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Sociedad|Sábado, 20 de mayo de 2006
QUE PROPONE SOBRE EL ABORTO LA COMISION DE REFORMA DEL CODIGO

Un debate en etapa de gestación

El proyecto prevé la despenalización en ciertos casos. Aníbal Fernández dice que la iniciativa “nunca” será presentada.

Por Pedro Lipcovich
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Una comisión de juristas presentó el jueves un proyecto de reforma integral del Código Penal.

“Es posible que la toma de posición de juristas tan prestigiosos estimule el tratamiento de los proyectos de despenalización del aborto que hay en el Congreso”, manifestó una investigadora del tema con respecto al anteproyecto de modificación del Código Penal, que –entre otros muchos cambios de fondo– incluye la no punibilidad de la interrupción del embarazo, si se efectúa en los primeros meses y en preservación “de la salud física o psíquico-social de la madre”. Uno de los integrantes de la comisión de juristas que redactó la iniciativa –miembro del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos– sostuvo que “es una hipocresía decir que el aborto no existe en la Argentina” y destacó que “los sectores de mayor poder lo efectúan sin riesgos”, al tiempo que “mueren mujeres de escasos recursos en situación desesperada”; una profesora de Derecho de Familia en la UBA intervino en el debate para señalar que el anteproyecto está en la línea “las legislaciones europeas que llevaron a bajar la cantidad de abortos”. Sin embargo, el ministro del Interior, Aníbal Fernández, aseguró que el proyecto “no va a ser presentado nunca”, ya que “hay una posición contundente del Gobierno de no trabajar en ese sentido”. En Colombia, hace pocos días, se despenalizó el aborto en casos de violación y feto anencefálico.

En una entrevista radial, el ministro Fernández afirmó que “el tema del aborto, para el Gobierno, no admite discusión. No va a ser presentado nunca por el Gobierno, es un tema terminado”. E insistió: “Lo del aborto, eliminémoslo, porque hay una posición contundente del Gobierno de no trabajar en ese sentido”.

El anteproyecto de modificación del Código Penal fue presentado por una comisión de juristas que había convocado en 2004 el entonces ministro de Justicia, Horacio Rosatti, y puede leerse completo en www.jus.gov.ar. Su artículo 92 plantea que “el aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer, no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o psíquico-social de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios” o “si el embarazo procede de una violación”; el artículo 92 precisa que “no es punible la mujer cuando el aborto se practicare con su consentimiento y dentro de los tres meses desde la concepción, siempre que las circunstancias lo hicieren excusable” y que “no es punible el médico que, dentro de los tres meses desde la concepción, practicare un aborto con el consentimiento de la mujer, cuando previamente la haya asesorado sobre las consecuencias del hecho y las razones existentes para preservar la vida del feto”.

Carlos Chiara Díaz –miembro del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos–, quien integró la comisión, destacó a este diario que “con el actual Código, hay muchos abortos impunes: corresponden a los sectores de mayor poder económico y cultural, que los efectúan reservadamente, en clínicas, con adecuada asistencia médica y sin riesgo para la madre; pero también abortan muchas personas de escasos recursos, en situación desesperada y sin mínimas reglas de asepsia, lo cual a menudo lleva a la muerte de la madre. Es una hipocresía decir que el aborto no existe en la Argentina. Nuestro anteproyecto, que no compromete a nadie sino a los miembros de la comisión, busca una situación equilibrada, donde el valor de la vida quede adecuadamente protegido”.

Nelly Minyersky, titular de Derecho de Familia en la UBA, afirmó que “las propuestas de la comisión están en la línea de la mayoría de las legislaciones de Europa: allí, la cantidad de abortos disminuyó mucho desde que se estableció su no punibilidad bajo condiciones que limitan el período del embarazo durante el que se lo puede practicar y exigen su realización por médicos en instalaciones adecuadas. Esto se acompaña con programas de derechos reproductivos para bajar la cantidad de embarazos no deseados. En la Argentina, la punibilidad no evitó los abortos, al revés: en los últimos años subieron muchísimo las internaciones post-aborto”. Silvina Ramos, investigadora del tema en el Cedes, estimó “positivo que un conjunto de juristas prestigiosos se sume a este debate, que la sociedad argentina necesita” y expresó la esperanza de que el anteproyecto “sea una señal para que se traten los diversos proyectos que hay sobre el tema en el Parlamento”. La investigadora subrayó que “según todos los sondeos de opinión pública de los últimos años, la mayoría de la opinión pública argentina acuerda con la despenalización del aborto: la dirigencia política está retrasada con respecto a la sociedad”.

Hace diez días, la Corte Constitucional de Colombia decidió que el aborto “deja de ser penalizado si la vida o la salud de la mujer corren peligro, si hay grave malformación del feto, si la mujer ha sido violada u objeto de inseminación artificial no consentida o en caso de incesto”.

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