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El país|Miércoles, 4 de abril de 2007
PIDEN LA IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA DE PROTECCION DE TESTIGOS

Entre demoras y trabas burocráticas

Por Miguel Jorquera
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El juez federal Arnaldo Corazza.

El juez federal de La Plata Arnaldo Corazza pidió al Ministerio de Justicia de la Nación la utilización “urgente” del programa de protección de testigos para las personas que deban declarar en causas que investiguen delitos de lesa humanidad, hasta ahora sólo previsto para los casos de secuestros extorsivos. El magistrado relató en un escrito las dificultades burocráticas con que se topó la Unidad Fiscal Especial para brindar protección a dos testigos en causas que involucran a represores ligados a la Policía Bonaerense. Después de la desaparición de Jorge Julio López, se incrementaron los pedidos de protección, pero los testigos han preferido el sistema de monitoreo a través de pulseras electrónicas (que se destina a delincuentes con prisión domiciliaria) y de teléfonos celulares, antes que la vigilancia de la propia bonaerense. La Cámara de Diputados aprobó el año pasado la incorporación al sistema de protección a los denunciantes y testigos en causas por violaciones a los derechos humanos, pero el Senado aún no lo trató.

La solicitud del magistrado hizo lugar al pedido del fiscal federal Sergio Franco, que reclamó la aplicación del programa nacional previsto en la ley 25.764 para incluir “medidas de seguridad para los testigos y sus familiares” en causas por delitos de lesa humanidad y la “combinación” con los programas provinciales. “La desaparición de Jorge Julio López –que investiga Corazza– ha concitado una considerable demanda de distintos testigos solicitando protección, ya sea por el hecho mismo de ser testigos o en función de haber recibido algún tipo de amenaza o intimidación”, dice el escrito dirigido al Ministerio de Justicia.

Allí, Corazza también describió las dificultades que atravesó el ministerio público para dar protección a dos testigos –identificados con las siglas WD y AGS–, en causas donde se investiga la participación de ex altos mandos de la bonaerense en violaciones a los derechos humanos. En el primero de los casos, la policía provincial derivó la tarea a la Federal, porque el Ministerio de Seguridad bonaerense argumentó que los programas provinciales no contemplan “custodias domiciliarias”. En el segundo, se pidió directamente la custodia a la Federal, pero el Ministerio de Interior manifestó que “el requerimiento excede de las competencias específicas asignadas” a esa fuerza de seguridad.

En su argumentación, el juez afirmó que los hechos que se investigan se dieron en un contexto de “prácticas sistemáticas y generalizadas de desaparición y exterminio implementadas respecto de las personas ilegítimamente privadas de libertad, la que es comprensiva sin dudas del plan de desaparición y ocultamiento de pruebas para facilitar la impunidad”. Por eso señaló que en “el deber de investigar este tipo de delitos se encuentra ínsita la obligación de proteger de manera adecuada a los testigos”.

Corazza sugirió la aceptación de mecanismos que agilicen las solicitudes judiciales con ejemplos tan simples como la “posibilidad de adelantar el trámite vía fax u otro medio de comunicación que se estime adecuado” para una “más rápida y expedita tramitación” de los pedidos de protección. La mención a la ley 25.764 de protección de testigos, es porque la misma prevé la protección en casos de “secuestros” y “privación ilegal de la libertad”, cuestiones que para los miembros de la Justicia federal platense “comprenden claramente los casos solicitados”.

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