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Sociedad|Martes, 19 de mayo de 2009
La Justicia realizó los estudios de ADN en el caso del violador de Mendoza

Las pruebas genéticas del incesto

Los estudios probarían la paternidad del hombre que violó a su hija durante más de 20 años sobre sus siete hijos-nietos. Los resultados se conocerán en 20 o 30 días. En 14 años hubo diez denuncias de abuso contra el acusado, que no prosperaron.

Por Soledad Vallejos
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Los estudios de ADN “no van a ser determinantes para decidir la suerte del imputado”, dijo el fiscal.

Vencidos los plazos para que el acusado designara un perito de parte (no lo hizo), los peritos del Cuerpo Médico Forense de Mendoza acataron la orden de la Justicia y dieron los primeros pasos de la investigación genética acerca de las líneas de filiación y parentesco de la familia L. Ayer se tomaron muestras biológicas a “todos los involucrados” en la causa que se sustenta desde el viernes en que C., la mendocina de 35 años, denunció penalmente a su padre Armando L. por haberla violado a lo largo de más de veinte años y haberla convertido, así, en madre de siete niños. Al mediodía, el fiscal Marcelo Gutiérrez del Barrio confirmó que las muestras de Armando L., su hija y los hijos-nietos fueron remitidas a la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Cuyo.

Los resultados se conocerán “entre los próximos 20 o 30 días”, señaló Gutiérrez, quien reparó en la complejidad que los detalles de la acusación y la historia familiar pueden plantear para ponderar la acusación: que el examen genético demuestre que Armando L. es el padre de los hijos de su hija C., “no va a ser determinante para decidir la suerte del imputado”. En tanto, Página/12 tuvo acceso a las causas judiciales que en años anteriores habían puesto bajo sospecha a la familia L.: en total son diez, en catorce años, y fueron iniciadas por denuncias anónimas; muchas no prosperaron porque C. se negaba a ratificar o negar que su propio padre fuese, a la vez, el padre de sus hijos (ver aparte).

Ayer, el día en que Armando L. cumplió diez días de detención, el fiscal respondió algunas preguntas de la prensa. Señaló que en la causa se avanza “permanentemente”, aun cuando no pueda “adelantar ningún tipo de valoración acerca de los testimonios recogidos hasta el momento”, es decir, los de la oficial de Justicia N. O. (madre de la denunciante y mujer del acusado), los de C. y los de cuatro de los hijos-nietos.

Gutiérrez tuvo discreción para señalar cuál podría ser la punta del ovillo en lo mediato: el resultado del análisis genético “no va ser determinante para decidir la suerte del imputado, sino que va a corroborar si efectivamente es el padre de los niños”. El cargo de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en una cantidad indeterminada de veces, que es por lo cual Armando L. está imputado, no queda demostrado necesariamente con la ratificación genética de su paternidad sobre los hijos de C. En el caso del menor de los niños, de 2 años, ni siquiera constituiría delito en sí mismo: C., de 35 años, era adulta al momento de quedar embarazada, el incesto no es punible; en el caso del hijo-nieto de 19 años, podría presumirse prescripta la acción. La clave residiría probablemente en el propio discurso de C. y la ratificación que pueda hacer de haber sido violentada sexualmente por su padre.

“Es un delito de instancia privada. Si no cuento con la denuncia de la víctima no puedo proceder”, contestó Gutiérrez, preguntado por la veracidad de un informe según el cual, en 2003, una jueza de Familia llegó a requerir exámenes genéticos sobre Armando L. y los presuntos hijos-nietos. En su momento, esa causa fue archivada. Eduardo Martearena, quien entonces era titular del séptimo Juzgado de Instrucción, donde se tramitó la denuncia, recordó cómo cayó aquella demanda en el olvido: C. se negó a declarar sobre el padre de los chicos.

“Es una persona mayor, es una cuestión que le atañe a ella, corresponde al ámbito de su intimidad, no tiene ganas de denunciar y yo no la puedo obligar a que denuncie”, explicó el actual fiscal especial de la provincia: en un caso como éste, “la víctima tiene que instar la acción penal porque éste es un delito que impide que el juez investigue de oficio. Si no remuevo ese obstáculo procesal, no puedo investigar”.

En este caso, la mujer por fin hizo la denuncia, lo que derivó en la detención de su padre, pero aún debe ratificarla. En Argentina, la violación sólo puede ser denunciada por la víctima.

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