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Sociedad|Jueves, 12 de marzo de 2015

Un reclamo laboral

Un detenido en el Complejo de Ezeiza el 13 de noviembre de 2013 fue despedido arbitrariamente del trabajo que cumplía en el penal, informó la Defensoría General de la Nación (DGN). El detenido cumplía labores en el taller de panadería del penal y fue despedido por agentes del Encope (Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal) y el SPF, sin que se le asigne una nueva tarea. Tal es así, señala la DGN, que el Ente “tramitó ante la AFIP la baja registral de nuestro representado como trabajador en relación de dependencia”. “Diversos medios informaron erróneamente que un defensor de la DGN había solicitado que el Encope liquide en su favor una indemnización por haber sido despedido sin justa causa”, sostuvo la DGN y aclaró que “aún no se ha presentado demanda alguna, sino que sólo se ha efectuado la intimación previa que exige la ley”. La información errónea sostenía que el reclamo se realizó por haber sido trasladado de una unidad del SPF a otra. En realidad, el reclamo tiene su origen en un despido arbitrario que se produjo ocho meses antes del mentado traslado. La Ley de Ejecución Penitenciaria remite a la aplicación de la legislación laboral vigente en los casos de reclamos indemnizatorios de las personas privadas de libertad porque un detenido pierde la libertad ambulatoria, pero no el resto de sus derechos, entre los que se cuenta el poder trabajar. “El despido injustificado del asistido de este Ministerio Público ha perjudicado su reinserción social. Ello, por cuanto su capacitación en tareas de panadería le permitiría una salida laboral al momento de recuperar la libertad”, sostuvo la DGN. “Lamentablemente, el discurso que trasunta la difusión de la noticia contribuye a estigmatizar a las personas privadas de la libertad que ejercen su derecho a trabajar”, sostuvo la DGN.

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