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Sociedad|Martes, 2 de diciembre de 2008
El Senado dio media sanción a un proyecto integral contra la violencia de género

Más cerca de una ley postergada

La norma busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, no sólo en el ámbito doméstico, sino también en el trabajo, las oficinas públicas, la salud y los medios de comunicación. La ley fija responsabilidades para el Estado.

Por Mariana Carbajal
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Entre otros aspectos novedosos, el proyecto crea un Observatorio de la Violencia contra las Mujeres.

El Senado dio media sanción, por unanimidad, a un ambicioso proyecto de ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que define los lineamientos generales de un plan de acción nacional, con responsabilidades claras en los distintos ministerios y en los tres poderes del Estado para enfrentar este flagelo, tan extendido y silenciado en la sociedad. Tiene 45 artículos y prevé asignaciones presupuestarias para su implementación. El proyecto debe ser tratado ahora en la Cámara de Diputados, donde la kirchnerista Juliana Di Tulio adelantó a Página/12 que “hay voluntad política de darle prioridad”. De sancionarse, “Argentina estaría saldando una gran asignatura pendiente”, destacó ayer la tucumana Ana Falú, directora regional del Fondo de Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer (Unifem) para el Cono Sur (ver aparte).

El texto es el resultado del consenso entre once iniciativas de legisladoras y legisladores de distintos bloques y recoge recomendaciones de convenciones internacionales sobre la problemática y de expertas consultadas en el país, entre ellas la abogada rosarina Susana Chiarotti, representante argentina ante el Comité de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Eliminar la Violencia contra las Mujeres, conocida como Convención de Belem Do Pará.

El tema estaba pendiente de debate desde hace cuatro años, destacó la senadora mendocina Marita Perceval, autora de una de las iniciativas. El proyecto llegó al recinto tras pasar por seis comisiones y se aprobó con el voto de 51 senadores en la última sesión, el martes pasado, al día siguiente del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. Define la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.

El proyecto contempla la violencia de género en sus diversas formas (física, sexual, simbólica, económica y patrimonial y psicológica). Y no sólo cuando ocurre en el ámbito doméstico: también en los organismos públicos, en el ámbito laboral, y también en los servicios de obstetricia, a través de un trato deshumanizado o un abuso de medicalización en el marco de un parto. También abarca la violencia mediática (referida a la difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promuevan la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres) y la violencia que atente contra la libertad reproductiva, es decir, que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos con la libertad.

La senadora pampeana Silvia Gallego, del Frente para la Victoria y presidenta de la Comisión de Población y Desarrollo Humano, fue la encargada de informar sobre los alcances del proyecto en la sesión. “Propone un artículo con principios rectores que colocan en el logro de la igualdad y la no discriminación la forma de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Remarca la necesidad de invertir recursos desde el Estado, con la garantía de una atención integral y oportuna de quienes padecen y a quienes la ejercen”, puntualizó.

Con excepción de las disposiciones de carácter procesal, dispuestas en uno de sus capítulos –-un aspecto que corresponde a cada provincia–, la norma será de aplicación obligatoria en todo el país, de modo de fijar un piso de políticas públicas para abordar el problema de la violencia de género.

Entre otros aspectos novedosos, crea un Observatorio de la Violencia contra las Mujeres, destinado al monitoreo, recolección, registro y sistematización de los casos. La falta de datos certeros sobre el alcance de esta problemática es uno de los puntos que cuestionó recientemente el Informe Hemisférico del Comité de Expertas que evalúan el cumplimiento de la Convención de Belém do Pará.

Para evitar que las denuncias de mujeres golpeadas sean cajoneadas en las comisarías, el proyecto establece la obligación de que sean remitidas dentro de las 24 horas a la autoridad judicial que corresponda. También prevé la figura de la “asistente protectora”, que en la práctica es la de un acompañante que ayuda a la mujer en la presentación judicial y en el reclamo de ayuda, explicó Gallego. Otro punto interesante es que determina que bajo ningún punto de vista se podrá aceptar los mecanismos de mediación y conciliación, dado que no se recomiendan en relaciones de desigualdad como las signadas por la violencia de género. Además, prevé que las mujeres puedan reclamar a través de un juicio civil un resarcimiento económico por el daño sufrido como consecuencia de la violencia.

“Esta es una materia pendiente; es una deuda del Estado argentino. Sería muy bueno que se hiciera una campaña para que los estados provinciales adhieran a esta ley”, consideró el senador radical Gerardo Morales el día de la votación. También defendieron el proyecto el socialista Rubén Gustiniani y María Eugenia Estenssoro, de la Coalición Cívica. La violencia de género, dijo Estenssoro, es “parte de una cultura patriarcal” arraigada “en las sociedades de todo el mundo”, que hace que “el lugar más peligroso para muchas mujeres no sea la calle sino la habitación conyugal”.

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