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El país|Domingo, 19 de junio de 2016
LA CAMARA FEDERAL DE BAHIA BLANCA ACEPTO UNA RECUSACION AL JUEZ FEDERAL ALEJANDRO RAMOS PADILLA

Un fallo a tono con el cambio de época

El magistrado fue recusado por el defensor de un represor con el argumento de que era parcial por haber actuado en otros juicios y defendido a víctimas del terrorismo de Estado. Por primera vez un tribunal acepta un planteo de ese tipo.

Por Alejandra Dandan
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Ramos Padilla era subrogante y ya ni siquiera actuaba en la causa en la que fue recusado.

La Cámara Federal de Bahía Blanca aceptó una recusación al juez federal Alejandro Ramos Padilla por su intervención en un caso de lesa humanidad. La defensa de uno de los represores pidió su apartamiento en una causa en la que ya no actúa por haber sido abogado querellante de Madres y Abuelas de Plaza de Mayo y haber participado en juicios como el robo de bebés o el Circuito Camps de la ciudad de La Plata. En un fallo sin precedentes y de profundo tono regresivo tal como el que tuvo lugar la semana pasada en Casación, los jueces entendieron que ese “temor de imparcialidad” se encuentra fundado “respecto de la equidistancia que debe guardar el juzgador”. Fiscales y querellantes están alarmados por una decisión que va en contra de lo que la propia Justicia marcó como políticas de Estado al señalar que todo juez debe tener una posición tomada y de condena frente al terrorismo de Estado dado que forma parte del pacto democrático. Eso no lo exime, tal como lo hizo Ramos Padilla y lo plantea en su propia defensa, del hecho de evaluar la responsabilidad de cada imputado dentro del plan criminal.

“Es la primera vez que el hecho de haber asumido posturas concretas contra el Estado criminal y haber acompañado a las víctimas es cuestionado por la judicatura”, dice a Página/12 el fiscal federal de Bahía Blanca Miguel Palazzani. “Uno de los graves problemas de este fallo no es sólo el planteo sino que es también un mensaje para todos los procesamientos. Así de claro. Es una invitación a plantear la nulidad de todo lo que hizo Ramos Padilla en Bahía Blanca, donde hay más de 80 procesados y causas muy importantes como la de la Triple A, que lleva entre los acusados a (el ex presidente de a Cámara Federal de Bahía Blanca, Nestor) Montezanti, renunciado cuando estaba a punto de ser condenado en el jury de enjuiciamiento”.

El fallo de los jueces Jorge Ferro, José Mario Tripputi y Pablo Candisaro Mera fue unánime. El planteo fue presentado por el defensor de Luis María Delaico, Sebastián Olmedo Barrios, que recusó al por entonces juez federal subrogante por considerar “afectado el derecho de defensa y de ser juzgado por un tribunal imparcial”. Entre los argumentos, el planteo señala que Ramos Padilla “tiene una posición política tomada respecto del tema que trata la presente causa y también respecto de planteos jurídicos que pueden producirse durante el proceso”. Reseña entre sus antecedentes datos que retomó el tribunal, como su trabajo como abogado de la Asociación Madres de Plaza de Mayo y Abuelas de Plaza de Mayo. También su participación en el juicio a Miguel Etchecolatz. Y dice que el juez al verse “fuertemente involucrado” con una de las partes “ha perdido imparcialidad”.

El voto de Ferro, retomado por sus pares, se hace eco de esa postura. Afirma que más allá de la renuncia, “el caso no puede ser declarado abstracto” porque eso sería “adoptar una posición, por lo menos, ingenua respecto del tipo de proceso que nos ocupa, pues en razón de su objeto, los sujetos que involucra, su gran volumen, su complejidad, su extensión geográfica y temporal, su importancia histórico social y su alto contenido político e ideológico entre muchos otros factores, nunca podría ser asimilado a una causa penal ordinaria”. Tras recordar los procesos penales en los que se desempeñó Ramos Padilla, agrega que “no lucen irrazonables las dudas” de las “defensas, pues lo lógico es que para arribar a la formulación de una acusación, existió previamente una actividad valorativa y crítica que debió generar un intenso compromiso intelectual con los postulados y conclusiones que la componen”.

Planteos de este tipo son habituales en las causas de lesa humanidad. Lo que no había aparecido hasta ahora son estas respuestas. Jueces que formaron parte de tribunales orales que condenaron a imputados son recusados cuando los juicios comienzan nuevamente con otros imputados o con los mismos porque sus posiciones podrían haber quedado ya expresadas en la sentencia anterior. En gran parte de los casos esos planteos se desechan. Y hay jueces que se excusan de integrar los tribunales cuando entienden que las intervenciones pueden colisionar con la objetividad. Ramos Padilla, de hecho, se excusó de participar en juicios de La Plata o Mar del Plata donde había tenido casos como querellante. En Bahía Blanca nunca había intervenido.

“Para ir de lo general a lo particular –dice Palazzani–, hay que decir que el dato de más gravedad es la decisión de aceptar la recusación sobre un juez por su postura delante del terrorismo de Estado porque esto a la vez dispara la pregunta acerca de qué tipo de jueces queremos. Lo cuestionaron por esto. Y lo que nosotros decimos es que, por supuesto, los jueces deben tener posiciones tomadas frente al terrorismo de Estado. Se recusa a un juez porque tomó una postura contra el estado criminal que es, repito, la obligación de todos y la primera obligación de los jueces. Porque tuvimos un Poder Judicial cómplice la dimensión del terrorismo de Estado llegó hasta donde llegó”.

La supuesta pretensión de objetividad hablaría aquí de jueces que están en el medio. “Pero estar en el medio de esto –razona el fiscal– es funcional al terrorismo de Estado”. Parte de esa misma lógica planteó Ramos Padilla en su respuesta. Asegura que estas posturas están alineadas a lo que se considera como parte de la “política de Estado asumida por nuestro país con el Juicio a las Juntas y luego a partir de la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que determinó el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad”.

Otro de los puntos críticos del fallo son los efectos. Ramos Padilla dejó de ser juez de Bahía Blanca hace seis meses. Ocupaba ese cargo de modo subrogante. Fue designado por el Consejo de la Magistratura en un escenario de emergencia con causas de lesa humanidad paralizadas cuando comenzaron a ser imputados actores de los sectores empresarios y los jueces. La Cámara podría haber dicho que la recusación ya no tiene sentido porque el juez no está y el problema está zanjado. Pero la decisión de responderla de todas maneras es analizada como una invitación para que las defensas planten nulidades. “Lo que los jueces están diciendo es que pese a no estar más sigue agraviando en el presente -explica la fiscalía–. Lo dicen al decir que el fallo ‘tiene actualidad’: eso quiere decir que para los jueces las actuaciones siguen agraviando a alguien. Pero cuando nos ponemos a ver qué significa esto lo que se ve es que Ramos Padilla realizó más de 80 procesamientos, avanzó con la causa de la Triple A emblemática en Bahía Blanca e impulsó la indagatoria de Montezanti”.

El próximo 5 de julio el juzgado de Bahía Blanca debería tomarle declaración indagatoria a Montezanti. Pero ese proceso también puede quedar afectado. Montezanti está acusado en la causa de la Triple A y por haber sido Personal Civil de Inteligencia durante el terrorismo de Estado, y también recusó Ramos Padilla. Si la Cámara aplica el mismo criterio podría conseguir hasta la nulidad de todo lo actuado.

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