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Sociedad|Viernes, 16 de octubre de 2015
EL GOBIERNO PORTEÑO, OBLIGADO A MANTENER EL COMPLEJO DE SOLDATI

Por la razón o por la fuerza

La Justicia concedió el pedido de amparo a los vecinos del barrio en el que un joven murió al caer de un balcón mal mantenido.

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La administración será multada por cada día de incumplimiento.

La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad que realice obras de mantenimiento en el nudo 9 del complejo habitacional de Villa Soldati, donde el 4 de septiembre un adolescente falleció tras caer del 6º piso. En caso de que la administración porteña incumpla las tareas indicadas, recibirá multas diarias. Con la sentencia, el titular del Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº 3, Pablo Mántaras, resolvió favorablemente el pedido de amparo que presentaron los vecinos de los edificios 7, 12, 13 y 17 del complejo.

El recurso judicial de los vecinos fue presentado luego de que un joven de 17 años falleciera, tras caer de un balcón del 6º piso del nudo 10, cuando se apoyó sobre baranda que cedió, por falta de mantenimiento.

El juez Mántaras ordenó realizar un informe sobre los riesgos de derrumbe, adoptar medidas de seguridad respecto de la instalación eléctrica y de gas natural, verificar el funcionamiento de ascensores, adecuar las instalaciones contra incendios, poner en condiciones las escaleras y barandas, y despejar la totalidad de los medios de salida de los edificios.

El complejo suma 2300 departamentos, y fue declarado en emergencia edilicia y ambiental en el 2001, a través de la ley 623, que dispuso que el Gobierno de la Ciudad debía ejecutar obras para solucionar fallas estructurales.

En 2009, los vecinos promovieron una acción de amparo, porque las obras no se ejecutaban; por entonces, señalaron como especialmente grave el estado en que se encontraban el edificio 14, nudo 10 –donde murió el adolescente este año–, y el edificio 18. En 2011, un juez de primera instancia hizo lugar al amparo y ratificó los términos de la ley del 2001, pero el gobierno porteño apeló la sentencia, que quedó firme en 2014, cuando la Cámara ratificó lo actuado por el magistrado.

En la demanda, los vecinos pidieron a la Justicia que ordenara a la administración comunal y al Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) que cese “en su omisión de dar cumplimiento con las obras de recuperación del Complejo Habitacional del Barrio Soldati previstas en el marco de las Leyes Nº 623/01 y 831/02, que declararon su emergencia edilicia y ambiental”. Además, indicaron que, al incumplir expresas obligaciones legales, el Gobierno de la Ciudad ponía a los habitantes de los edificios del nudo 9 “en una situación de riesgo, precariedad y vulnerabilidad habitacional; afectando su derecho a la vivienda, a la salud y a la dignidad”.

El juez Mántaras constató el estado de deterioro de los edificios, que no contaban con instalaciones contra incendio, acusaban falta de mantenimiento en el interior del núcleo central de ascensores, mal estado de las escaleras y barandas, instalaciones de gas obsoletas y fuera de normativa. El magistrado también verificó rajaduras y desprendimientos de revestimientos exteriores de las fachadas (es decir, peligro de caída de materiales a la planta baja), y salas de tableros eléctricos en malas condiciones con cables y accesorios obsoletos con peligro de electrocución.

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