Imprimir|Regresar a la nota
Sociedad|Miércoles, 21 de abril de 2010
La Corte Suprema sobreseyó a una “mula” que fue al hospital porque su vida corría peligro

“Inhumano dilema: la muerte o la cárcel”

Un hombre que llevaba droga en su estómago tuvo que ir al hospital porque temía morir. Los médicos lo denunciaron y fue condenado por narcotráfico. Ahora, el máximo tribunal anuló ese fallo porque priorizó el derecho a la vida. El debate médico-jurídico.

Por Emilio Ruchansky
/fotos/20100421/notas/na21fo02.jpg
Para los jueces supremos, hubo una violación del secreto médico y de la privacidad del acusado.

El 20 de octubre de 2002, a las 10.30, un joven ingresó desesperado al Hospital San Bernardo de la ciudad de Salta. Había tragado 26 cápsulas de cocaína y sentía un fuerte dolor en el estómago; temía que alguna de esas cápsulas se hubiera roto, lo que le dejaría tan solo dos horas de vida. Fue operado de urgencia, al tiempo que uno de los médicos dio aviso a la policía. El joven fue acusado de tráfico y distribución de estupefacientes y sentenciado a cuatro años de cárcel. Sin embargo, ayer un fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló esa condena, al señalar que hubo una violación del secreto médico y de la privacidad del joven. Los jueces compararon este caso con el de Natividad Frías, quien fue denunciada luego de concurrir a un hospital tras un intento de aborto y finalmente fue absuelta. La Corte consideró “inmoral” someter a una persona al “inhumano dilema: la muerte o la cárcel”.

El fallo coincide con un dictamen favorable del procurador general de la Nación, Esteban Righi, que destacó el conflicto existente entre “el derecho a la intimidad de la persona que busca el auxilio de un médico, y por otro lado el interés legítimo del Estado en la represión del delito”. Righi desestimó este último punto, al igual que los jueces, afirmando que la droga finalmente no fue traficada ni comercializada. Además, el procurador descartó la obligación de los médicos de denunciar el hecho, sean de un hospital público o de un lugar privado porque, según el inciso 2 del artículo 177 del Código Procesal Penal, para hacerlo debe tratarse de delitos contra la vida y la integridad física. “En todo caso, afectan a la salud pública”, aclaró Righi.

En su voto, la jueza Carmen Argibay señaló que los médicos, además de no estar obligados a notificar a la policía, tenían prohibido hacerlo. El argumento de la jueza reside en que el artículo 11 de la Ley del Ejercicio de la Medicina sólo exceptúa violar el secreto médico cuando “se trate de evitar un mal mayor”. Por su parte, el procurador destacó que la confidencialidad permite “maximizar la frecuencia de la recurrencia de los pacientes al tratamiento médico, que se vería disminuida, por el contrario, si no fuera esperable que los datos íntimos serán mantenidos con carácter privado. Por lo tanto, se promueve la salud pública”.

La cuestión de fondo de este caso, según confiaron fuentes de la Corte Suprema, es establecer los límites de la persecución penal. En este sentido, los jueces subrayaron que el principio republicano de gobierno impide que “el Estado persiga delitos valiéndose de medios inmorales, como sería aprovecharse del inminente peligro de muerte que pesa sobre el procesado que acude a la atención médica, mediante la imposición de un deber al médico que lo convierta en un agente de persecución penal del Estado”. Sin embargo, los médicos, por lo que pudo averiguar este diario, reclaman reglas de juego más claras.

“Yo no soy partidario de denunciar estos casos, pero cuando aparecen en la guardia si un solo médico quiere denunciarlo tenemos que hacerlo”, reconoció un médico con vasta experiencia en el tema, quien aseguró que el ciento por ciento de las veces se denuncian a las “mulas”, o personas que trafican pequeñas cantidades de drogas en su cuerpo. “El razonamiento de los médicos es que no quieren hacerse cargo del problema, que para eso está el juez. Porque si esa persona es detenida después y dice que la atendieron en el hospital, muchos médicos creen que automáticamente se transforman en cómplices. No es un asunto fácil para nosotros”, reflexionó la fuente, que entiende que son los jueces quienes deben decidir, si existe un delito en estos casos.

Del otro lado del mostrador, el juez Martín Vázquez Acuña apuntó que muchas veces los médicos judicializan a las mulas innecesariamente. “Los médicos tienen que regirse por el principio de confidencialidad y privacidad y tomar conciencia de que el paciente se entrega en cuerpo y alma. Por eso, aunque sea un delincuente, sigue siendo un paciente y no debe publicitarse lo que se conoce en virtud de esa relación. El médico tiene que salvarle la vida y no evitar que concurra al hospital”, afirmó el juez, que actualmente da cursos de ética y derechos humanos al personal sanitario de las cárceles federales.

¿Y qué pasa con la droga que se les extrae a las mulas? “Si la persona pide que se la devuelvan y uno no hace la denuncia... ¿no tendría que dársela?”, respondió la fuente médica consultada por Página/12, medio en broma, medio en serio. Vázquez Acuña indicó que los médicos deberían ponerla a disposición del fiscal o juez de turno sin denunciar su procedencia: “Los ampara el secreto médico”.

Consultado sobre el fenómeno del microtráfico de estupefacientes, Alberto Calabrese, sociólogo e integrante de la Comisión Nacional de Políticas Públicas de Drogas, aclaró que se trata de personas de bajos recursos que “arriesgan su vida para alimentar a sus familias y muchas veces son personas semianalfabetas”. En su opinión, los médicos que denuncian estos casos muchas veces actúan desde “el deber-ser, como si ellos fueran las personas indicadas para decidir a quién hay que excluir de la sociedad, cuando en verdad no saben distinguir a un gran dealer de una víctima más de las redes del narcotráfico”.

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.