 2 de la Policía santafesina. En la misma causa también fueron condenados el jefe de la Guardia de Infantería Reforzada Juan Carlos Perizzotti, el ex jefe de la seccional cuarta Mario Facino y el ex integrante del Departamento de Informaciones de la policía santafesina Héctor Colombi.

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