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Sociedad|Viernes, 6 de junio de 2008
UN JUEZ NEGO LA LIBERTAD CONDICIONAL DEL ASESINO MAS FAMOSO

Robledo Puch no es Barreda

La Justicia rechazó ayer el pedido de libertad condicional reclamado por Carlos Eduardo Robledo Puch, uno de los mayores criminales de la historia argentina, condenado a reclusión perpetua en 1982. La medida del juez Duilio Alberto Cámpora (de la Sala 1 de la Cámara Penal de Apelaciones y Garantías de San Isidro) argumenta que el comportamiento de Robledo (El verdugo de los serenos, por ultimarlos mientras dormían) “no puede ser definido como bueno”. Dos antecedentes pesaron en la resolución. En 1973 se fugó de la Unidad 9 de La Plata tras ser condenado. Lo halló cuatro días después en una galería en Vicente López, cerca de su casa, Roberto Pettinato, padre del conductor y músico, entonces director del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB). En 2001, en el penal de Sierra Chica, se disfrazó con una capa y antiparras en medio del taller de carpintería y dijo sentirse Batman e incendió el lugar con un soplete.

Este famoso asesino en menos de un año (entre 1971 y 1972) mató al menos a 11 personas y se sospecha que aniquiló por lo menos a tres más. Entre ellos, su compañero de “andanzas” Héctor Somoza. Además de los 11 homicidios, fue condenado por 17 robos, una violación, una tentativa de violación, un abuso deshonesto, dos raptos y dos hurtos. “A los 20 años no se puede andar sin coche y sin plata”, solía decir Puch.

Los medios lo habían bautizado “Bestia humana”, “Fiera humana”, “Muñeco maldito”, “El verdugo de los serenos”, “El Unisex”, “El gato rojo”, “El tuerca maldito”, “Carita de Angel” y “El Chacal”. Y el diario Crónica, además, sugirió que Robledo Puch es “homosexual”, por lo que “sumaría a sus tareas criminales otra no menos deleznable”, escribió entonces el redactor de policiales.

En la resolución, el magistrado repasó que la prisión perpetua “no tiene una fecha de agotamiento propia en la legislación de fondo, sino que se lo establece en función de la libertad condicional que requiere como plazo 25 años de cumplimiento”. Si bien El Gato Rojo cuenta con ese requisito, ya que lleva en prisión 36 años, el juez le denegó la libertad condicional por considerar que no cumple con otros requisitos. Al respecto, según Cámpora, los informes sobre Carita de Angel revelan “una nula capacitación educacional”. “Ello se advierte del desinterés que puede evidenciarse en la circunstancia de no haber continuado con ninguna actividad escolar o educativa (...) pudiendo hacerlo, ya que tiene estudios secundarios incompletos.”

En otro párrafo, el juez argumentó que El Chacal “tampoco desarrolló oficio alguno, pues admitió que nunca trabajó antes de su detención, habiéndose dedicado a robar, habiendo limitado su prestación en la unidad carcelaria a las tareas de mayor sencillez, como las de mantenimiento en el sector intramuros, labores que no son demostrativas de una aptitud para el trabajo”. Finalmente, remarcó “la falta de vínculos afectivos extracarcelarios que puedan operar como referentes que impliquen una contención en miras a un futuro regreso a la vida cotidiana”.

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