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Sociedad|Martes, 17 de agosto de 2010
Polémica por el proyecto para penalizar al cliente de la prostitución

De la trata de personas al trabajo sexual

Las trabajadoras sexuales dicen que penalizar al cliente criminaliza su actividad. Para la autora del proyecto, la prioridad es “restituir derechos”.

Por Pedro Lipcovich
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La Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (Ammar) abrió el debate sobre un proyecto de ley que castigaría con prisión “al que entregare dinero por el uso sexual de una persona”. La entidad gremial –afiliada a la CTA– sostiene que “la penalización de clientes criminaliza indirectamente el trabajo sexual mediante la criminalización de una de sus partes necesarias”. Como el proyecto se basa parcialmente en una ley sueca, Ammar presentó un trabajo de legislación comparada, según el cual “la persecución del cliente sólo logra el ocultamiento del trabajo sexual” y “genera el crecimiento de redes mafiosas, amparadas por la dudosa ética de las fuerzas de seguridad”; en esas condiciones, “las trabajadoras sexuales están expuestas a más violencia”. Al mismo tiempo, Ammar reclamó “una real reinserción social y laboral de las víctimas de trata”. Por su parte, el titular de la Dirección de Sida del Ministerio de Salud de la Nación –en sintonía con criterios internacionales de prevención del VIH– manifestó “preocupación”, ya que “este tipo de medidas punitivas dificulta la prevención, ya que la población implicada tiende a esconderse”. La diputada nacional Marcela Rodríguez (Coalición Cívica), autora del proyecto, destacó que su propuesta “incluye el acceso de estas mujeres a sus derechos, de modo que no tengan que caer en situación de prostitución”.

Según el proyecto de ley presentado por la diputada Rodríguez, “será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que entregare una suma de dinero por el uso sexual de una persona víctima de trata o cuando mediare abuso de poder o situación de vulnerabilidad basada en su edad, sexo, género, orientación sexual, color, etnia, nacionalidad, estado civil, condición de salud, posición económica o condición social”. El proyecto también crea el Programa Nacional de Atención a Personas Explotadas Sexualmente, cuyos objetivos incluyen “implementar políticas tendientes a la revinculación social y laboral de las personas explotadas sexualmente”.

El documento de Ammar –entidad que nuclea a más de 4000 trabajadoras sexuales– recuerda que “en 2005 se dictó el decreto 1086, que reconoce las tareas de quienes conforman Ammar como un trabajo y establece la necesidad de una ley que ampare a las trabajadoras sexuales, reconociendo su derecho a jubilación y seguridad social. Es necesario reafirmar este camino, no abandonarlo”. Sostiene que “la penalización de clientes implica un cercenamiento del derecho de trabajadores/as sexuales, al criminalizar indirectamente el trabajo sexual mediante la criminalización de una de sus partes necesarias. Esto atenta contra nuestro trabajo, actividad lícita que pertenece al conjunto de acciones privadas cuyo ejercicio garantiza la Constitución nacional”. Según la presentación de Ammar, este tipo de legislación “sólo generó el crecimiento de redes mafiosas, las únicas con los contactos y el dinero necesarios para evadir estos procedimientos, amparadas por la dudosa ética de las fuerzas de seguridad”.

El documento de Ammar puntualiza que “la persecución del cliente supuestamente procura eliminar el trabajo sexual pero sólo logra su ocultamiento: el trabajar marginalmente lleva a los/as trabajadores/as sexuales a recurrir a redes mafiosas que les ‘dan protección’, dificultándose cada vez más su acceso al sistema de salud”.

Ammar, en cambio, propone que “se endurezcan las penas previstas para la trata de personas, tomándose como agravante el ser funcionario público”, y cuente con presupuesto para una real inserción social y laboral de los rescatados de la trata”; “no se criminalice a las/los trabajadores/as, respetándose nuestro derecho al ejercicio de actividad lícita”.

El documento de Ammar incluye una reseña de investigaciones internacionales a partir de la ley que en Suecia, desde 1998, castiga la “compra de servicios sexuales” con multa o cárcel por hasta seis meses y niega toda distinción entre prostitución forzada o voluntaria”. A partir de la ley –según un documento del Comité Internacional sobre los Derechos de las Trabajadoras Sexuales (Icrse)–, “muchas mujeres dejaron las calles y pasaron a trabajar en prostíbulos ilegales, lo cual las hizo más dependientes de proxenetas”; “la policía utilizó videocámaras para acosar a clientes y obtener evidencia: muchas mujeres sentían que la forma como la ley era usada por la policía violaba su integridad”. Además, “muchos clientes se volcaron a lugares clandestinos, para no ser atrapados, y los que siguen demandando prostitución callejera son aquellos a quienes no les importa ser detenidos porque ya tienen antecedentes criminales. Por eso esas trabajadoras sexuales están expuestas ahora a más violencia”. El documento señala que “las trabajadoras sexuales fueron excluidas del debate y no fueron consultadas durante la preparación de la ley”. Según el Icrse, “la perspectiva sueca no parece muy preocupada por las trabajadoras sexuales como seres humanos, sino más bien por la idea de abolir la prostitución”.

En cuanto a la dimensión de la salud pública, Ammar –que este año fue premiada por Naciones Unidas por su tarea en prevención del VIH/sida– advierte que una ley de este orden “generaría un peligroso retroceso en la prevención de enfermedades y particularmente en la disminución en la prevalencia en VIH/sida”. La Red Jurídica Canadiense sobre VIH/sida, en su documento “Nueva Zelanda y Suecia: dos modelos de reforma”, señala que “es imposible decir si la ley sueca condujo a una reducción de la prostitución, por la falta de confiabilidad de los datos” y advierte que en ese país “más clientes están dispuestos a pagar por sexo sin protección”, que “las trabajadoras sexuales comunican que aumentó el riesgo de padecer violencia” y que “estos efectos afectan más a las mujeres más vulnerables”. La entidad rescata, en cambio, la ley neocelandesa, de 2003, como “respetuosa de la autonomía, la dignidad y los derechos humanos de las trabajadoras sexuales”; por ejemplo, “en 2005, un cliente fue condenado por un tribunal por haberse quitado el preservativo sin conocimiento de la trabajadora sexual”.

La prestigiosa revista médica The Lancet advirtió, en marzo de 2008, contra un proyecto similar al sueco en la India. Según una investigación de la ONG Lawyers Collective –apoyada por Onusida y el Organismo Nacional de Control del Sida de la India (NACO)–, “la ley, al criminalizar a los clientes, crearía fuertes obstáculos a la prevención del VIH. Por miedo al arresto, toda la actividad se hará clandestina, lo cual hará que las cosas sean mucho más difíciles. Las modificaciones legales propuestas desestiman la salud pública y las dimensiones del VIH; ignoran las perspectivas y la voz de las trabajadoras sexuales y desprecian la más significativa lección de la prevención exitosa del VIH: las trabajadoras sexuales deben ser parte de la solución”.

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