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Sociedad|Viernes, 28 de diciembre de 2012
Fue promulgada la ley que modificó la norma contra la trata

La reforma está en marcha

La nueva ley, sancionada en sesiones extraordinarias después del fallo polémico en el juicio de Marita Verón, fue publicada ayer en el Boletín Oficial. Deberá ser reglamentada en tres meses. Fija penas más graves para los delincuentes y otorga más derechos a las víctimas.

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La nueva ley profundiza los mecanismos contra la trata de personas con fines sexuales o laborales.

El gobierno nacional promulgó y publicó ayer en el Boletín Oficial la ley que modificó la norma anterior sobre trata de personas, que incorpora penas más graves para los delincuentes y más derechos para las víctimas, y fijó un plazo máximo de tres meses para su reglamentación.

La ley 26.842 reformuló la anterior 26.364 con el objetivo de profundizar los mecanismos contra la trata de personas y fue sancionada el 19 de diciembre, tras conocerse el fallo que dejó en libertad a los trece imputados por el secuestro de Marita Verón, la joven tucumana que desapareció hace diez años y cuya madre, Susana Trimarco, se convirtió en un emblema de la lucha contra este delito.

A partir de esta iniciativa se crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, que funcionará dentro del ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Su fin será “constituir un ámbito permanente de acción y coordinación institucional para el seguimiento de todos los temas vinculados con esta ley”, dice el texto de la norma.

A su vez, se constituirá también en la Jefatura de Gabinete el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. El objetivo es, entre otros, diseñar “estándares de actuación, protocolos y circuitos de intervención que contribuyan a prevenir y combatir” los delitos de trata y explotación. Trabajará además en “desarrollar acciones eficaces orientadas a aumentar la capacidad de detección, persecución y desarticulación de las redes de trata y explotación”, y “asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías”.

Asimismo, se crea en el ámbito del Ministerio Público Fiscal el Sistema Sincronizado de Denuncias sobre los Delitos de Trata y Explotación de Personas.

Estas acciones se proyectan sobre una realidad argentina que registra en 2012, hasta octubre, 690 víctimas rescatadas de redes de explotación sexual, y otras 432 de redes de explotación laboral, según el registro del Programa Nacional de Rescate a Personas Damnificadas por el Delito de Trata, que se creó en 2008.

Desde hace cuatro años hasta hace dos meses se rescataron 3875 personas, tanto de explotación sexual como laboral, de las cuales casi la mitad, 1889, fueron liberadas de redes de explotación sexual, en tanto los detenidos en ese lapso ascienden a 1396.

“Nosotros estamos abocados al rescate de las víctimas, pero sobre detenciones, el Ministerio de Seguridad nos acercó el dato de total de detenidos desde la sanción de la ley (anterior) de 1396, y de ese total 372 son del período enero-octubre 2012”, precisó Cristian Encinas, del equipo jurídico del organismo.

En tanto, la nueva ley sustituye el artículo 125 bis del Código Penal y dice que quienes promuevan o facilitan la prostitución de una persona serán penados “con prisión de cuatro a seis años de prisión, aunque mediare el consentimiento de la víctima”.

El tema del consentimiento es uno de los cambios fundamentales de la nueva norma, ya que muchas veces no se podía llegar a una condena porque la víctima aseguraba, en ocasiones bajo amenaza, que había consentido la relación de explotación sexual. La pena será de 5 a 10 años de prisión para quienes sometan a una persona a explotación sexual y aumenta de 10 a 15 años si la víctima es menor de 18 años.

La modificación alcanza asimismo al artículo 140 del Código Penal, por la que quedó establecido que “serán reprimidos con reclusión o prisión de cuatro a quince años el que redujere a una persona a esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad, y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella”. También establece que será reprimido con prisión de cuatro a ocho años el responsable de la explotación de personas “aunque mediare el consentimiento de la víctima”.

La ley 26.842 fue sancionada por la Cámara de Diputados luego de que el proyecto fuera incluido para su tratamiento en el marco de la convocatoria a sesiones extraordinarias impulsada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

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