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Sociedad|Jueves, 6 de mayo de 2004

Más años por tener armas

Entró en vigencia la modificación al Código Penal que agrava las penas para los casos de tenencia y uso indebido de armas, una de las leyes reclamadas por Juan Carlos Blumberg. La normativa fue publicada ayer en el Boletín Oficial.
La ley, que modifica el artículo 189 bis del Código Penal, fue aprobada el 14 de abril por el Congreso y establece las siguientes penas:
- La simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización, será reprimida con prisión de 6 meses a dos años y multa de 1000 a 10.000 pesos.
- La portación, en cambio, con prisión de 1 a 4 años.
- Si las armas fueran de guerra, la pena por tenencia simple será de 2 a 6 años de cárcel y, por portación, de 3 años y seis meses a 8 años y seis meses de reclusión.
- El que tenga antecedentes penales por un delito doloso contra las personas o con el uso de armas, o estuviera gozando de una excarcelación o exención de prisión anterior y portase un arma de fuego de cualquier calibre, será reprimido con cárcel de 4 a 10 años.
- El acopio de armas de fuego, piezas o municiones, o la tenencia de instrumental para fabricarlas, sin la debida autorización, será castigado también con prisión de 4 a 10 años.
- La persona que se dedique a la fabricación ilegal de armas de fuego será reprimida con reclusión de 5 a 10 años.
- Está prevista una pena de 3 años y seis meses a 10 años para el que entregue un arma a un menor de 18 años.
- Si la persona hace de la provisión ilegal de armas de fuego una actividad ilegal, la pena será de 4 a 15 años de cárcel.

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