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El país|Martes, 1 de junio de 2004
EL TRIBUNAL DE MARIA JULIA DICTO SENTENCIA SOBRE LOS SOBRESUELDOS

“Era un sistema perverso e ilegal”

En los argumentos del fallo que condenó a la ex secretaria, los jueces apuntaron a los funcionarios que administraron dichos pagos y cuestionaron duramente la ley secreta que los permitió.

Por Irina Hauser
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En la sentencia, el tribunal dio por sentado que María Julia se enriqueció ilícitamente.
Era un “sistema”. Era “perverso” e “ilegal”. Lo protagonizaban “funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional que tenían a su cargo la administración de fondos públicos” y que deberán ser investigados. Así se refirió al pago de sobresueldos el Tribunal Oral 4 que juzgó a María Julia Alsogaray por enriquecimiento ilícito al dar a conocer ayer los fundamentos de su condena a tres años de prisión efectiva. Esta definición sienta un precedente clave y tiende una sombra para todo el gabinete menemista e incluso para el ex presidente, que la semana pasada admitió los sobres en negro. Los jueces, además, cuestionaron el carácter secreto de la ley de fondos reservados que invocó la ex funcionaria para justificar 622 mil pesos: “favorece actividades irregulares, antijurídicas e ilícitas” en los gobiernos al dejar “espacios libres de control”, alertaron.
En una sentencia de algo más de 100 carillas, el tribunal dio por sentado que María Julia se enriqueció ilícitamente. El origen del dinero de los sobresueldos que dijo cobrar –consideraron los jueces– es ilegal por donde se lo mire. Pero la ex secretaria de Recursos Naturales tampoco pudo demostrar la legítima procedencia de 500 mil dólares: intentó justificar que eran honorarios de la firma Astilleros Alianza, mostrando un contrato que resultó falseado. El fallo le ordena devolver “los efectos provenientes del delito”, en billetes o con los bienes que tiene embargados (el petit hotel, sus autos, otras propiedades, todo menos los departamentos de Nueva York, que Estados Unidos no quiso decomisar). Esa medida carece de antecedentes.
El voto mayoritario lo firmaron los jueces Leopoldo Bruglia y María Cristina San Martino. Ellos ponderaron la larga permanencia de Alsogaray en cargos públicos –como diputada de la UCeDe y luego en el menemismo–, su nivel educativo y el monto del enriquecimiento como agravantes. Por eso dispusieron una pena de tres años de cumplimiento efectivo, que indemnice al Estado, además de prohibirle ocupar cargos públicos por seis años. El voto minoritario, de Horacio Vaccare, decía que el decomiso no es aplicable, que la pena debía ser de dos años y seis meses de cárcel en suspenso y la inhabilitación en la función pública por cuatro años.
Durante el juicio oral, el Tribunal 4 escuchó por lo menos siete testimonios donde se mencionaba el pago de sobresueldos como una práctica habitual en los noventa, según recuerda el texto. Algunos testigos, igual que María Julia, decían que habían recibido la indicación de declarar esos ingresos como “ley secreta 18.302” de fondos reservados. Por eso los jueces se pronunciaron sobre este asunto, algo que hasta ahora ninguna otra instancia judicial había hecho.
u Ley controvertida. Al analizar la norma en cuestión, sus señorías advierten que el carácter secreto “provoca espacios ocultos, libres de control, que pueden favorecer actividades irregulares, antijurídicas e incluso ilícitas, cubiertas con la impunidad que estas ventajas otorgan”. La califican como una normativa “paralela, desconocida y sigilosa” que, además, “afecta el principio de división de poderes al consolidar un ámbito liberado del control”. Eso, se quejan los magistrados, “se ha probado en este expediente cuando reiteradamente los otros poderes del Estado (Ejecutivo y Legislativo) nos han negado la remisión del texto de la ley 18.302, el que inexplicablemente –como corolario de un grotesco– advertimos que se encontraba incluido en otras dos causas”.
La defensora oficial de María Julia, Pamela Bisserier, había pedido paradójicamente la inconstitucionalidad de la ley secreta. El tribunal no se pronunció sobre su validez por no afectar a Alsogaray en esta causa. El problema de la ex funcionaria, insistieron, es que no puede dar cuenta de que su dinero tenga un origen inobjetable. Y consideraron que, de todos modos, por su alta jerarquía y su experiencia no podía desconocer la normativa.
u Sobres ilegales. Aunque la ex interventora de Entel dijo que recibió 622 mil pesos en negro, como plus salarial, para los jueces esa suma no está demostrada ni el período en que dice haberla cobrado (1992-1997). No hay “rastros, no hay recibos firmados, ni contabilidad que acredite ni cómo, ni cuándo, ni cuánto cobraba el funcionario”. La sentencia explica que son “trampas” que “el mismo sistema perverso e ilegal de cobro de sobreasignaciones genera”. Así y todo, agrega después, los cobros resultan “antijurídicos y en forma alguna permitirían, aun acreditado su monto, justificar el incremento patrimonial de la imputada”.
El tribunal no se quedó en el caso de Alsogaray y avanzó: “Existió una actividad sistemática e irregular por parte de funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional que tenían a su cargo la administración de fondos públicos, acciones que alcanzan la categoría de delito consistente en el pago a los funcionarios de mayor jerarquía de la administración pública, en forma absolutamente discrecional, de sobreasignaciones que no tenían respaldo legal, utilizando fondos que tenían otros objetivos”. La ley 18.302 que tantos testigos invocaron –dicen los jueces– preveía fondos sólo para seguridad y defensa. Para el tribunal está claro que los pagos en negro se hacían con dinero del Tesoro y podrían encuadrarse como administración fraudulenta o malversación de caudales. Por eso ordenan investigar a todos los posibles involucrados, una pesquisa que realizan, desde diferentes ángulos, por lo menos dos juzgados.
Algunos tramos de la resolución dejan entrever cierto tono de reproche al achicamiento que sufrió la causa: llegó a juicio oral con una acusación de 2,5 millones de pesos de aumento patrimonial que la fiscalía redujo a 1,3 millón. El texto dice que el tribunal no podía volver atrás. También rechaza el planteo de inconstitucionalidad de la figura de enriquecimiento ilícito que hizo Bisserier y el pedido de nulidad de un informe contable.
A María Julia le espera un mínimo de ocho meses de encierro antes de poder negociar la libertad condicional. Sus ex compañeros de andanzas, que ya no la deben querer nada, tendrán que prepararse para visitar más seguido los tribunales.

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