Imprimir|Regresar a la nota
Sociedad|Sábado, 12 de enero de 2013
LE NIEGAN LA PRISION DOMICILIARIA A LA MADRE DE UN BEBE

Lo criarás en prisión

La Cámara de Casación rechazó, en fallo dividido, el pedido de una ex funcionaria condenada por el caso Cromañón. Sostienen que el bebé, que crece en la cárcel, “no está en situación de desamparo”.

/fotos/20130112/notas/na17fo01.jpg
Ana María Fernández, en el juicio por la tragedia de Cromañón.

La ex funcionaria porteña Ana María Fernández, quien fue condenada a tres años y medio de prisión por la tragedia de Cromañón, continuará detenida en el pabellón de mujeres con hijos de la cárcel de Ezeiza, luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara su pedido para cumplir el arresto en su casa, de modo de poder amamantar a su bebé. La decisión fue adoptada por dos votos contra uno por la sala de feria del máximo tribunal penal del país que, así, ratificó lo dispuesto en diciembre pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24, a cargo de la causa por la tragedia que provocó 194 muertos.

Para el voto de la mayoría, el bebé “no se encuentra en situación de desamparo ni de inseguridad material o moral”. Para el voto en disidencia, en cambio, el ámbito penitenciario no es un espacio ideal para la crianza del niño, no sólo porque el estado anímico de su madre “puede ser transmitido al menor dada la mimetización” con ella, sino también por las débiles condiciones de higiene. En sus fundamentos, la camarista Angela Ledesma se sirvió de un informe de la Procuración Penitenciaria que relevó que en la Unidad hay “cucarachas”, casi no entra luz del sol y no hay guardia pediátrica. Además, observó, “el arresto domiciliario es una modalidad de cumplimiento de pena y no un sinónimo de impunidad”.

Los camaristas Liliana Catucci y Eduardo Riggi ratificaron lo resuelto por el TOC 24 y afirmaron que la decisión de no habilitar a Fernández el beneficio del arresto domiciliario “no se advierte reñida con las normas nacionales o internacionales que protegen sus derechos”. “La decisión de mantener al bebé consigo es del resorte decisivo de su progenitora, habida cuenta de que su pareja no se encuentra impedida de hacerse cargo en la medida de sus posibilidades. Alternativas que no inciden en detrimento de la integralidad de los derechos del niño”, agregaron los camaristas, quienes hicieron referencia a la pareja de Fernández, Gabriela Aguad. Fernández es, sin embargo, la madre que amamanta al pequeño.

Para Catucci y Riggi, el hecho de que la familia de Fernández y Aguad esté formada por dos mujeres marcó la diferencia. En su voto compartido, recordaron que la pareja de Fernández trabaja por la tarde en el PAMI y es sostén del hogar y que, por tanto, podría hacerse cargo del pequeño en tanto madre.

En cambio, en el voto minoritario Ledesma afirmó que debería concederse el arresto domiciliario porque Fernández “es la madre biológica que amamanta a su hijo, circunstancia vital para el crecimiento del menor”. Además, observó la decisión del TOC 24, que en sus fundamentos para rechazar el pedido aludió a la condición de la pareja y a la existencia de “dos madres”. “Llama poderosamente la atención que el Tribunal valore que Fernández se haya casado con otra mujer, lo que garantizaría la presencia de dos madres en el hogar”, escribió Ledesma. “La visión expuesta en la decisión impugnada parece traslucir que la relación y vínculo de la madre (o padre) con los hijos puede llegar a variar si los progenitores son del mismo género. En este caso, dos mujeres que contrajeron matrimonio garantizarían que pese a que una se encuentra presa existe otra ‘madre’ en libertad que supliría aquel rol”.

Los “principios y precedentes” que avalan a Fernández en su pedido de cumplir con el arresto en su domicilio “fueron desoídos por el Tribunal”, aun cuando la ley “busca evitar que la madre sea separada de su hijo”, fundamentó la jueza Ledesma. “La relación (del niño con su madre) no puede ser sustituida por otros factores externos, como la contención familiar que pudiera tener el menor”.

La ex funcionaria Fernández seguirá en el penal mientras que su abogado Oscar Vignale presentará un recurso extraordinario para intentar llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ex directora general adjunta de la Dirección General de Fiscalización y Control de la ciudad de Buenos Aires, Fernández cumple una condena de tres años y seis meses de prisión. Al igual que el resto de los condenados por la tragedia del 30 de diciembre del 2004, Fernández fue a la cárcel el 21 de diciembre de 2012, luego de que la Sala III de la Cámara de Casación Penal dispuso el inmediato cumplimiento en prisión de las penas impuestas a todos los acusados.

Además de Fernández, fueron a la cárcel el ex gerenciador del boliche incendiado, Omar Chabán, y su mano derecha, Raúl Villarreal. También, los integrantes del grupo Callejeros: Maximiliano Djerfy, Elio Toledo, Juan Carbone, Cristian Torrejón y Daniel Cardell, y el manager Diego Argañaraz.

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.