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Sociedad|Jueves, 23 de septiembre de 2004
QUIEREN LIMITAR A LA POLICIA EN LA SANCION DE LA PROSTITUCION

Que haya oferta, pero lejos de casa

La prostitución quedará prohibida a menos de 200 metros de viviendas, escuelas y templos, según el texto que trata hoy la Legislatura.

Por Eduardo Videla
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Las contravenciones por oferta y demanda de sexo deberán ser iniciadas por fiscales y no por la policía.
El nuevo Código Contravencional permitirá la oferta y la demanda de sexo en lugares que estén a más de 200 metros de viviendas, escuelas o templos. La norma, incluso, dejará abierta la posibilidad para que se reglamente la actividad mediante otra ley o un decreto del jefe de Gobierno, en acuerdo con las trabajadoras sexuales. Eso es, al menos, lo que se desprende del texto consensuado anoche por legisladores de los bloque mayoritarios respecto de este y otros artículos, los más controvertidos de la norma, que deben ser tratados en la sesión prevista para hoy. El acuerdo –que contaría con los votos necesarios para su aprobación– apunta a recortar la intervención de la Policía Federal en la sanción a las trabajadoras sexuales: sólo podrán iniciar actuaciones por indicación de un fiscal. Las mayores diferencias, anoche, giraban en torno del artículo que sanciona la obstrucción de la vía pública –que pretende castigar las protestas piqueteras–, para la cual el macrismo pretendía imponer penas de arresto, algo que no es aceptado por kirchneristas e ibarristas. Tampoco hay acuerdo sobre el artículo que castiga la venta ambulante. En rechazo al tratamiento de la ley, está prevista una movilización a la Legislatura de agrupaciones piqueteras, vendedores ambulantes, trabajadoras sexuales y de la CTA.
Los legisladores tienen previsto tratar hoy los últimos 25 artículos del Código, aprobado en general a principios de julio. El cuerpo ya votó en particular los primeros 77 artículos y dejó para el final los más controvertidos: aquellos que pretenden sancionar la prostitución callejera, los piquetes, la venta ambulante y a los cuidacoches. El consenso sobre esos puntos fue debatido por representantes de los dos bloques macristas, el kirchenismo, las tres diputadas ibarristas y el Partido de la Ciudad. Cada artículo necesita 31 votos para ser aprobado. “Si eso no se logra, el Código queda aprobado sin ese artículo, esa contravención no se sanciona”, explicó el diputado Helio Rebot, de Compromiso para el Cambio. De todas formas, afirma que están asegurados los votos para los artículos más importantes.
El primero de los 28 artículos que faltan debatir es el 81, que sanciona la oferta y demanda de sexo en la vía pública. La norma castiga con penas de 1 a 5 días de trabajo de utilidad pública o con multa de 200 a 400 pesos a quien ofrezca o demande “en forma ostensible servicios de carácter sexual en los espacios públicos no autorizados o fuera de las condiciones en que fuera autorizada la actividad”.
Como hoy no hay lugares autorizados para desarrollar esa actividad, el nuevo Código incluirá una cláusula transitoria mediante la cual se establece que, hasta tanto se apruebe aquella autorización, la prohibición regirá para los lugares ubicados a menos de 200 metros de viviendas, escuelas y templos. “Queda abierta una instancia de discusión entre las organizaciones de trabajadoras sexuales y vecinos, con las autoridades, para determinar los lugares en que puede haber oferta sexual”, explicó a este diario el diputado Rebot.
Para el legislador, uno de los puntos más importantes del acuerdo alcanzado es el que pretende ponerle límites a la policía en este tipo de contravenciones. “Son los fiscales los que deben cargar con la responsabilidad de haber iniciado una actuación –dijo–. De esa manera, creemos que habrá muchas menos actas por esta contravención.” Hoy, las actas por oferta de sexo constituyen la mayoría de las que llegan a los Tribunales porteños, pero en un gran porcentaje son anuladas por fallas en la confección. En rigor, suele ser la carta que tiene la policía para pedir coimas a las trabajadoras sexuales en las paradas de las zonas rojas porteñas.
Jorgelina Sosa, secretaria general de la Asociación de Mujeres Meretrices porteñas (Ammar), se manifestó en contra del texto acordado. “Nosotras habíamos presentado un proyecto, juntamente con la Comunidad HomosexualArgentina (CHA) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en el que proponíamos que ésta fuera una contravención de instancia privada, es decir que la actuación se iniciara por denuncia de los vecinos y no por la intervención policial”, explicó Sosa a Página/12. “Queremos que saquen a la policía del medio de una vez por todas”, agregó.
Los diputados optaron por una opción intermedia: actuará un fiscal a partir de la denuncia de un vecino, pero se evita que éste deba cargar con el peso de la denuncia.
Las tres diputadas ibarristas se opondrán a este artículo y al que sanciona a los vendedores ambulantes. Los kirchneristas, capitaneados por Miguel Talento, rechazan el artículo que pena la obstrucción de la vía pública. Los macristas, que se mostraban inflexibles con la idea de penar esta falta con arresto de 1 a 5 días, aceptaron que la sanción sea sólo de multa o trabajos de utilidad pública. Pero introdujeron un párrafo, que se votará por separado, que incluye el arresto para los organizadores del corte de calles. El artículo aclara, en un tercer párrafo, que los derechos de peticionar y de reunión no constituyen contravenciones, siempre que se dé aviso a las autoridades con 24 horas de anticipación.

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