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Sociedad|Jueves, 9 de septiembre de 2004
ARRESTO PARA CASI TODAS LAS CONTRAVENCIONES

La cárcel va a quedar chica

De los 27 artículos del nuevo Código que aprobó ayer la Legislatura, 20 prevén penas de arresto. Y aún faltan los más conflictivos.

Por Eduardo Videla
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La Legislatura logró mayoría ajustada para la aprobación en particular.
Participar de una pelea en un lugar público, intimidar u hostigar a una persona o vender material pornográfico a menores de 18 años son conductas que podrán ser sancionadas con la privación de la libertad, mediante la aplicación de arresto. Así lo dispuso la Legislatura porteña, que sancionó ayer con mayoría ajustada los artículos menos conflictivos del nuevo Código Contravencional. También podrán terminar en las celdas para contraventores los que vendan bebidas alcohólicas a menores de 18 años, los que arrojen sustancias insalubres en lugares públicos y los que dañen un teléfono público u otro servicio. De los 27 artículos sancionados ayer, 20 contemplan penas de arresto. Como contrapartida de este endurecimiento, el cuerpo rechazó la pretensión de introducir la figura de “presencia injustificada” en bancos, inmobiliarias y casas de cambio, una versión light del acecho y el merodeo, considerados inconstitucionales. Los puntos más conflictivos, como los que penan la oferta de sexo, la venta ambulante y los piquetes, quedaron para más adelante.
La Legislatura ya había aprobado los primeros 50 artículos, referidos a las disposiciones generales, y ayer comenzó a debatir los puntos que definen cada una de las contravenciones y establecen las penas que les corresponden. Uno de los cuestionamientos que se hacen al actual Código de Convivencia es que no establece qué pena corresponde para falta: le brinda al juez un menú de sanciones y éste debe elegir de acuerdo con su criterio, por lo cual –se dijo– se aplican distintas penas para una misma falta.
En el caso del nuevo Código –aprobado en general hace casi dos meses– los legisladores acordaron fijar un máximo y un mínimo de penas para cada contravención, contemplando opciones como la multa, el arresto, pero también el trabajo de utilidad pública. Como cada artículo debe ser aprobado por lo menos por 31 votos, el texto tuvo que ser consensuado por representantes de los bloques mayoritarios: el macrismo, el ibarrismo, los kirchneristas y el Partido de la Ciudad. Ese acuerdo fue cuestionado por los diputados del ARI, el socialismo y la izquierda.
“Este Código es discriminatorio, porque los pobres que cometan contravenciones van a ir a parar a la cárcel, porque no podrán pagar las multas, mientras que los ricos van a poder irse a sus casas”, dijo el diputado Fernando Melillo, del ARI. “Y como la discriminación es una contravención, al sancionar este Código estamos cometiendo una infracción.”
La ibarrista Alicia Caruso reclamó que se privilegiaran las sanciones que fijan trabajo de utilidad pública en lugar de las que proponen arresto, ya que “no queremos un Estado policial que todo lo solucione con cárcel”. De todas formas, apoyó el proyecto consensuado donde prevalecen las penas de arresto. Un criterio similar expuso el kirchnerista Miguel Talento, uno de los mentores del acuerdo: “Debe avanzarse en las penas de utilidad pública y no avanzar con el arresto”, dijo. Sin embargo, en los artículos votados ayer hay más penas de arresto que en los mismos puntos del proyecto aprobado en general.
Al respecto, Ariel Schiffrin (Convergencia) advirtió que “estamos generalizando la pena de arresto” y les reprochó a los diputados que “en la campaña electoral propusieron endurecer las penas” y ahora apoyan este proyecto.
Esta vez el nivel de consenso fue menor que cuando se debatieron puntos generales pero no menores como la edad de imputabilidad: las manos alzadas ayer oscilaron entre 32 y 34, cuando el mínimo necesario para que cada artículo sea aprobado es de 31.
El debate entre los legisladores cobró mayor interés cuando se trató el artículo 58, que castiga a “quien ingresa o permanece en lugares públicos contra la voluntad de quien tiene el derecho de admisión”. El infractor, en ese caso, merecerá hasta 5 días de trabajo de utilidad pública y 1000 pesos de multa. Pero en otro párrafo del mismo artículo se castigaba conhasta 5 días de arresto si esa conducta se realizaba en el interior de bancos, financieras, inmobiliarias o casas de cambio. El diputado Jorge Enríquez (macrista duro) interpretó este párrafo como un sustituto de su frustrada propuesta de introducir el acecho y el merodeo como figuras contravencionales. Y propuso extender el ámbito de aplicación a “locales de cajeros automáticos, escribanías, playas de estacionamiento y otros establecimientos comerciales”. Este segundo párrafo sólo consiguió 27 votos, por lo que quedó descartado. Sólo se aprobó la primera parte, con la salvedad –propuesta por Talento– de que la infracción solo se sancionará si es denunciada por quien ejerce el derecho de admisión.

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