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Sociedad|Miércoles, 3 de octubre de 2012
El jury en La Pampa por el avenimiento

Un juicio emblemático

Por Mariana Carbajal

En la Legislatura pampeana comenzó ayer un juicio político emblemático: el primer jury contra un magistrado por el contenido de una sentencia que tiene que ver con cuestiones de género. El acusado es el juez Carlos Flores, del Tribunal de Impugnación Penal de la provincia. Se le imputa mal desempeño de sus funciones por haber autorizado el avenimiento que permitió que un joven acusado de violar a su ex pareja, la adolescente Carla Figueroa, recuperara la libertad en diciembre de 2011, para casarse con ella, y a la semana la asesinara en General Pico.

No fue la única sentencia que firmó Flores que derivó en un femicidio. En 1996 dictó el sobreseimiento definitivo a favor de José Báez, un hombre denunciado por su ex esposa por amenazas de muerte. Flores consideró que los dichos de la mujer no resultaban suficientes para acreditar el hecho, según surge de la sentencia a la que accedió Página/12. Es decir, no le creyó. Ni ponderó la gravedad del episodio. Nilda Graciela Báez, la denunciante, fue asesinada por su ex esposo en diciembre de ese mismo año. El femicida se suicidó inmediatamente.

Ayer, en la primera audiencia del juicio político, se leyó la acusación y la defensa de Flores. A continuación se reprodujo la audiencia que mantuvo Flores y el otro integrante del TIP, Pablo Balaguer –el único juez de ese tribunal que votó en contra de otorgar el avenimiento con Carla–. Se pasó a otro cuarto intermedio hasta las 15. Y por la tarde declararon como testigos, a pedido de la acusación, los tres magistrados de la Audiencia de Juicio (Cámara) de General Pico, Carlos Pellegrino, Florentino Rubio y Alfredo Alonso, que rechazaron con argumentos contundentes el pedido de perdón al violador en fallo del 4 de octubre de 2011, al considerar que Carla no era “libre” para solicitar ese beneficio –como exigía el Código Penal entre los requisitos que fijaba para concederlo– y, en cambio, estaba siendo manipulada por la defensa de su agresor para que pudiera salir de la cárcel.

También expuso, a pedido de la defensa, otro juez del TIP, Rebechi Filinto, que dio un avenimiento antes que el de Carla y Tomaselli. En la jornada de hoy están citados el abogado de Tomaselli, Armando Agüero, y la ex jueza de paz de General Pico, Marta Covella, que casó a Carla y a su violador, pero se negó a celebrar matrimonios igualitarios luego de sancionada la ley.

La defensa de Flores sostiene que el fallo se ajustaba a derecho porque la polémica figura del avenimiento estaba vigente en el Código Penal –fue derogada este año como consecuencia del femicidio de Carla– y además, en la audiencia que la adolescente mantuvo ante el tribunal, ella dijo que quería vivir con su hijo y el padre del niño, es decir, Tomaselli. También adujo que la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que prohíbe en sus artículos 9 inciso e) y 28, cualquier forma de mediación, negociación o conciliación entre agresor y agredida, no es de aplicación en causas penales, sino civiles.

Carla tenía 18 años cuando fue asesinada de once puñaladas por Marcelo Tomaselli el 10 de diciembre de 2011. A los 15 años había tenido un hijo con él. Cuando denunció la violación, hacía dos semanas que ella había cortado la relación. En ese hecho, él la amenazó de muerte en dos oportunidades, según consta en su denuncia.

La acusación contra Flores está a cargo del procurador general de La Pampa, Mario Bongiornino. “Quiero manifestar mi total apoyo a la tarea del procurador Bongiornino, y expresar enfáticamente que la destitución del juez Carlos Flores es la única decisión esperable por parte del Tribunal Enjuiciante”, opinó la abogada Perla Prigoshin, titular de la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género, creada en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. “De ser así, se estaría sancionando por primera vez a un funcionario judicial que incurre en violencia institucional en contra de una mujer, en los términos de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.”

Originalmente el pedido de juicio político alcanzaba al otro juez del TIP que firmó la sentencia que avaló el avenimiento, Gustavo Adolfo Jensen. Pero Jensen pidió el retiro anticipado del Poder Judicial y el gobernador Oscar Mario Jorge aceptó.

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