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El país|Sábado, 21 de octubre de 2006
VARIOS FALLOS JUDICIALES RECONOCEN INDEMNIZACIONES

Una reparación para el exilio

Hubo al menos veinte fallos favorables, que contrarían la posición del Gobierno. La ley está trabada en Diputados.

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El ministro de Justicia, Alberto Iribarne, rechazó las indemnizaciones.

La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal falló a favor de al menos veinte exiliados políticos que reclamaron una indemnización por el tiempo que estuvieron fuera del país a causa de haber sido perseguidos durante la última dictadura. Los magistrados dispusieron que el Ministerio de Justicia, que rechazó los pedidos, debe ahora volver a expedirse y “hacer lugar a la petición del recurrente”.

Cuatro salas de ese tribunal fallaron contra las decisiones de Alberto Iribarne. Los camaristas dictaminaron en al menos veinte casos que “corresponde hacer lugar a la petición del recurrente” y “ordenar que el expediente vuelva al Ministerio de Justicia”. Señalaron que se debe dictar “una nueva resolución en el caso, reconociendo al actor la indemnización de la Ley 24.043 (de indemnización para los presos políticos) por los períodos que acredite haber estado exiliado del país”.

El Poder Ejecutivo había elaborado un proyecto de ley de reparación económica para exiliados, pero la iniciativa, que fue aprobada en el Senado, está trabada en Diputados y perderá estado parlamentario a fin de año. Junto con el estancamiento de ese proyecto en el Congreso, el Ministerio de Justicia cambió de política y comenzó a negar los pedidos que llegaban por vía administrativa. Los exiliados apelaron esas resoluciones ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo, tribunal establecido para reclamos sobre las indemnizaciones a presos políticos y familiares de las víctimas.

Los nuevos fallos de la Cámara en lo Contencioso Administrativo van en el mismo sentido que las decisiones tomadas por la Corte Suprema de Justicia. En octubre de 2004 el máximo tribunal equiparó por primera vez, a efectos de establecer una reparación económica, el exilio “puro” –que no incluía secuestros ni arrestos a disposición del Poder Ejecutivo– con la situación de quienes estuvieron presos. Lo hizo al resolver un planteo de Susana Yofre de Vaca Narvaja, que tuvo que escaparse del país luego de que asesinaran primero a su esposo y luego a su hijo.

Al otorgar la compensación, los ministros de la Corte resaltaron que la decisión de emigrar, para Yofre de Vaca Narvaja, “lejos de ser considerada como ‘voluntaria’ o libremente adoptada, fue la única y desesperada alternativa que tuvo para salvar su vida”. Luego de esa resolución, los supremos dictaron, al menos, otros cuatro fallos en los que se señaló que correspondía indemnizar a personas que estuvieron exiliadas. El tribunal mantuvo el criterio del caso Vaca Narvaja siempre que se acreditara que había existido una persecución que habría podido terminar en el secuestro de la víctima. En base a este caso fue que el Gobierno redactó el proyecto de ley al que ahora le quitó apoyo. Como la iniciativa no se sancionó, cada caso debe ser examinado por la Justicia.

El 20 de junio pasado la Corte ratificó que las personas que tuvieron que exiliarse durante la última dictadura pueden recibir una indemnización equiparable a aquellos que fueron detenidos. Lo hizo al anular un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que había negado el beneficio a Héctor Ramón Dragoevich, que viajó a España el 27 de diciembre de 1976 junto a su esposa y su hijo para escapar de la represión del terrorismo de Estado. Ahora, la Cámara adecuó sus decisiones a las resoluciones de la Corte.

La Comisión de Exiliados Políticos (Coepra) entregó hace diez días una carta al presidente Néstor Kirchner en la que le informaron que una abogada de esa agrupación fue amenazada a través de mensajes de texto en su celular. Pero además, señalan que se presentaron aproximadamente 500 pronto despachos basados en las decisiones de la Corte. Iribarne sólo admitió uno porque consideró que era un caso igual al de Yofre de Vaca Narvaja. El resto fue recurrido ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo que, por lo menos en veinte expedientes, ya falló a favor de los exiliados.

La comisión aseguró que “si el ministro de Justicia apela esas resoluciones judiciales, lo único que se estaría logrando es un encarecimiento del cuarenta por ciento en el monto total para el Estado”.

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