Imprimir|Regresar a la nota
Sociedad|Miércoles, 23 de mayo de 2007
EL PROTOCOLO DE ATENCION QUE PROPONE EL INADI

Pasos y plazos ante un caso

Plazos precisos que permitan a los médicos actuar con celeridad, la creación de un grupo interdisciplinario en cada centro de salud para abordar los pedidos de aborto y la elaboración de un Registro Nacional de Objetores de Conciencia son algunos de los puntos de la propuesta de Protocolo para la Atención Sanitaria de Casos de Abortos legales, elaborada por el Instituto contra la Discriminación, que será distribuida hoy junto a un documento en el que se recomienda su pronta ejecución para garantizar los derechos de las mujeres amparados por el Código Penal.

La iniciativa, que pronto tendrán en sus manos los ministros de Salud de las provincias y los legisladores de todo el país, prevé los procedimientos y plazos a la hora de practicar abortos no punibles, tanto en establecimientos públicos, privados y obras sociales. También ratifica que los abortos legales establecidos en el artículo 86 del Código Penal “no requieren de intervención o autorización judicial o administrativa”.

El texto establece los pasos y requisitos a cumplir para realizar un aborto en tres casos. Cuando el embarazo pone en peligro la vida o la salud física o psíquica de la mujer, cuando el embarazo se hubiera producido como consecuencia de una violación –caso en el que se presume la existencia de peligro para la salud psíquica de la mujer– o, por último, cuando se solicita la interrupción del embarazo en caso de violación a una mujer “idiota o demente”.

A su vez, establece un plazo para realizar la intervención en los casos de interrupción voluntaria que no excede los cinco días. Cuando esté en discusión un aborto terapéutico, la normativa establece mecanismos si los profesionales no se ponen de acuerdo en cuanto a la peligrosidad de la continuidad del embarazo. “En caso de que no se logre un dictamen unánime, se realizará una interconsulta a los profesionales de la salud que integren el equipo interdisciplinario de otro hospital”, señala el texto. En esta circunstancia, “se concederá una prórroga de tres días para arribar a un dictamen y se tomará la decisión por mayoría simple de los profesionales”, agrega.

La iniciativa además propone la creación de un Registro Nacional de Objetores de Conciencia que será de acceso público y donde figurarán los profesionales de salud que se oponen a la práctica. Esta negativa regirá tanto para su actividad pública como privada. “Esto permitirá garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los profesionales de la salud y auxiliares, como de las mujeres”. Ante la negativa del médico o del personal auxiliar de participar de la intervención, el establecimiento tendrá la obligación de buscar los reemplazos que sean necesarios para realizar la intervención en forma inmediata.

En el tiempo que lleve la elaboración de un registro a nivel nacional de objetores, los centros de salud deberán instrumentar un registro propio.

Informe: E. C.

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.