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Sociedad|Viernes, 4 de diciembre de 2015
QUEDO FIRME LA PRIMERA CONDENA POR FEMICIDIO DICTADA EN EL PAIS

El fallo que abrió el camino

En 2014, la Justicia catamarqueña aplicó el agravante por femicidio al dictar prisión perpetua contra un hombre que había asesinado y descuartizado a su ex pareja. Fue la primera vez que se usó esa tipificación, sancionada meses antes del crimen.

Por Soledad Vallejos
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Valdez había denunciado al menos cinco veces a quien la mató.

Quedó firme la primera condena por femicidio que se dictó en el país, luego de que la Corte Suprema rechazara un recurso contra la sentencia de reclusión perpetua dictada en 2014 contra un hombre que mató y descuartizó a su ex pareja, y madre de sus hijos, en marzo de 2013 en Catamarca. En julio del año pasado, al finalizar el juicio en el que por primera vez se aplicó el agravante por femicidio (que había sido sancionado por el Congreso en diciembre de 2012, es decir, tres meses antes del crimen), la Justicia catamarqueña había dado por “probada cabalmente la existencia de violencia de género” perpetrada por Francisco Andrés “el Negro Carpa” Quiroga contra María Rita Valdez, y sentenciado que, dadas las pruebas judiciales (Quiroga había sido denunciado por violencia machista al menos cuatro veces por la mujer a quien finalmente mató), materiales y testimoniales, “el reproche penal no puede ser otro que la figura de femicidio o feminicidio”. Finalmente, la Corte, con el aval del presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton de Nolasco y Carlos Fayt, desestimó por “cuestiones formales” un planteo efectuado por la defensa del asesino, por lo que quedó firme la condena por “homicidio agravado por femicidio”.

En julio del año pasado, Quiroga fue condenado por la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Catamarca, que lo consideró autor del asesinato de Valdez y reincidente (en todos los casos, los delitos anteriores eran crímenes definidos por la violencia de género). Los jueces Fernando Esteban, Fabricio Gershani y Rodrigo Morabito señalaron en el fallo que “entre el imputado Quiroga y la víctima Valdez existía sin lugar a dudas una clara relación desigual de poder basada en la idea de superioridad de Quiroga respecto de la inferioridad de Valdez por el solo hecho de ser mujer”. Esa relación de poder, además, estaba “signada también por violencia física, pues los diversos testimonios han dado cuenta de las golpizas a las que era sometida en vida María Rita Valdez, (e) incluso coincidieron en la existencia de un golpe que le dejó a la víctima un ojo morado que casi pierde, como también los castigos en diversas partes del cuerpo si no le entregaba dinero al acusado”.

Valdez y Quiroga fueron pareja durante algo más de tres años, y tenían un hijo en común, que al momento de la muerte de su madre era bebé. Valdez tenía 23 años, y había denunciado al menos cinco veces a Quiroga, de 52, por violencia. La última vez había sido poco antes de morir asesinada: la respuesta a esa denuncia fue una medida de protección dictada un día después de que Valdez –que se prostituía para vivir, y a quien Quiroga amenazaba para que lo mantuviera– resultara asesinada y descuartizada.

El tribunal detalló, también, que el expediente acreditó que Valdez era víctima de violencia psicológica. Quiroga la amenazaba, señalaron diversos testigos (familiares, vecinos, amigos): “Si te vas, te mato a vos y a tu hijo, y donde te vea con el macho que tengas”, “más vale que no te vayas sino te voy a cagar matando a vos y al changuito”, contaron algunos de ellos que escucharon más de una vez. Además, recordaron los jueces en la sentencia, otro testigo declaró que el asesino “vivía amenazando” a Valdez, “pidiéndole plata todos los días”. Lo hacía, sentenciaron los jueces, “mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, vigilancia constante, exigencia de obediencia, sumisión, coerción verbal, persecución, insulto y explotación”.

La resolución de la Cámara indicó que todo lo acreditado en la causa aportó “los elementos necesarios para la configuración del tipo penal descripto”, en referencia al femicidio: “1) el autor del delito es un hombre; 2) la víctima fue una mujer; y 3) ha quedado acreditado que previamente al lamentable asesinato de la víctima existió un claro contexto de violencia de género”.

Los restos de Valdez aparecieron en el embalse El Jumeal, en bolsas negras que flotaban en el agua cuando alguien pasaba por allí y alertó a la policía. Nunca se encontraron todos los fragmentos. La mujer había desaparecido en la noche del 2 de marzo de 2013, cuando salió de la casa de su madre (se había mudado allí al escapar de la casa donde convivía con Quiroga), a quien dijo “mamita, ya vuelvo, voy a buscar pañales y leche para Santino (su bebé) en la Terminal”. A la 1.30 de la mañana, su madre concurrió a la comisaría para denunciar su desaparición.

Porque el cuerpo apareció fragmentado, y nunca fue hallado en su totalidad, la Justicia sólo pudo determinar por aproximación que entre la última vez en que fue vista con vida por su madre “y las 18 horas del día 05 de marzo de 2013, en algún lugar que no puede establecerse con precisión” en Catamarca, Quiroga pegó a Valdez “con claras intenciones de dar(le) muerte” un golpe con un elemento contundente y una puñalada. Luego, la descuartizó y arrojó sus restos al agua.

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