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El país|Martes, 17 de diciembre de 2013
El juez Rafecas procesó con prisión preventiva a un comisario retirado y a un sargento de la Federal

Un centro clandestino en una comisaría

Los dos policías están acusados del secuestro de Ricardo Cittadini, en agosto de 1976. El juez instruyó designar a la comisaría 28ª como centro clandestino de detención, algo que ocurre por primera vez.

Por Alejandra Dandan
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El juez federal Daniel Rafecas procesó al comisario retirado Miguel Viollaz y al ex sargento Mercado.

El juez Daniel Rafecas procesó con prisión preventiva a Miguel Alcides Viollaz, comisario retirado a cargo de la comisaría 28ª de Capital Federal durante la dictadura. También a Nicomedes Mercado, sargento de la misma dependencia. Ambos están acusados por el secuestro de Ricardo Alberto Cittadini, un estudiante de Ciencias Económicas de La Plata, militante de la JUP, de 21 años, levantado en Plaza Constitución el 17 de agosto de 1976 por patrulleros de esa comisaría y por “averiguación de antecedentes”. En el contexto de la resolución de una causa esperada desde hace años, Rafecas incluyó en el procesamiento la decisión de nombrar a la comisaría 28ª como “centro clandestino de detención”. Esta es la primera comisaría de la Federal que es señalada en estos términos. Para la querella y el juzgado éste es uno de los datos importantes del fallo porque aparece como un primer paso en una investigación todavía larga y pendiente sobre el rol funcional que desempeñó la policía en los crímenes de la dictadura.

“Esto es algo que estábamos esperando hace mucho, pero nos sorprendió gratamente porque no creíamos que iba a salir antes de fin de año”, dice Eduardo Cittadini, hermano más chico de Ricardo. “Si uno mira el expediente, el procesamiento se tomó con los mismos elementos que había en la causa en 1984, no hay muchos elementos nuevos, pero lo que cambió es el contexto político y cambiaron los jueces y las causas avanzan en un contexto favorable.”

Pablo Llonto es abogado de la familia. “Lo primero que hay que destacar es que después de todo el tiempo que ha pasado, los Cittadini por fin llegan a esta primera etapa de justicia con dos de los responsables”, dice. “Lo segundo es que este procesamiento admite que la Policía Federal utilizó sus comisarías como centros clandestinos de detención y no como lugares de simple tránsito o ‘legalización’ de compañeros, que en esas condiciones seguían privados ilegalmente de su libertad. Por eso esto obliga a avanzar con la realización de medidas similares con todas y cada una de las comisarías de Capital Federal y esperamos también que con las delegaciones de la Federal en el resto de las provincias.”

Ricardo

Ricardo vivía en La Plata, en un departamento con un grupo de compañeros. El 17 de agosto, había almorzado con un amigo y viajó a la Capital a reunirse con un pariente que vivía sobre la calle Salta, cerca de la Plaza Constitución. Llegó, no lo encontró y fue a hacer tiempo a la plaza. A eso de las cinco de la tarde, mientras miraba un partido de bochas, dos patrulleros tipo Ford Falcon se lo llevaron a él y a otros dos muchachos a la comisaría 28ª de Barracas por “averiguación de antecedentes”. Su hermano Eduardo todavía está convencido de que al comienzo todo fue así, casi al “boleo”. En el patrullero, mientras iban a la comisaría, Ricardo le contó algunas cosas a uno de los muchachos que levantaron con él. Le dijo “que tenía 21 años, era estudiante de Ciencias Económicas y que estaba haciendo tiempo para visitar a un familiar, del cual le dio la dirección”, señala el comunicado del juzgado.

Ese otro muchacho se llamaba Ricardo Camino Gallo, un uruguayo, que estaba parando aparentemente en un hotelito del Acnur, y más tarde se convirtió en el principal testigo de la causa. Camino Gallo estuvo unas horas en la comisaría y declaró en el expediente durante los años ’80 mientras vivía en Amsterdam. Allí contó que a Ricardo lo alojaron en el calabozo de enfrente suyo, lo sometieron a interrogatorios, golpizas, simulacros de fusilamiento y que a las 2 de la mañana del día siguiente dejó de escucharlo. Horas más tarde, cuando él recuperó la libertad, se fue a la casa del familiar de Ricardo en la calle Salta para contar lo que había pasado.

