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El país|Viernes, 18 de diciembre de 2015
Nueva presentación judicial contra el nombramiento de Rosatti y Rosenkrantz

“Virtuales designaciones de facto”

El Movimiento de Profesionales para los Pueblos presentó un amparo y pidió la nulidad del decreto con el que Mauricio Macri cubrió las vacantes de la Corte sin intervención del Congreso. La entidad advirtió que se trata de un “golpe institucional”.

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Rosatti y Rosenkrantz fueron nombrados por Macri por decreto para integrar la Corte Suprema.

Con términos muy duros, el Movimiento de Profesionales para los Pueblos presentó una acción de amparo y pidió la nulidad del decreto 85/2015 por medio del cual el presidente Mauricio Macri designó dos jueces de la Corte Suprema de Justicia. Caracterizándolo como un “golpe institucional”, el colectivo de abogados describe la disposición como “arbitraria” e “irregular” y señala que las “virtuales designaciones de facto” son “una grave violación al funcionamiento de la República” que busca “echar por tierra la independencia judicial”. El amparo que se presentó ayer en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 11 de la Ciudad de Buenos Aires es sólo uno de la serie de amparos que comenzaron a replicarse en distintos puntos del país. Hubo presentaciones en Mar del Plata, Tucumán, Chaco, La Rioja y La Plata. Pese al anuncio de la postergación de la jura, las presentaciones no se frenaron. Los abogados y las abogadas –muchos vinculados a causas de lesa humanidad– consideran que el problema es que el decreto sigue vigente con jueces ya designados por el Ejecutivo, sin el aval de controles y del procedimiento reglamentario.

La presentación en la ciudad de Buenos Aires la hizo Emiliano Coradino, como presidente del MPP, de acuerdo con las previsiones del artículo 43 de la Constitución Nacional. El amparo pide a la Justicia que declare la nulidad, ilegalidad e inconstitucionalidad del decreto y señala como responsables al presidente Macri; su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia, Germán Garavano. El objeto de la presentación es “que se declare la nulidad, ilegalidad, inconstitucionalidad, arbitrariedad manifiesta e inaplicabilidad del decreto N 83/2015 publicado en Boletín Oficial el 14/12/2015, ya que su dictado representa la afectación del funcionamiento republicano de la Carta Magna y la afectación de la seguridad jurídica, toda vez que toda decisión que adopte el máximo tribunal estará viciada de nulidad absoluta, lo que implica la afectación de nuestros derechos individuales”. Como sucede en cada una de las presentaciones, el amparo se fundó en un interés legítimo. En este caso, el MPP patrocina una causa que está pendiente de tratamiento ante la Corte Suprema. Se trata del caso “Martínez, Sergio Raúl c/ Agua Rica Lic. Suc. Argentina y su propietaria Yamana Gold Inc. y otros s/ Acción de amparo”, actualmente pendiente de tratamiento en la Corte.

“La máxima autoridad del Ejecutivo Nacional invocó una disposición que a todas luces no resulta aplicable a las designaciones que se intentan realizar, nombramientos además que implican una violación al principio de independencia judicial y de juez natural”, señaló Coradino sobre el proceso de designación de Carlos Fernando Rosenkrantz y de Horacio Daniel Rosatti a integrar la Corte Suprema. Luego de explicar que no está fundada la “urgencia” a la que apeló el Ejecutivo para inscribir su decisión, la presentación señala en uno de sus párrafos más duros que “el intento de integrar arbitraria e irregularmente la Corte Suprema no se funda –como reza en el decreto– en la supuesta urgencia, sino que tiene como real sustento la intención, el deseo, de armar una Corte afín, que resguarde los propios intereses del Poder Ejecutivo en detrimento de todos los ciudadanos de la República. Ese, y no otro, es el auténtico fundamento que alienta el golpe institucional que se pretende dar; el logro de una garantía de impunidad para sí, y para terceros afines”.

Presentaciones semejantes se hicieron en otros distritos. El abogado Mario Bosch en representación de las víctimas de lesa humanidad de la provincia de Chaco presentó un amparo ante la Justicia federal de esa provincia, en el marco de la causa José Tadeo Luis Bettolli, ex capitán del Ejército, que está en la Corte Suprema por un recurso de queja presentado por la defensa.

En la ciudad de Buenos Aires se hicieron dos presentaciones. La del MPP y otra de un ciudadano común en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 4 de Rita Ailán. Esa presentación fue rechazada y rápidamente el sitio web de la Corte difundió el fallo en su página web. Pero no es semejante al resto de los amparos, según los abogados, porque ahí la hizo un ciudadano común sin interés legítimo en una causa.

El dato del traspaso de la jura hacia febrero y la apertura en paralelo del proceso de evaluación de antecedentes de los jueces, no frenó la presentación de los amparos porque quienes las promueven consideran que son necesarios mientras el decreto no se derogue y siga vigente. Explican que el problema de ilegalidad ya está planteado porque el decreto ya los designó, y que la irregularidad ya está cometida. Entienden que el Ejecutivo debe someterse al modo normal de designación de jueces: esto es, enviar los pliegos de los candidatos al Senado con la puesta en marcha del decreto 222/03. El resto, tal como sigue vigente, insisten, muestra sólo un problema de agendas.

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