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Sociedad|Jueves, 15 de julio de 2004

Simulacro de juicio por jurados para presentar el proyecto oficial

En la Facultad de Derecho de la UBA se ventiló ayer un caso real pero con personajes de ficción. El jurado, integrado por doce personas, absolvió a una mujer acusada de matar a su marido golpeador.

Por Carlos Rodríguez
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El juez en primer plano, en el fondo el jurado y a la derecha el defensor y la acusada.
En el juicio real, celebrado en Chubut, la imputada fue condenada a diez años de cárcel.
Con un fuerte aval del Gobierno y de algunas figuras relevantes del Poder Judicial enroladas en el “garantismo”, se hizo ayer la presentación formal del proyecto oficial que impulsa el juicio por jurados para casos de homicidio o de delitos contra la administración pública. En el acto, realizado en la Facultad de Derecho, se montó un simulacro de juicio oral en el cual un jurado integrado por doce personas –desde una ama de casa hasta profesionales que nada tienen que ver con el Derecho– declararon “no culpable”, por mayoría de votos, a una mujer acusada de haber asesinado de un disparo de arma de fuego a su marido golpeador. El caso teatralizado se basó en un hecho real, ocurrido en el sur del país, por el cual un tribunal técnico terminó condenando a la imputada a diez años de prisión por “homicidio calificado por el vínculo”, aun cuando se tuvieron en cuenta “circunstancias excepcionales de atenuación” de la pena, que puede llegar a la cadena perpetua.
“Con la participación del pueblo, la Justicia puede mejorar muchísimo para superar la actual sensación de impunidad”, aseguró el ministro de Justicia, Gustavo Beliz, al expresar el apoyo oficial al proyecto de ley que será remitido al Congreso nacional, donde ya se presentaron otras siete iniciativas similares. “Lo que estamos planteando es que los políticos corruptos, los políticos ladrones, en lugar de ser juzgados por jueces complacientes que terminan liberándolos de culpas, sean juzgados por el propio pueblo, reunido en jurados, para de esa manera llegar a un concepto de justicia mucho más fuerte”, insistió el funcionario.
Para dar un ejemplo acerca del funcionamiento de un juicio por jurados (ver aparte), se realizó una audiencia oral y pública en la cual hubo una víctima, Miguel Romero, y una imputada, su esposa Josefa González, además de una serie de testigos presentados por la fiscalía o por la defensa. Aunque se trató de una simulación en la que sólo eran reales las dos guardias del Servicio Penitenciario Federal (SPF) que llevaban y traían esposada a la “imputada”, el caso que se ventiló es auténtico y tuvo como escenario la ciudad de Trelew, aunque se utilizaron nombres supuestos.
El crimen representado ocurrió en el seno de una familia de clase media baja, la noche del 15 de enero de 2003, el día en que la hija del matrimonio involucrado, Lucía Romero, cumplía 15 años. El hombre, que desde hacía cinco meses estaba separado de su esposa, llegó a la casa para saludar a su hija y luego mantuvo una fuerte discusión con su esposa, quien lo mató con un arma que había en el domicilio y que pertenecía a la víctima. La mujer y su defensor, Víctor Corvalán, quien desempeña esa tarea en la realidad, alegaron que se trató de “un accidente”, dado que el disparo se produjo durante “un forcejeo” entre la pareja.
El fiscal Ricardo Mendaña, quien cumple esas funciones en la ciudad de Neuquén, argumentó ante los doce jurados populares que debían considerar el hecho como un “homicidio agravado por el vínculo”. La audiencia fue conducida, como ocurriría en un juicio verdadero, por un juez técnico, rol en el que se desempeñó el fiscal Luis Cevasco. La función de los doce jurados se limita, durante el desarrollo de la audiencia pública, a escuchar atentamente todas las pruebas que se presentan. Una vez escuchados los testigos, los alegatos de la defensa y la fiscalía, y las palabras finales a cargo de la acusada, los jurados pasaron a deliberar.
El juez técnico les recordó, tal como marcan las normas, que la función de los jurados se limita a establecer si la acusada es “culpable” o “no culpable” del delito de homicidio calificado que se le imputaba. Para ser declarada culpable, tenían que votar en forma positiva 9 de los 12 integrantes del jurado, mientras que para determinar la “no culpabilidad” bastaba con 7 votos positivos. De no llegarse a ninguno de esos mínimos, la acusada sería declarada “no culpable”. En la votación final, ocho de los jurados determinaron que era “no culpable”, dos dijeron que era culpable y otros dos optaron por la abstención. En caso de haber sido declarada culpable, el monto de la pena, la calificación final y los posibles atenuantes o agravantes son fijados por el juez técnico.
Aunque el debate y la votación de los 12 jurados es absolutamente secreta, en este caso todo el proceso fue seguido por el público a través de una pantalla de TV. Los jurados, antes de emitir su voto, discutieron largamente sobre el valor de las pruebas presentadas, sobre el aporte de la defensa y la fiscalía, y dos de ellos se trenzaron en un forcejeo disputando la tenencia del arma que empuñaba la mujer, a fin de establecer si era posible, en esas circunstancias, que el disparo haya ingresado casi por la espalda de la víctima. En todos los simulacros que se han hecho en distintos lugares del país, sobre el mismo caso real, los jurados siempre declararon a la imputada “no culpable”, en clara contradicción de lo que dispuso en su momento el tribunal técnico.

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