“Alrededor de las 23 horas le hicieron el primer simulacro de fusilamiento”, declaró años después. “Y así, por lo menos que yo recuerde, unas cinco veces. Ricardo gritaba, según bien recuerdo, textualmente, ‘señores, por favor, no tengo nada que ver...’. No tengo dudas de que más de una persona, me atrevería a decir entre cuatro y cinco, intervinieron en las torturas. Cuando yo escuchaba lo que pasaba trataba de distraer la atención de los torturadores golpeando la puerta o bien pidiendo para ir al baño, o que quería hablar con el comisario y cosas así. Por supuesto venían a mi celda, abrían la puerta, me pegaban un par de trompadas y volvían a la celda de Ricardo.”

En la comisaría anotaron el ingreso de Camino Gallo en el libro de guardia, pero no anotaron el de Ricardo. En la causa, de todos modos, se usó el libro como parte de las pruebas. Los nombres de los policías que estaban registrados permitieron saber quiénes habían estado de guardia ese día. Las pruebas incluyeron testimonios de los llamados “presos comunes” que se lograron ubicar en los primeros años de la causa. Y otra serie de elementos con la que el juzgado dio por válido el secuestro, pero no los tormentos. Según Rafecas, aunque el testimonio de Camino Gallo es muy válido, es la única prueba de los tormentos. Este tramo va a ser apelado. Pero el caso y las pruebas permiten mientras tanto abrir otro camino, que es el de pensarlo en función de una de las configuraciones operativas que asumieron durante la dictadura las comisarías.

Invictas

La Federal es una de las fuerzas de seguridad que hasta ahora no fue tocada o investigada en su de-sempeño “funcional” durante la dictadura. Hasta aquí, recuerda Llonto, se investigó y juzgó a algunos de los integrantes que estuvieron en un CCD, porque hacían tareas extras ahí o en las “patotas” operativas. Pero cada caso se tomó de modo aislado. También se investigó el funcionamiento de Coordinación Federal, por ejemplo, pero como centro clandestino y en la lógica en la que se hicieron las investigaciones en el resto de los centros clandestinos. Falta investigar, juzgar y condenar el rol de decenas y decenas de uniformados y el funcionamiento de las comisarías en las cadenas operativas: “Hubo un accionar oficial de la Policía Federal en los secuestros y en las comisarías –dice el abogado– que tiene que ser investigado y juzgado y en el que participaron centenares de efectivos”.

Ese accionar “oficial” parece haberse integrado por una serie de funciones. El caso de Cittadini para Llonto muestra a la comisaría cuando funcionaba de “modo autónomo”: es decir cuando se decía usar como Centro de Detención ilegal y lugar de aplicación de tormentos. Otras funciones conocidas que también se hallan sin investigar son:

1) Las “zonas liberadas”. Ese rol fue descripto y quedó “probado” en el juicio Jefes de Area; también aparece mencionado como habitual en la sentencia de una causa como ESMA II y allí mismo aparece descripto como “funcional” a los operativos. También en el caso de Inés Ollero, una de las victimas de la ESMA, desaparecida desde arriba de un colectivo en jurisdicción de la comisaría 49ª. Sin embargo y a pesar de estos antecedentes, las “zonas liberadas” como tales no se investigaron, dice Llonto: “Eso está probado. Y como consecuencia de eso en Capital se secuestraron centenares de personas”.

2) Otro desempeño aparece en el comienzo y en el final del circuito represivo que siguieron muchos de los secuestrados. Al comienzo, en la “entrega” del prisionero a otro centro clandestino, y en el final, al revés, cuando alojaban al prisionero luego del paso por un centro clandestino y en lo que habitualmente es pensado como “blanqueo”. Las querellas entienden que eso no fue blanqueo, sino un modo de continuidad de la privación ilegal de la libertad en un espacio distinto.

Rafecas en el fallo no dice nada de todo esto, pero plantea un comienzo al señalar la necesidad de investigar el funcionamiento de las comisarías porteñas como posibles centros clandestinos. “La comisaría 28ª –señala el juzgado en un comunicado– no sería la única investigada por el juez Rafecas como posible centro clandestino de detención, quien ya ha acreditado el funcionamiento de centros clandestinos de detención y tortura en diversas comisarías de la provincia de Buenos Aires, y en esta nueva línea de investigación se propone desentrañar el uso de las comisarías de Capital Federal como centros clandestinos de detención”.

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